SAP Madrid 511/2018, 28 de Septiembre de 2018

PonenteANGEL GALGO PECO
ECLIES:APM:2018:14806
Número de Recurso140/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución511/2018
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoctava

c/ Santiago de Compostela, 100 - 28035

Tfno.: 914931988

37007740

N.I.G.: 28.079.42.2-2004/0093021

Rollo de apelación nº 140/2017

Materia: Derecho de sociedades. Responsabilidad de administradores/responsabilidad de auditores

Órgano judicial de procedencia: Juzgado de Primera Instancia número 73 de Madrid

Autos de origen: Juicio ordinario nº 650/2004

Parte apelante: D. Mauricio, AUDITORÍA Y CONSULTORÍA INTEGRAL, S.L.U., DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L.

Procurador/a: D. Francisco de Paula Martín Fernández

Letrado: Dª Rebeca Alonso Alonso

Parte apelada: SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE EMBUTIDOS SIMÓN, S.L.

Procurador/a: Dª María Dolores Moral García

Letrado/a: D. José María García Montero

SENTENCIA Nº 511/2018

En Madrid, a 28 de septiembre de 2018.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco, D. Alberto Arribas Hernández y D. Pedro María Gómez Sánchez, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 140/2017, los autos del procedimiento nº 850/2004, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid.

Las partes han actuado representadas y con la asistencia de los profesionales identificados en el encabezamiento de la presente resolución.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada por la procuradora Dª María Dolores Moral García, en representación de SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE EMBUTIDOS SIMÓN, S.L. contra D. Saturnino, D. Severiano, D. Mauricio, AUDITORÍA Y CONSULTORÍA INTEGRAL, S.L. y DIRECCIÓN

EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L., en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, solicitaba "sentencia por la que:

  1. ) Se declare que los administradores sociales demandados han actuado con evidente falta de diligencia en el desempeño de sus cargos y con extralimitación en sus facultades, realizando igualmente actos contrarios a la Ley y a los Estatutos y causando perjuicio a la sociedad.

  2. ) Se declare que las sociedades AUDITORÍA Y CONSULTORÍA, S.L, DIRECCIÓN EMPRESAS Y RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L. y el auditor de cuentas socio de las mismas, Don Mauricio, son responsables, por incumplimiento específico de las normas de autoría, de los perjuicios económicos causados a la empresa auditada y a terceros.

  3. ) Se declare que los administradores sociales, concurriendo la causa de disolución social prevista por el artículo 104 e) de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no instaron la disolución ordenada de la mercantil, debiendo responder de la totalidad de las deudas sociales, a tenor de lo establecido en el artículo 105.5 de la Ley 2/1995, de 23 de Marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada .

  4. ) Se condene a los demandados a responder de forma DIRECTA Y SOLIDARIA, con la mercantil EMBUTIDOS SIMÓN, S.L., por el TOTAL PASIVO DE LA QUIEBRA, que a fecha de presentación de este escrito y sin perjuicio de ulterior rectificación, está fijado por la Comisaria de la Quiebra en la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICINO EUROS CON ONCE CÉNTIMOS (3.761.825,11 euros).

  5. ) Imponga expresamente las costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Al cabo del trámite, el tribunal de primera instancia dictó sentencia con fecha 9 de junio de 2016, con el siguiente fallo:

"Que ESTIMO parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Moral García en nombre y representación de LA SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE EMBUTIDOS SIMÓN SL asistida del Letrado Sr. García Montero contra D. Saturnino y D. Severiano representados por la procuradora Sra. Fernández Blanco y asistidos del Letrado Sr. Fernández Mera Díaz, y contra D. Mauricio, CONSULTORÍA INTEGRAL SL representados por la Procuradora Sra. Lleo Casanova y asistido de la Letrada Sra. Amez Descalzo DECLARANDO que absolviendo (sic)

1) que los administradores sociales demandados han actuado con evidente falta de diligencia en el desempeño de sus cargos con extralimitación de sus facultades realizando igualmente actos contrarios a la ley y a los estatutos y causando perjuicio a la sociedad, 2) que la sociedad Auditoría y Consultoría SL y el auditor de cuentas socio de las mismas D. Mauricio . son responsables por incumplimiento específico de las normas de auditoría de los perjuicios económicos causados a la empresa auditada y a terceros, y 3) Se condena a los demandados a responder de forma directa y solidaria con la mercantil Embutidos Simón por el total pasivo de la quiebra que a fecha de presentación de la demanda y sin perjuicio de posterior rectificación está fijada por la comisaria de la quiebra en la suma de 3.761.825,15 euros, menos 388.657,11 euros todo ello sin imposición de costas, ABSOLVIENDO A DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN SL representados por la Procuradora Sra. Lleo Casanova y asistido de la Letrada Sra. Amez Descalzo de la petición deducida en su contra con todos los pronunciamientos favorables, sin imposición de costas".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución, D. Mauricio y AUDITORÍA CONSULTORÍA INTEGRAL, S.L.U. interpusieron recurso de apelación conjunto, que admitido y tramitado en legal forma, con oposición de la contraparte, ha dado lugar al presente rollo. La deliberación, votación y fallo del asunto se realizó con fecha 27 de septiembre de 2018.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ángel Galgo Peco, que expresa el parecer del Tribunal.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
  1. ANTECEDENTES RELEVANTES

    1. - El presente recurso trae causa de la demanda promovida por la SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE EMBUTIDOS SIMÓN, S.L (en lo sucesivo "SINDICATURA") contra D. Saturnino y D. Severiano, D. Mauricio, AUDITORÍA Y CONSULTORÍA INTEGRAL, S.L. y DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L. Los Sres. Saturnino y Severiano son demandados en su condición de administradores sociales de la entidad quebrada, ejercitándose contra ellos de forma acumulada la acción de responsabilidad solidaria por deudas sociales contemplada en el artículo 105.5 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y la acción social de responsabilidad contemplada en el artículo 134 del Texto

      Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, en relación con el artículo 69 del primero de los textos legales citados. El Sr. Mauricio es demandado en su condición de auditor de cuentas de la sociedad quebrada, y AUDITORÍA Y CONSULTORÍA INTEGRAL, S.L. (en lo sucesivo "AUDITORÍA Y CONSULTORÍA") y DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L., como sociedades de auditoría a las que pertenece el Sr. Mauricio, ejercitándose contra ellos la acción contemplada en el artículo 11 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, en su redacción originaria. Con fundamento en dichas acciones, SINDICATURA perseguía la condena de todos los demandados a responder de forma directa y solidaria con la quebrada por el total pasivo de la quiebra, cuantificado al tiempo de interponerse la demanda en 3.761.85,11 euros.

    2. - Al cabo del trámite se dictó sentencia parcialmente estimatoria de las pretensiones deducidas en la demanda, en el sentido de que se condenó a todos los demandados, a excepción de DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L., en los términos interesados por la promotora del expediente. A tal resultado llegó el juzgador de la primera instancia tras apreciar la falta de legitimación de SINDICATURA para el ejercicio de la acción de responsabilidad solidaria por deudas sociales y estimar la acción social de responsabilidad ejercitada contra los demandados administradores y, en lo referente a los demandados como auditor de cuentas y sociedades de auditoría, tras absolver a DIRECCIÓN EMPRESAS RACIONALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, S.L. por su falta de legitimación.

    3. - El Sr. Mauricio y AUDITORÍA recurrieron conjuntamente la sentencia, para interesar su absolución con todos los pronunciamientos favorables. En los apartados que siguen acometeremos el examen de las cuestiones que afloran en el recurso, debidamente ordenadas y en medida adecuada para dar solución a la controversia planteada.

  2. SOBRE LA INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 217.2 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

    1. - El apartado primero del escrito de interposición del recurso, bajo esta rúbrica, responde al siguiente desarrollo argumental. La idea sobre la que pivota el discurso de los apelantes es que las conclusiones fácticas sobre las que se erige el juicio de responsabilidad consagrado en la sentencia impugnada se sustentan en apreciaciones de hecho reflejadas en la sentencia dictada en la sección quinta de la quiebra de EMBUTIDOS SIMÓN, S.L., y en el informe del artículo 1382 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 confeccionado por la Sra. Comisaria de la quiebra, seguida ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Fuenlabrada. La parte recurrente rechaza que tales elementos puedan surtir efectos probatorios, subrayando que no fue parte en ese otro procedimiento y que en el trámite de la audiencia previa del presente impugnó el informe de la Sra. Comisaria, habiéndose renunciado de contrario a la práctica de prueba testifical en la persona de esta última. Ello habría de conducir a estimar que los hechos...

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