STSJ Cataluña 16/2018, 26 de Febrero de 2018

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala civil y penal
Fecha26 Febrero 2018
Número de resolución16/2018

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

Sala Civil y Penal

R. Casación y extraordinario por infracción procesal nº 67/2017

SENTENCIA Nº 16/2018

Presidente:

Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau

Magistrados:

Ilma. Sra. Dª. Mª Eugènia Alegret Burgués

Ilmo. Sr. D. Jordi Seguí Puntas

Barcelona, 26 de febrero de 2018

La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, integrada por los Magistrados que se expresan más arriba, ha visto el recurso de casación núm. 67/2017 contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Barcelona en el rollo de apelación núm. 1039/2015 como consecuencia de las actuaciones de procedimiento ordinario núm. 747/14 seguidas ante el Juzgado de 1a Instancia núm. 55 de Barcelona. El Sr. Gabino ha interpuesto el recurso, representado por Dña. Helena Vila González y defendido por Dña. Teresa Salcedo Otal. La parte recurrida, el Sr. Paulino ha sido representado por Dña. Mª Carmen Fuentes Millán y defendido por Dña. Jacinta García Junca.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora de los Tribunales Sra. Carmen Fuentes Millán, actuó en nombre y representación del Sr. Paulino formulando demanda de procedimiento ordinario núm. 67/2017 en el Juzgado de Primera Instancia núm. 55 de Barcelona. Seguida la tramitación legal, el Juzgado indicado dictó sentencia con fecha 13-07-2015 , la parte dispositiva de la cual dice lo siguiente:

"Desestimar la demanda instada por D. Paulino contra D. Gabino y absolver al demandado con expresa imposición de las costas."

SEGUNDO

Contra esta Sentencia, la parte demandada interpuso recurso de apelación, que se admitió y se sustanció en la Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Barcelona la cual dictó Sentencia en fecha 1-02-2017 , con la siguiente parte dispositiva:

"Estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Paulino contra la sentencia dictada el 13 de julio de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona en autos de juicio ordinario nº 747/2014, que se revoca, y en su lugar y con estimación de la demanda, se condena al demandado a retirar las lamas de madera y fijaciones clavadas a la pared que conforman la terraza de madera de su vivienda, absteniéndose de usar la cubierta no transitable de autos, y a restituir la pared de fachada del edificio al estado en que se encontraba con anterioridad a la apertura de la puerta y la ventana que dan acceso a dicha terraza. Ello con imposición al demandado de las costas procesales de la instancia y sin expresa imposición de las costas del recurso.

Visto el resultado de la resolución recaída, y conforme lo recogido en el punto 8 de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la nueva redacción introducida por la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, BOE de 4 noviembre, procédase a la devolución de la totalidad del depósito ingresado en su día por la parte recurrente"

TERCERO

Contra esta Sentencia, la representación procesal del Sr. Gabino interpuso recurso de casación. Por Auto de fecha 29-06-2017, este Tribunal se declaró competente y admitió a trámite el recurso interpuesto, dándose traslado a la parte recurrida y al Ministerio Fiscal para formalizar oposición por escrito en el plazo de veinte días.

CUARTO

Por providencia de fecha 9-10-2017 se tuvo por formulada oposición al recurso de casación y de conformidad con el art. 485 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se señaló para su votación y fallo que ha tenido lugar el día 8-02-2018.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª Eugènia Alegret Burgués.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia dictada en fecha 1 de febrero de 2017 por la sección 17ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en el procedimiento de juicio ordinario seguido entre el Sr. Gabino y el Sr. Paulino , interpone la defensa de la parte demandada recurso de casación por interés casacional. De todos los motivos contenidos en el escrito del recurso la Sala únicamente admitió el primero de ellos en el cual se combate que la Sentencia hubiese calificado la cubierta existente en un patio de luces de la finca como comunitaria, cuando había sido realizada por el demandante para incorporar una parte del patio de luces común a su elemento privativo en forma irregular.

Recurso de casación.

SEGUNDO

Planteamiento

En el único motivo del recurso de casación admitido en su día, se denuncia la infracción del artículo 553-9.1 a) en relación con el art. 553-41 del CCCat .

Dicen dichos artículos, en la redacción vigente cuando se presentó la demanda, que el título de constitución del régimen de propiedad horizontal debe constar en una escritura pública, que en todo caso debe contener: a) La descripción del inmueble en conjunto, que debe indicar si está terminado o no, y la relación de los elementos, instalaciones y servicios comunes de que dispone (art. 553-9.1 a) y el art. 553-41 que son elementos comunes el solar, jardines, piscinas, estructuras, fachadas, cubiertas, vestíbulos, escaleras y ascensores, antenas y, en general, las instalaciones y los servicios situados fuera de los elementos privativos que se destinan al uso comunitario o a facilitar el uso y goce de dichos elementos privativos.

La sentencia recurrida obliga al demandado, Sr. Gabino , ante la demanda deducida por el Sr. Paulino propietario del piso inferior, a retirar las lamas de madera y fijaciones clavadas a la pared de cierre...

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