STSJ Comunidad de Madrid 527/2017, 13 de Septiembre de 2017

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2017:9502
Número de Recurso818/2016
ProcedimientoRecurso de Apelación
Número de Resolución527/2017
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2 - 28004

33010280

NIG: 28.079.00.3-2016/0017005

Recurso de Apelación 818/2016

Recurrente : D. Anselmo

LETRADO Dña. MARIA JESUS REDONDO CACERES, CARABELOS,61 ESC.-1ª PISO 6º-C, nº C.P.:28041 MADRID (Madrid)

Recurrido : DELEGACION DEL GOBIERNO EN MADRID

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 527/2017

Presidente:

Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION

Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO

D.RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO

Dña. ANA RUFZ REY.

En la Villa de Madrid, a 13 de septiembre de 2017.

Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Magistrados anotados al margen, el presente recurso de apelación, número 818/2016 de su registro, que ha sido interpuesto por la Administración del Estado, representada y dirigida por la Abogacía del Estado, contra el auto dictado en fecha de 27 de septiembre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 32 de los de Madrid, en la Pieza Separada de Medidas Cautelares correspondiente a los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 316/2016 de su registro.

Es parte apelada don Anselmo, representado y dirigido por la Letrado doña María Jesús Redondo Cáceres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 32 de Madrid, don Anselmo interpuso recurso contencioso administrativo contra la orden de expulsión dictada en fecha de 6 de junio de 2016 por la

Delegación del Gobierno en Madrid, que se tramitó como Procedimiento Ordinario número 316/2016 en el que se solicitó medida cautelar de suspensión.

Mediante auto de 27 de septiembre de 2016, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo dictó auto otorgando la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado.

SEGUNDO

Notificado el referido auto a las partes, la Abogacía del Estado interpuso contra el mismo recurso de apelación, del que, una vez admitido a trámite, se dio traslado a la parte apelada que presentó escrito de impugnación dentro del plazo concedido al efecto.

TERCERO

Remitida la pieza de medidas cautelares a la Sala, y no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 17 de mayo de 2017, en que se suspendió para solicitar al Juzgado de instancia los documentos que se habían aportado con el escrito de demanda.

Habiéndose dictado sentencia en los autos principales, se concedió audiencia a las partes sobre la pérdida sobrevenida del objeto de este recurso, con el resultado que obra en autos.

El nuevo señalamiento se efectuó para el día 6 de septiembre de 2017, fecha en que tuvo lugar.

En la tramitación de este proceso se han observado las reglas establecidas por la Ley.

Ha sido Magistrado Ponente doña FRANCISCA ROSAS CARRION, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto que es objeto del presente recurso de apelación, dictado el 27 de septiembre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 32 de los de...

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