STSJ Andalucía 69/2017, 11 de Enero de 2018

PonenteAURORA BARRERO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAND:2018:677
Número de Recurso321/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución69/2017
Fecha de Resolución11 de Enero de 2018
EmisorSala de lo Social

ROLLO Nº 321/17 - L SENTENCIA Nº 69/17

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Recurso nº 321/2017 - L

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

D. Francisco Manuel Álvarez Domínguez

Dª Aurora Barrero Rodríguez, ponente

En Sevilla, a 11 de enero de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 69/2018

En los recursos de suplicación interpuestos por las representaciones procesales de Dª Frida y el Ayuntamiento de El Coronil, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla, Autos nº 1402/12; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Frida contra CONSORCIO PARA LA UNIDAD TERRITORIAL DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL Y TECNOLÓGICO DEL BAJO GUADALQUIVIR, SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, JUNTA DE ANDALUCÍA (Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico), MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO GUADALQUIVIR, AYUNTAMIENTOS de EL CORONIL, SANLÚCAR DE BARRAMEDA, UTRERA, LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA, ROTA, LEBRIJA, CHIPIONA, LAS CABEZAS DE SAN JUAN, TREBUJENA, LOS MOLARES y EL CUERVO, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día, por el Juzgado de referencia, en la que se la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º) El demandado CONSORCIO PARA LA UNIDAD TERRITORIAL DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL Y TECNOLÓGICO DEL BAJO GUADALQUIVIR (Consorcio UTEDLT del BAJO GUADALQUIVIR) es una Corporación de Derecho Público creada en su día por la demandada JUNTA DE ANDALUCÍA -a través de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico- y la MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO GUADALQUIVIR. Los

estatutos del Consorcio UTEDLT del BAJO GUADALQUIVIR se aprobaron por resolución de la Dirección General de Administración Local de 11.06.2002 y se publicaron en el BOJA Nº 83 de fecha 16.07.2002, aportado como documental (doc. nº 6 del cd aportado por el Consorcio demandado en escrito presentado el 30.10.2013, unido a los autos; y doc. nº 1 ramo ayuntamientos de El Coronil, Los Molares y El Cuervo) y que se dan por reproducidos.

  1. ) Existen un total de 95 consorcios UTEDLT en toda Andalucía. La financiación de los consorcios viene establecida por la Orden de 21 de enero de 2004 de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA 17 de febrero de 2004). Esa Orden fue modificada por otra de 23 de octubre de 2007 (BOJA de 16 de noviembre) y por Orden de 17 de julio de 2008 (Boja de 25 de julio). El Servicio Andaluz de Empleo financia un porcentaje que oscila entre el 70 y el 80% de los costes laborales totales de los agentes locales de promoción de empleo, en función del número de

    habitantes de los municipios en los que aquellos desarrollan su labor. Dicho porcentaje alcanza al 100% de los gastos del personal directivo

    de los consorcios. Los municipios asumen los porcentajes restantes de tales costes salariales, así como la puesta a disposición de locales, mobiliario y los equipos informáticos que se especifican (expediente administrativo de la Consejería).

  2. ) Las dotaciones presupuestarias correspondientes al programa de Consorcios UTEDLT en cada uno de los años 2010, 2011 y 2012 se han venido manteniendo en los siguientes términos para cada uno de los años expresados, indicándose el origen de la dotación presupuestaria, según informe de 8 de agosto de 2012 del Servicio Andaluz de Empleo de que se aparece unido a los autos y se da aquí por reproducido en sus términos (doc. nº 8 inserto en cd aportado por el Consorcio mediante escrito presentado el 30.10.2013):

    -Fondos propios de la Junta de Andalucía (2.637.156; 1.716.139; 900.000).

    -La dotación proveniente de la Unión Europea, Fondo Social Europeo se ha venido manteniendo en los tres años expresados, por importe de 3.390.828 euros.

    -Las dotaciones presupuestarias provenientes de la Administración Central, Ministerio de Empleo y Seguridad Social han sido decrecientes (21.615.842; 21.200.000; 16.600.000) (expediente administrativo de la Consejería).

  3. ) A la fecha de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía, para el ejercicio 2012, no se conocía el importe destinado por la Administración Central a las políticas activas de empleo, por lo que fueron presupuestadas cantidades similares a la

    del ejercicio 2011. El capítulo de gastos del presupuesto para el ejercicio de 2012 ascendía a 253.811,50 €, de los que 247.361,50 € correspondían a gastos de personal y 6.450,50 € a gastos en bienes corrientes y servicios. En el capítulo de ingresos, se preveían 253.811,50 €, de los que 207.288,34 € provenían de subvenciones de la Junta de Andalucía, y el resto de los Ayuntamientos integrados (expediente administrativo de la Consejería).

  4. ) El importe de las subvenciones propuestas a favor de todos los Consorcios UTEDLT de Andalucía asciende en el año 2012 a 4.898.258,75 euros, que sumado a los compromisos de carácter plurianual ya adquiridos en el año 2011 y que ascienden a 4.078.456,03 euros, comportan que en Andalucía en el año 2012, se van a destinar a créditos para el Programa de los ALPES de los Consorcios UTEDLT 8.976.714,78 euros, mientras que lo asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 24 de mayo de 2012 asciende a 1.107.767 euros (expediente administrativo de la Consejería).

  5. ) Por resolución del SAE de fecha 19.09.2012 se aprobó conceder ayuda al Consorcio UTEDLT del BAJO GUADALQUIVIR para cubrir los gastos de personal directivo y 18 ALPES durante tres meses comprendidos entre el 01.07.2012 y el 30.09.2012 (doc. nº 7.1 del expediente remitido en cd por el Consorcio en escrito presentado el 30.10.2013, unido a los autos).

  6. ) La demandante Frida ha venido prestando sus servicios retribuidos primero como agente de

    desarrollo local (ALDE) y luego como agente local de promoción de empleo (ALPE) en el ayuntamiento de El Coronil, y realizando otras funciones para el mismo ayuntamiento, si bien fue formalmente contratada con carácter temporal (informe de vida laboral, doc nº 2 ramo actora; y contratos aportados doc. nº 3 ramo actora):

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 20.07.1995 al 11.01.1996.

    -por el Ayuntamiento de El Coronil desde el 13.03.1996 al 18.05.1996.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 05.07.1996 al 31.12.1996.

    -por el Ayuntamiento de El Coronil desde el 01.02.1997 al 01.05.1997.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el12.05.1997 al 31.07.2007.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el12.09.1997 al 30.10.1997.

    -por el Ayuntamiento de El Coronil desde el06.10.1997 al 16.11.1997.

    -por el Ayuntamiento de El Coronil desde el17.11.1997 al 31.12.1997.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 03.02.1998 al 28.06.1998.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 29.06.1998 al 28.12.1998.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 29.12.1998 al 28.06.1999.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 29.06.1999 al 28.12.1999.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 21.01.2000 al 07.03.2000.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 09.03.2000 al 12.04.2000.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 01.06.2000 al 30.11.2000.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 01.12.2000 al 31.05.2002.

    -Tras percibir luego prestaciones por desempleo desde el 01.06.2002 al 30.07.2002, volvió a ser formalmente contratada por la

    Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 01.08.2002 al 31.07.2004.

    -por la Mancomunidad de Municipios del BAJO GUADALQUIVIR desde el 01.08.2004 al 15.12.2004.

  7. ) Con fecha 16.12.2004 la demandante y el demandado CONSORCIO UTEDLT BAJO GUADALQUIVIR suscribieron contrato de trabajo temporal para obra o servicio determinado a tiempo completo, que decía tener por objeto "contribuir al desarrollo de las funciones del Consorcio en el ámbito del municipio consorciado según lo establecido en la memoria-proyecto que acompaña a la solicitud de ayuda, realizando su labor en coordinación con el resto del equipo de la UTEDLT y bajo la dependencia de la misma", con duración "desde el

    16.12.2004 hasta lo establecido en la resolución por la que se concede la ayuda Exp. 41-09/04 Servicio Andaluz de Empleo. Consejería de Empleo". Dicho contrato fue sucesivamente prorrogado y las partes reconocieron mediante documento privado de fecha 09.09.2009 su carácter indefinido desde el inicio de la relación que igualmente decían concertada al amparo del art. 52 e) del Estatuto de los Trabajadores (doc. nº 4 ramo actora y expediente administrativo en cd remitido por el Consorcio mediante escrito presentado el 30.10.2013, unido a los autos).

  8. ) La demandante ha venido prestando sus servicios retribuidos ininterrumpidamente siempre ubicada en la oficina de fomento económico (OFE) sita en un edifico del propio Ayuntamiento de El Coronil pero separado de la Casa Consistorial, y utilizando para ello los medios materiales de todo tipo proporcionados por dicho ayuntamiento. Y pese a lo que rezaban las contrataciones antes referidas, ha venido simultaneando sus funciones primero como ADL y...

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