SAP A Coruña 556/2017, 18 de Diciembre de 2017

PonenteMARIA TERESA CORTIZAS GONZALEZ-CRIADO
ECLIES:APC:2017:2750
Número de Recurso1191/2017
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución556/2017
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00556/2017

Rollo: ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 1191/2017

Órgano procedencia: JDO.PRIMERA INST./INSTRUCCION nº 1 de DIRECCION000

Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 910/2015

La Ilma. Sra. Doña MARÍA TERESA CORTIZAS GONZÁLEZ CRIADO, como Tribunal Unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha dictado en nombre de S. M. el Rey, la siguiente

SENTENCIA

En A Coruña, a dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete.

Por la presente Sentencia resuelvo el recurso de apelación interpuesto contra la dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. Uno de DIRECCION000, en el Juicio por Delitos Leves núm. 910/2015, sobre delito leve de coacciones, siendo partes como apelante Luis Angel, asistido por el Letrado don Eduardo Lorenzo Martínez y como apelado el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

:

PRIMERO

En el Juicio por Delito Leve indicado se dictó Sentencia en fecha 23 de junio de 2017, cuya parte dispositiva dice: "Que debo CONDENAR y CONDE NO a Luis Angel como autor de un delito leve de coacciones del artículo 173.2 del C.P . a la pena de multa de 3 meses con una cuota diaria de 5 €, condenándole en caso de impago de la multa a la responsabilidad personal de 45 días de privación de libertad que pueden cumplirse en régimen de localización permanente, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.

Se le condena igualmente a la prohibición de comunicarse con Magdalena por cualquier medio ya sea personal telefónico y telemático por un tiempo de seis meses".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el recurrente mencionado en el encabezamiento, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados a las restantes partes que establece el artículo 790-5 y 790-6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo 1191/2017.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS:

Como tales expresamente se declaran los así consignados en la sentencia apelada, y que son del tenor literal siguiente:

"ÚNICO.- Queda probado que Luis Angel a consecuencia de las denuncias que ha presentado Magdalena contra el padre de este, se dedica a insultarla a ella, incluso en presencia de la hija menor de Magdalena dirigiéndole expresiones tales como: "puta, zorra hija de puta, cabrona".

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso nos sitúa en la vulneración del artículo 172 del Código Penal .

Para el análisis de la cuestión, y dado el relato fáctico no impugnado por la parte, ha de insistirse en la despenalización parcial de las injurias leves y vejaciones injustas - antes falta del 620 núm. 2 del Código Penal-, de modo que para las personas no unidas con el agresor por alguno de los vínculos descritos en el artículo 173-2 del Código Penal se despenaliza totalmente la conducta, al tiempo que se eleva el umbral en las injurias punibles hasta el concepto defendido en el artículo 208, párrafo segundo, a examinar en función de su naturaleza, efectos y circunstancias, según el concepto social.

Es evidente que no nos encontramos ante el círculo de personas protegidas en el artículo 173-2 del Código Penal lo que en los autos ha derivado a la catalogación dentro del delito leve de coacciones del artículo 172-3 del Código Penal .

Precisa el delito leve de coacciones la concurrencia de los siguientes elementos: a) una actuación o conducta violenta de contenido material, vis física, o intimidativa, vis compulsiva, ejercida contra el sujeto pasivo, bien de...

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