AAN, 17 de Octubre de 2017

PonenteJOSE DE LA MATA AMAYA
EmisorJuzgado Central de Instrucción Nº 5
ECLIES:AN:2017:1073A
Número de Recurso74/2015

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN NUMERO 5 AUDIENCIA NACIONALMADRID

DILIGENCIAS PREVIAS 74/2015 (PRINCIPAL)

AUTO DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Madrid 17.10.2017

INDICE

1. RESUMEN

1.1. Antecedentes

1.2. Hechos

1.3. Delitos

1.4. Decisiones

2. ANTECEDENTES DE HECHO

2.1. Antecedentes

2.2. Partes acusadoras

2.3. Partes pasivas (personas imputadas)

3. HECHOS PUNIBLES POR LOS QUE SE ACUERDA LA TRANSFORMACION EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO, PERSONAS RESPONSABLES E INDICIOS RACIONALES DE CRIMINALIDAD

3.1. Organización Criminal

3.2. La Caja B de FITONOVO SL

3.3. Pagos no declarados a trabajadores

3.4. Blanqueo de Capitales

3.5. Actividades realizadas en las distintas Administraciones Publicas

3.5.1. Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales I

3.5.1.1. Ministerio de Fomento. Cádiz

3.5.1.2. Ministerio de Fomento. Andalucía Occidental

3.5.1.3. Ministerio de Fomento. Huelva

3.5.1.4. Diputación de Sevilla

3.5.1.5. Diputación de Jaén

3.5.1.6. Diputación de Córdoba

3.5.1.7. Ayuntamiento de La Carolina

3.5.2. Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales I (Ayuntamiento de Algeciras)

3.5.3. Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales II (Ayuntamiento De Sevilla)

3.5.4. Administraciones Autonómicas e Insulares

3.5.4.1. Comunidad Autónoma de Canarias

3.5.4.1.1. Cabildo de Lanzarote.

3.5.4.1.2. Cabildo de Las Palmas

3.5.4.1.3. Gobierno de Canarias

3.5.4.2. Comunidad Autónoma de Extremadura

3.5.4.3. Comunidad Autónoma de Andalucía

3.5.4.3.1. Consejería de Obras Públicas. Delegación de Sevilla

3.5.4.3.2. Consejería de Obras Públicas. Delegación de Jaén

3.5.4.3.3. Agencia Andaluza del Agua

3.5.4.3.4. Consejería de Obras Públicas

3.5.4.3.5. Consejería de Fomento y Vivienda (Dirección General de Carreteras). Delegación de Huelva

3.5.4.3.6. Consejería de Fomento y Vivienda (Dirección General de Carreteras). Delegación de Sevilla

3.5.5. ADIF

4. HECHOS ATRIBUIBLES A CADA UNA DE LAS PERSONAS INVESTIGADAS

4.1. Feliciano Luciano

4.2. Lucio Feliciano

4.3. Feliciano Victorio

4.4. Victorino Felicisimo

4.5. Luz Celestina

4.6. Nicanor Valeriano

4.7. Custodia Hortensia

4.8. Millan Nicolas

4.9. Valeriano Jacinto

4.10. Calixto Vicente

4.11. Cecilio Valeriano

4.12. Hilario Victoriano

4.13. Roman Urbano

4.14. Roberto Humberto

4.15. Casilda Fermina

4.16. Pablo Dimas

4.17. Sebastian Simon

4.18. Benigno Juan

4.19. Francisco Daniel

4.20. Candido Eladio

4.21. Claudio Santos

4.22. Placido Ignacio

4.23. Donato Imanol

4.24. Evaristo Benedicto

4.25. Eugenio Augusto

4.26. Evelio Eliseo (CARPINTERIA LOS MERINALES)

4.27. Eleuterio Primitivo (CARRION FORESTAL)

4.28. Avelino Emilio (COMBUSTIBLES EL SALADO SL)

4.29. Eleuterio Anibal (COMBUSTIBLES EL SALADO SL)

4.30. Felicisimo Urbano (CRIALTELO)

4.31. Fulgencio Sabino (FRANCISCO GUARNIDO SL)

4.32. Belarmino Gabriel (GALDAR BUSINESS SL)

4.33. Ruben Valeriano (GOYCA SA)

4.34. Gabino Pelayo (INNOBYTE)

4.35. Silvio Urbano (PLASUR)

4.36. Valentin Fabio (RAIMUNDO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ)

4.37. Franco Nemesio (SOLUCIONES Y MONTAJES ELECTRICOS SL)

4.38. Erasmo Domingo (TODOGOMA y ARINCA)

4.39. Edmundo Isaac (TRANSPORTES Edmundo Isaac )

4.40. Claudio Damaso (KLEVIN SL)

4.41. Vidal Primitivo (REYES Y DOBLAS SL)

4.42. Emilio Indalecio (SUMINISTROS AGRICOLAS NARANJO SL)

4.43. Pedro Cristobal (API MOVILIDAD)

4.44. Joaquin Balbino (SEÑALIZACIONES VILLAR)

4.45. Felix Isaac (BODY FACTORY SL).

5.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

5.1. Contexto legal y jurisprudencial

5.2. Personas imputadas

5.3. Indicios racionales de criminalidad

5.4. Calificación Jurídica

5.4.1. Organización criminal

5.4.2. Prevaricación

5.4.3. Cohecho

5.4.4. Fraude a las administraciones públicas

5.4.5. Falsedad documental

5.4.6. Malversación de caudales públicos

5.4.7. Tráfico de influencias

5.4.8. Alteración de precios en concursos

5.4.9. Blanqueo de capitales

5.5. Defraudación a la Seguridad Social

5.6. Conclusión

5.7. Otros pronunciamientos

5.7.1. Práctica de diligencias

6. PARTE DISPOSITIVA ANEXOS

ANEXO 1 Pieza Separada "Delegaciones Territoriales y Autonómicas"

ANEXO 2 Pieza Separada "Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales I

ANEXO 3 Pieza Separada "ADIF"

ANEXO 4 Pieza Separada "Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales III (Ayuntamiento de Algeciras)"

ANEXO 5 Pieza Separada "Delegaciones Territoriales y Administraciones Locales III (Ayuntamiento de Sevilla)"

1. RESUMEN

1.1. ANTECEDENTES

Esta resolución tiene por objeto acomodar a los trámites del procedimiento abreviado las Diligencias Previas 74/2015 (principal de las actuaciones).

1.2. HECHOS

Los hechos objeto de la causa implican la presunta existencia en la empresa FITONOVO SL de una actividad planificada dirigida a adjudicarse por medios fraudulentos contratos públicos.

La dirección de FITONOVO SL creó una infraestructura tantooperativa como contable destinada a obtener contratos públicos irregulares, habilitando la estructura comercial de la empresa para conformar una red de contactos con funcionarios corruptos que les facilitaban dicha contratación, y creando una contabilidad paralela que se nutría de facturación falsa para, entre otros fines, financiar el pago de sobornos a funcionarios públicos.

Al mismo tiempo, creó una trama societaria que, en paralelo a una actividad comercial legal, se ocupó de acaparar contratos públicos usando medios ilícitos, causand o grave daño al interés público, por cuanto pervirtieron numerosos procedimientos de contratación en detrimento de las arcas públicas y del interés público en una adecuada prestación de los servicios, además de un grave daño al orden socioeconómico, al perjudicar a las sociedades que de forma legal pretenden participar en la contratación pública pero que no tienen posibilidad de resultar adjudicatariasal estar en franca desventaja por las prácticas corruptas de la trama.

La empresa FITONOVO SL tenía constituida una caja B que se nutría de facturación falsa con un gran número de proveedores. Esta caja B se alimentaba fundamentalmente mediante facturación falsa de empresas suministradoras o proveedoras de FITONOVO SL. Este tipo de operaciones se registraban en la contabilidad oficial aparentando compras de suministros o de servicios. Asimismo, existían facturas por servicios prestados a particulares que pasaban directamente a la caja B de manera íntegra.

Esta caja B servía a diferentes propósitos además del señalado del pago de comisiones a funcionarios. Servía además para generar gastos que disminuían los beneficios de la sociedad (con la consiguiente reducción de los tributos a pagar a la Hacienda Pública), para el pago de salarios en B a los trabajadores o para desviar dinero a la distribución de dividendos o a la realización de inversiones.

En esta resolución se incluyen las actividades de esta naturaleza que en toda la trama llevaron a cabo los directivos y comerciales de la empresa FITONOVO SL, así como su red de proveedores.

Incluye a las siguientes personas: Feliciano Luciano ; Lucio Feliciano ; Feliciano Victorio ; Victorino Felicisimo

; Luz Celestina ; Nicanor Valeriano ; Custodia Hortensia ; Millan Nicolas ; Valeriano Jacinto ; Calixto Vicente ; Cecilio Valeriano ; Hilario Victoriano ; Roman Urbano ; Roberto Humberto ; Casilda Fermina

; Pablo Dimas ; Sebastian Simon ; Benigno Juan ; Francisco Daniel ; Candido Eladio ; Claudio Santos

; Placido Ignacio ; Donato Imanol ; Evaristo Benedicto ; Eugenio Augusto ; Evelio Eliseo (CARPINTERIA LOS MERINALES); Eleuterio Primitivo (CARRION FORESTAL); Avelino Emilio (COMBUSTIBLES EL SALADO SL); Eleuterio Anibal (COMBUSTIBLES EL SALADO SL); Felicisimo Urbano (CRIALTELO); Fulgencio Sabino (FRANCISCO GUARNIDO SL); Belarmino Gabriel (GALDAR BUSINESS SL); Ruben Valeriano (GOYCA SA); Gabino Pelayo (INNOBYTE); Silvio Urbano (PLASUR); Valentin Fabio (RAIMUNDO RODRIGUEZ JIMENEZ ); Franco Nemesio (SOLUCIONES Y MONTAJES ELECTRICOS SL); Erasmo Domingo (TODOGOMA y ARINCA); Edmundo Isaac (TRANSPORTES Edmundo Isaac ); Claudio Damaso (KLEVIN SL); Vidal Primitivo (REYES Y DOBLAS SL); Emilio Indalecio (SUMINISTROS AGRICOLAS NARANJO SL); Pedro Cristobal (API MOVILIDAD); Joaquin Balbino (SEÑALIZACIONES VILLAR); y Felix Isaac (BODY FACTORY SL).

1.3. DELITOS

- Delito de organización criminal

- Delito de prevaricación

- Delito de cohecho

- Delito de fraude a las administraciones públicas

- Delito de falsedad en documento mercantil

- Delito de malversación de caudales públicos

- Delito de tráfico de influencias

- Delito de alteración de precios en concursos

- Delito de blanqueo de capitales

1.4. DECISIONES

Seguir las diligencias previas 74/2015, por los trámites del procedimiento abreviado (Capítulo cuarto del Titulo II del Libro IV de la LECrim) en relación con 45 personas físicas imputadas y 32 entidades responsables civiles subsidiarios.

Dar traslado al Ministerio Fiscal y a las partes acusadoras en su caso por plazo común de VEINTE días naturales, para que soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, o excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias ( art. 780.2 LECrim ).

2. ANTECEDENTES DE HECHO

2.1. ANTECEDENTES

1. Las presentes Diligencias Previas 74/2015 se incoaron en virtud de auto de fecha 07.07.2015, tras ser recibidas en este Juzgado en turno de reparto las Diligencias Previas número 4720/2013 del Juzgado de Instrucción número 6 de los de Sevilla, en virtud de inhibición acordada por este Juzgado en auto de fecha

09.06.2015, siguiéndose a partir de entonces la tramitación ordinaria de la causa.

2. Desde entonces se siguieron las presentes actuaciones, por hechos presuntamente constitutivos de delitos comprendidos en el ámbito del procedimiento abreviado, habiéndose practicado las diligencias pertinentes para determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos y las personas que en los mismos hayan participado.

3. En la presente causa se han formado, hasta la fecha, las siguientes piezas...

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