SAP Barcelona 860/2018, 5 de Diciembre de 2018

PonenteFRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
ECLIES:APB:2018:12148
Número de Recurso464/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución860/2018
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 938294459

FAX: 938294466

EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0818742120040586414

Recurso de apelación 464/2018

Materia: Modificación medidas separación o divorcio

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 8 de DIRECCION000 Procedimiento de origen:Modificación medidas supuesto contencioso 734/2017 Parte recurrente/Solicitante: Severiano

Procurador/a: Marta Sagues Perez

Abogado/a: FRANCESCA ARJONA GARCIA

Parte recurrida: Tamara

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 860/2018

Magistrados:

D. Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Dª Mª José Pérez Tormo

Dª Dolors Viñas Maestre

Barcelona, 5 de diciembre de 2018

Objeto del recurso: extinción de alimentos

Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 18 de mayo de 2017 el Sr. Severiano presentó demanda en la que solicita la extinción de la pensión de alimentos que debe a sus dos hijos. Relata que, divorciados los litigantes por sentencia de 2005 y obligado el actor a pagar una pensión de alimentos para los hijos, estos son ya mayores de edad y económicamente independientes. Añade que se encuentra en una situación económica precaria.

    La Sra. Tamara no contesta y fue declarada en rebeldía.

    La Sentencia recurrida, de fecha 6 de marzo de 2018, recoge la declaración de la hija conforme su hermano es independiente económicamente (trabaja 21 horas a la semana en Rama, S.L.), pero considera que la situación no tiene el carácter de permanencia. Tampoco estima peor situación del padre, al corresponder la pensión de alimentos a un mínimo vital. En suma, el juez estima en parte la demanda y da por extinguida tan solo la pensión de la hija mayor.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO

    El recurrente sostiene que, rebelde la demandada, también ha probado, con la documental y la declaración de la hija, que el hijo Alejo trabaja.

    La parte apelada persiste en situación de rebeldía.

    El Ministerio Fiscal pide la confirmación de la sentencia.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto presenta diligencia de reparto de fecha 23 de julio de 2018. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala ha tenido lugar el día 27 de noviembre de 2018. Esta resolución no se ha dictado en el plazo previsto en el art. 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento civil (LEC), lo que se hace constar a los efectos del art. 211.2 LEC.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

LA CAUSA DE EXTINCION DE LOS ALIMENTOS POR MEJORA DE LAS CONDICIONES DEL ALIMENTADO Hemos reiterado en SAP, Civil sección 18 del 28 de noviembre de 2017 (ROJ: SAP B 12655/2017 -ECLI:ES:APB:2017:12655) que "el art. 237-13.1 d) CCCat establece como causa de extinción de los alimentos la mejora de las condiciones de vida del alimentado, de manera que haga innecesaria la prestación; sin embargo, es de preferente aplicación el art. 233-4.

" Respecto a hijos mayores de edad y sobre pensión de alimentos a su favor fijada en proceso matrimonial, hemos dicho en las SAP, Civil sección 18 del 30 de noviembre de 2016 (ROJ: SAP B 12639/2016 -ECLI:ES:APB:2016:12639) y SAP, Civil sección 18 del 05 de noviembre de 2014 (ROJ: SAP B 12515/2014

- ECLI:ES:APB:2014:12515), que el art 233-4 CCCat establece que la pensión de alimentos a favor de hijos mayores de edad se debe fijar hasta que los hijos tengan ingresos propios o estén en disposición de tenerlos, lo que esta Sala ha interpretado en el sentido de entender que basta con que se encuentren en condiciones de acceder a un trabajo que les reporte ingresos - capacidad en abstracto - para que cese la obligación de alimentos de los hijos mayores dentro de un procedimiento de familia (SAP, Civil sección 18 del 11 de febrero de 2014 (ROJ: SAP B 1552/2014) y SAP, Civil sección 18 del 25 de octubre de 2012 (ROJ: SAP B 12597/2012). " El hecho de haber accedido al mercado laboral, aunque sea con una retribución reducida o con contratos de trabajo temporales, es causa suficiente para dejar sin efecto la prestación de alimentos fijada para tales hijos mayores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Barcelona 86/2019, 30 de Enero de 2019
    • España
    • 30 Enero 2019
    ...concurre un claro hecho extintivo. LOS ALIMENTOS DEL HIJO MAYOR Hemos reiterado en SAP, Civil sección 18 del 05 de diciembre de 2018 (ROJ: SAP B 12148/2018 -ECLI:ES:APB:2018:12148) y SAP, Civil sección 18 del 28 de noviembre de 2017 (ROJ: SAP B 12655/2017 -ECLI:ES:APB:2017:12655) que "el ar......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR