SAP A Coruña 95/2018, 7 de Marzo de 2018

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Coruña, seccion 3 (civil)
Fecha07 Marzo 2018
Número de resolución95/2018

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00095/2018

N10250

C/ DE LAS CIGARRERAS, 1

(REAL FABRICA DE TABACOS-PLAZA DE LA PALLOZA)

A CORUÑA

Tfno.: 981 182082/ 182083 Fax: 981 182081

N.I.G. 15009 41 1 2017 0000204

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000443 /2017

Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.4 de BETANZOS

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL (SUSPENSION DE OBRA NUEVA) 0000056 /2017

Recurrente: Dª. Tania

Procurador: D. LUIS ANGEL PAINCEIRA CORTIZO

Abogado: Dª. MARINA ALVAREZ SANTOS

Recurrido: D. Calixto

Procurador: D. JOAQUIN JOSE GONZALEZ CARRERA

Abogado: D. JESUS MARIA GRAIÑO ORDOÑEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

A CORUÑA

S E N T E N C I A

Número 00095/2018

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña María Josefa Ruiz Tovar, presidenta

Doña María José Pérez Pena

Don Rafael Jesús Fernández Porto García

En A Coruña, a 7 de marzo de 2018.

Ante esta Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, constituida por los Ilmos. señores magistrados que anteriormente se relacionan, se tramita bajo el número 443-2017 el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 29 de mayo de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Betanzos, en los autos de procedimiento verbal registrado bajo el número 32-2017, siendo parte:

Como apelante, la demandante DOÑA Tania, mayor de edad, vecina de Abegondo (A Coruña), con domicilio en la parroquia DIRECCION000, lugar de DIRECCION001, NUM000 - NUM001, provista del documento nacional de identidad número NUM002, representada por el procurador don Luis-Ángel Paincieira Cortizo, bajo la dirección de la abogada doña Marina Álvarez Santos.

Como apelado, el demandado DON Calixto, mayor de edad, vecino de A Coruña, con domicilio en AVENIDA000, NUM003, NUM004 NUM001, provisto del documento nacional de identidad número NUM005

, representado por el procurador don Joaquín-José González Carrera, y dirigido por el abogado don JesúsMaría Graíño Ordóñez.

Versa la apelación sobre suspensión sumaria de obra nueva.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Sentencia de primera instancia .- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia de 29 de mayo de 2017, dictada por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Betanzos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la pre tensión ejercitada por la representación procesal de Dª Tania frente a D. Calixto

, con imposición de costas a la parte actora.

Acuerdo dejar sin efecto la suspensión acordada por auto de 8 de marzo de 2017.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que s e interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación para ser resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, siendo necesario que para ello se proceda a ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el depósito establecido por la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.

Así lo acuerdo mando y firmo» .

SEGUNDO

Recurso de apelación .- Se presentó escrito interponiendo recurso de apelación por doña Tania, dictándose resolución teniéndolo por interpuesto y dando traslado a las demás partes por término de diez días. Se formuló por don Calixto escrito de oposición al recurso.

Se constituyó por la parte apelante un depósito de 50 euros conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial con oficio de fecha 14 de septiembre de 2017, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Admisión del recurso .- Se recibieron en esta Audiencia Provincial el 20 de septiembre de 2017, siendo turnadas a esta Sección Tercera el 21 de septiembre de 2017, registrándose con el número 443-2017. Por el letrado de la Administración de Justicia se dictó el 3 de octubre de 2017 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, indicando los componentes del tribunal y designando ponente.

CUARTO

Personamientos .- Se personó ante esta Audiencia Provincial el procurador don Luis-Ángel Paincieira Cortizo en nombre y representación de doña Tania, en calidad de apelante, para sostener el recurso; así como el procurador don Joaquín-José González Carrera, en nombre y representación de don Calixto, en calidad de apelado. Se dictó providencia mandando quedar el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese.

QUINTO

Señalamiento .- Por providencia de 18 de diciembre de 2017 se señaló para votación y fallo el pasado día 6 de marzo de 2018, en que tuvo lugar.

SEXTO

Ponencia .- Es ponente el Ilmo. magistrado Sr. don Rafael Jesús Fernández Porto García, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Fundamentación de la sentencia apelada .- Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto coincidan con los que se exponen a continuación.

SEGUNDO

Objeto del litigio .- La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - La parcela catastrada bajo el número NUM006 del polígono NUM007 del Ayuntamiento de Abegondo es una finca procedente de Concentración Parcelaria, con una superficie según el título de 1.420 metros cuadrados, siendo entregada como finca de reemplazo a doña Vanesa, a cuyo nombre se inmatriculó en el Registro de la Propiedad bajo el número NUM008, sin que se hayan inscrito asientos posteriores.

  2. - Enclavada en esa finca hay una edificación y sus arrimos, que en su día constituyeron bienes excluidos de la Concentración Parcelaria.

    En la inscripción NUM003 de esta finca registral se describe como «Urbana.- Casa con sus agregados y alpendres, bodegas, cuarto unido por el lado Sur, y huera por el lado Sur Este, todo lo cual forma una finca, sita en el punto y lugar llamado del [...], parroquia de [...], hoy señalada con el número [...], y mide la superficie por entero de nueve áreas noventa y cinco centiáreas [...]. Linda: Norte, que es su frente, camino vecinal [...]; Sur, o fonda1, huerta zarzal que le cierra de labradío de herederos de Ángel ; Este, zarzal medianil que de divide huerta y era de majar de Efrain [...]; y Oeste, zarzal que le cierra de labradío de herederos de Inocencio [...]. La casa se compone en su parte baja de cocina y comedor, con dos puertas de salida al exterior de Norte a Sur, y alta distribuida en habitaciones [...] la superficie de la finca descrita como consecuencia de concentración parcelaria de la zona y al ser concentrado el terreno que circundaba a la casa ubicada en la misma quedó reducida a la del fundo de la propia edificación, esto es a cuarenta y seis metros cuadrados, hallándose enclavada por dicho proceso de reorganización de la propiedad, en la finca número NUM006 de la concentración parcelaria de [...], motivo por el cual la descripción actual de dicha finca es la siguiente: Casa señalada con el número [...] conformada por dos plantas, baja [...].- Forma una finca de la superficie de cuarenta y seis metros cuadrados, cuya superficie total construida [...], lindando por todos sus aires con la finca número NUM006 de la Concentración parcelaria [...] don Severiano y doña Marina, casados en régimen de gananciales [...] son dueños de la primitiva finca por compra constante matrimonio a doña Apolonia y otros, formalizada por escritura autorizada el diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y tres por el notario de esta ciudad don León Miguel López Rodríguez, bajo el número 2044 de su protocolo [...]», y los citados don Severiano y doña Marina la venden a "Areacrédito, S.L." a medio de escritura pública de compraventa datada a 2 de julio de 2003. "Areacrédito, S.L." inmatriculó la finca a su nombre por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria, constituyendo la finca registral NUM009 .

    La mercantil "Areacrédito, S.L." vendió la finca a doña Milagros a medio de escritura pública otorgada el 21 de julio de 2003. Presentada en el Registro, se inscribió en cuanto a la transmisión del dominio de la vivienda, «suspendiéndose en cuanto al terreno sobre el que se dice en el título que está enclavada, por no figura inscrito a favor de la transmitente - art. 20 de la Ley Hipotecaria - al haber sido objeto de concentración parcelaria» .

    Doña Milagros gravó la casa con hipoteca a favor de "Banco de Galicia", en garantía de un préstamo. La entidad bancaria ejecutó la garantía, y por auto de 22 de abril de 2006 se adjudicó la finca a la prestamista. Según dicho auto, la finca subastada y adjudicada se describía «Término municipal de Abegondo, parroquia de [...], casa señalada con el número NUM010 del lugar de [...] conformada por dos plantas, baja, dedicada a cocina y comedor con dos puertas de salida al exterior de norte a sur, y alta distribuida en habitaciones. Forma una sola finca de superficie de cuarenta y seis metros cuadrados, cuya superficie total construida en las dos plantas de que consta es de noventa y dos metros cuadrados: está enclavada en una finca que mide: nueva áreas y noventa y cinco centiáreas, incluido el fundo de la casa. Linda: norte, que es su. frente, camino vecinal [...]; sur o fonda1, huerta zarzal que le cierra de labradío de herederos de Ángel ; este, zarzal medianil que de divide huerta y era de majar de Efrain [...]; y oeste, zarzal que le cierra de labradío de herederos de Inocencio [...]» .

    El 22 de diciembre de 2014 el Banco vendió la finca a don Calixto . Ahora está inscrita...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Otras acciones de protección
    • España
    • Práctico Derechos Reales Protección de la propiedad y demás derechos reales Acciones judiciales
    • 2 Febrero 2024
    ... ... advierte la AP Salamanca en sus sentencias de 26 de marzo de 2013 [j 1] y de 25 de mayo de 2017, [j 2] todo ... 6.1 En formularios 6.2 En doctrina 7 Legislación básica 8 Legislación citada 9 ... sentido, se ha pronunciado la Sentencia de la AP Coruña de 7 de marzo de 2018 [j 3] al declarar que esta acción ... ...

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR