STSJ Andalucía 486/2018, 8 de Febrero de 2018
Ponente | AURORA BARRERO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2018:946 |
Número de Recurso | 702/2017 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 486/2018 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
ROLLO Nº 702/17 - L SENTENCIA Nº 486/18
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Recurso nº 702/2017 - L
Iltmos. Sres.:
D. Francisco Manuel Álvarez Domínguez
Dª María del Carmen Pérez Sibón
Dª Aurora Barrero Rodríguez, ponente
En Sevilla, a ocho de febrero de dos mil dieciocho.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 486/2018
En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Dª Yolanda, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla, Autos nº 946/15; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Yolanda contra el Servicio Público de Empleo Estatal y Agrícola Espino S.L.U., se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 14/12/16, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
" PRIMERO: La parte actora, afiliada a la seguridad social con el nº NUM000, figura contratada por la empresa AGRICOLA ESPINO SLU durante el periodo 24/10 a 23/11/2012; 29/11 a 12/12/12 con contratos de trabajo para obra o servicio determinado a jornada completa, contratos de trabajo de los que no se dispuso, por no haber sido aportados por la empresa. De 19/09/2013 a 24/04/2014 la trabajadora percibe subsidio por desempleo del REA, subsidio que le es reconocido por un total de 180 días, tras acreditar la realización de 37 Y 35 jornadas reales, entre las que se encuentran las jornadas declaradas con la empresa Agrícola Espino SLU, jornadas que permiten al trabajador el reconocimiento y cobro de la citada prestación.
En fecha de 16 de mayo de 2014, la Inspectora de trabajo y Seguridad Social efectuó visita de inspección en la finca rustica, identificada como Mata del Toro, localizada en el polígono 5, parcela 65 del término municipal de Carmona, finca que se encuentra dedicada al cultivo de melocotón y nectarina.
A través de la actuación inspectora llevada a cabo en el centro de trabajo se comprueba :
La presencia de 43 trabajadores que se encontraban realizando tareas de recolección de nectarina. De estos 43 trabajadores, 18 de nacionalidad rumana, prestan servicios por cuenta y bajo la dependencia de la mercantil Hortofruticula de Servicios Agrícolas Silvio Lonut S.L y Recolecciones Sanda D.L, empresas subcontratadas por Jesús Espino Heredia para las citadas laborales de recolección y los restantes trabajadores, entre ellos la actora, se encontraban contratado por Agrícola Espino SLU.
Iniciado expediente sancionador contra la hoy actora se notifica al mismo, acta de infracción a la actora y que consta en las actuaciones de fecha de 5/03/2015 en la que se concluye que la empresa AGRICOLA ESPINO SLU, figura en el panorama como empresa agrícola que únicamente cuenta con una razón social y más de 1000 trabajadores en alta...la existencia de una actividad agrícola desarrollada por la empresa, que queda circunscrita a una explotación agrícola determinada... se concluye la actuación apreciando la existencia de connivencia entre la empresa y aquellos trabajadores, entre los cuales se encuentra el destinataria de la presente acta al hoy actor, que figuran en situación de alta durante periodos que no tienen correspondencia con ningún proceso productivo del cultivo, melocotón y nectarina, esto es, fuera de las fechas, entre el 15 de marzo a 30 de junio de 2012, 2013 y 2014 connivencia consistente en la simulación de unas prestaciones de servicios y su retribución para obtener por estos últimos, en fraude de ley, prestaciones d ella seguridad social en este caso en concreto la prestación económica denominada renta agraria, establecida en favor de trabajadores eventuales incluidos en el sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios de la seguridad social.
Se dicta propuesta de resolución de extinción de la prestación o subsidio por desempleo y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.
Notificada el acta de infracción a la trabajadora se le concedió un plazo de 15 días para alegaciones, y verificado dicho plazo, en fecha de 20/07/2015 se dicta resolución, por la que se confirma la propuesta de la extinción de prestación o subsidio por desempleo desde el 19/09/2013 y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.
La parte actora interpone reclamación previa y el organismo demandado, tras solicitar informe de la Inspección de Trabajo, desestima la reclamación previa por lo que se interpone la presente demanda.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que no fue impugnado de contrario.
La actora ha formulado recurso de suplicación frente a la sentencia por la que se desestimó su pretensión de que fuera revocada la resolución del SPEE de 20/7/15 por la que se acordó la extinción de la prestación o subsidio por desempleo reconocido desde 29/9/13 y la devolución de las cantidades indebidamente percibidas. El recurso no fue impugnado de contrario.
Por el cauce del artículo 193 b) LRJS solicita la recurrente revisión de hechos probados.
Pretende que el párrafo primero del hecho probado segundo quede redactado así: "En fecha de 16 de mayo de 2014, la Inspectora de Trabajo y Seguridad Social efectuó visita de inspección en la finca rustica identificada como Mata del Toro, localizada en el polígono 5, parcela 65 del término municipal de Carmona, finca que se encuentra dedicada a la cría y comercialización de frutales y productos agrícolas-ganaderos en general".
Se accede a la revisión pretendida al resultar del acta de la Inspección de Trabajo, en el apartado "Hechos comprobados a través de consultas efectuadas al Registro Mercantil, la Tesorería General de la SS, SPEE y Agencia Tributaria" que el objeto social de Agrícola Espino SL era el mencionado.
Por el cauce del artículo 193.c) LRJS denuncia la recurrente que no se han aplicado correctamente las normas y jurisprudencia sobre la "prueba por indicios." Razona el recurso cómo debe ser entendida la presunción de veracidad de las actas de la Inspección de Trabajo y manifiesta que se ha vulnerado el derecho del actor a la presunción de inocencia, al haberse...
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ATS, 14 de Mayo de 2019
...Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 8 de febrero de 2018, en el recurso de suplicación número 702/17 , interpuesto por D.ª Gema , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Sevilla de fecha 14 de diciembre de 2016 ......