STSJ Andalucía 1456/2017, 7 de Junio de 2017

PonenteJORGE LUIS FERRER GONZALEZ
ECLIES:TSJAND:2017:7442
Número de Recurso2569/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1456/2017
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

OL

SENT. NÚM. 1456/2017

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ

ILTMO. SR. D. RAFAEL FERNÁNDEZ LÓPEZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a siete de junio de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 2569/2015, interpuesto por VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A. contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. NUM. 6 DE GRANADA, en fecha 15/06/15, en Autos núm. 593/2014, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dionisio en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALESº, contra VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 15/06/15, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1º. Estimo la demanda del trabajador demandante D. Dionisio, en reclamación de cantidad, siendo demandada la empresa VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., sobre los conceptos en que la empresa se ha allanado de modo subsidiario y declaro el derecho a percibir la cantidad reclamada, correspondiente al tramo que va desde abril de 2012 a diciembre de 2013, que se concreta en la cuantía de

4.584, 87€ brutos, más el interés por mora.

2º. Condeno a la mercantil VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES SA. a que abone al demandante la cantidad indicada por los conceptos expresados.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. -El demandante don Dionisio, mayor de edad, titular del DNI. num. NUM000, viene prestando sus servicios para la empresa VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES SA., con CIF. A28760692, ccc/ 18/1124539/28, con una antigüedad reconocida del 06-04-2009, categoría o Grupo profesional de Peón Día.

  2. -VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., es la concesionaria del servicio publico de limpieza viaria y residuos urbanos en el municipio de Baza (Granada) desde el 27 de enero de 2009, a partir de la indicada fecha asume por subrogación a los trabajadores afectados en dicho servicios, entre los que se encuentra la parte demandante, reconociendole la antigüedad, categoría y salario.

  3. -Es de aplicación a la relación laboral mantenida entre las partes el Convenio Colectivo de Limpieza Pública viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado, publicado en el BOP 27 de abril de 2006.

    Se interpuso conflicto colectivo en relación con la aplicación de la tabla salarial del convenio colectivo, contra ASELIP (Asociación de empresas de Limpieza Pública) a la que pertenece la empresa demandada. Tras diversas vicisitudes judiciales, el Tribunal Supremo, en sentencia de 21 de diciembre de 2009, aclarada con fecha 22-03-2010, en rec. 11/2009, declara que la tabla salarial a aplicar en 2008 en el Convenio Colectivo Provincial de Granada para el sector de Limpieza Pública viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado, suscrito el 4 de abril de 2006, debe ser la que obra en el acuerdo 3º del referido Convenio, mas los incrementos salariales que se establecen salarial.

    El citado convenio de aplicación en la provincia de Granada, establece en su Acuerdo Tercero:

    "Tercero.- Es voluntad de las partes, que a partir del día 1 de enero de 2008, entre en vigor la siguiente tabla salarial:

    Conductor de día .........24.000 euros/año

    Conductor de noche.... 25.000 euros/año

    Peón de día ............... 19.500 euros/año

    Peón de noche ........... 21.000 euros/año

    Encargado/capataz ...... 27.700 euros/año

    Las cantidades anteriormente reseñadas se incrementarán con el IPC anual más el 0, 9% desde el día 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2010".

    Ambas partes son conformes en que p ara el año 2012 y 2013 el salario para la categoría o grupo de Peón Día:

    Salario base 1.214, 83 €

    1. pen. Pelig. 242, 97 €

    PP. extras 253, 09 €

    Total mensual: 1.710, 89 euros.

  4. .- Se añade que, con base en la indicada sentencia, se planteó por el actor demanda en reclamación de cantidad por diferencias salariales correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, que fue estimada por sentencia judicial. La empresa ha abonado en ejecución de sentencia los importes resultantes de dicho procedimiento.

  5. -El 17 de abril de 2012 el Ayuntamiento de Baza remite comunicación a la empresa demandada, recomendándole adaptar el servicio a la capacidad real de pago que tenía el Ayuntamiento, reduciendo el canón un 25% (de 1.600.000 € a 1.200.000 € (folio 81 ss.).

    Consta estudio y valoración de la situación del servicio presentada por la empresa demandada Valoriza Servicios Medioambientales SA en fecha 5 de junio de 2012.

    El 1 de agosto de 2012 el Ayuntamiento de Baza notifica a la empresa demandada el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en el que se pacta la reducción del canón a 1.200.000 €, para los ejercicios 2012-2013 y en la que se informa, igualmente, que el servicio quedará reorganizado según la propuesta planteada por la empresa demandada en fecha 5 de junio de 2012 (folio 89).

    Tras esto se inicia un período de consultas, entre la que se destaca el escrito de 22 de agosto y el Acta de la reunión correspondiente al 7 de agosto de 2012 entre empresas y representantes legales de los trabajadores del centro de Baza ( Caridad (Delegada de personal) Mateo (Trabajador) y Paulino (trabajador) y Estefanía Asesora por UGT.

    Se recoge la reducción del canon y para aplicarla sin extinciones contracturales, la empresa establece que los salarios a percibir en 2012 y las horas trabajadas seran las siguientes:

    Nº trabaj. Directos Bruto anual Peón Bruto anual Conductor Horas semana

    19 13.187 € 16.230 € 24, 0 horas

    20 12.334 € 15.181 € 22, 5 horas

    21 11.776 € 14.482 € 20, 7 horas

    22 11.158 € 13.733 € 19, 5 horas

  6. .- El 30 de agosto de 2012, se suscribió ACUERDO entre la empresa demandada y los representantes legales de los trabajadores en el centro del servicio público de limpieza viaria y recogida y transporte de residuos sólidos urbanos en el término municipal de Baza (Granada), Acuerdo de Modificación de jornada, de horario y retribuciones salariales, del tenor literal siguiente:

    " En Granada a 30 de agosto de2012

    ACTA DE ACUERDO ENTRE LA EMPRESA VALORIZASERVICIOSMEDIO AMBIENTALES S.A Y LOS REPRESENTANTES LEGALES DELOSTRABAJADORES EN EL CENTRO DEL SERVICIO PUBLICO DELIMPIEZAVIARIA Y RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOSSÓLIDOSURBANOS EN EL TERMINO MUNICIPAL DE BAZA(GRANADA).

    RepresentacionesyAsistentes:

    Por Valoriza Servicios Medioambientales

    Luis Pedro

    Pedro Miguel .

    Por la Representación Social

    Caridad (Delegada de Personal de UGT).

    Avelino (Asesor de UGT)

    ORDEN DEL DÍA:

    Acuerdo de Modificación de Jornada, de Horario y de Retribuciones Salariales.

    INTRODUCCIÓN :

    Valoriza Servicios Medioambientales (en adelante VSM) resultó adjudicataria del servicio Público de la Limpieza Viaria y Recogida de Transporte de Residuos Sólidos Urbanos en el término municipal de Baza, según adjudicación del correspondiente contrato de gestión acordada por el Ayuntamiento de Baza Pleno de con fecha 27 de enero de 2009 .

    Resultando que el Ayuntamiento de Baza se ha acogido al Real Decreto 4/2012, aprobó por acuerdo de Pleno de 28 de Marzo de 2012 un Plan de Ajuste para un periodo de diez años. En el mismo se contemplan que una de las medidas de ajuste propuestas es la modificación de la concesión del Servicio Público de la Limpieza Viaria y Recogida de Transporte de Residuos Sólidos Urbanos con el fin de generar capacidad suficiente para hacer frente al pago de la operación de crédito necesaria para pagar a proveedores.

    Por todo ello, el Ayuntamiento de Baza por mayoría del Pleno (Cédula de Notificación con registro de Salida 212/7334" acuerda:

    "Modificar el contrato del Servicio Público de la Limpieza Viaria y Recogida de Transporte de Residuos Sólidos Urbanos en el término municipal de Baza suscrito en la mercantil VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES

    S.A, con fecha 27 de enero de 2009, mediante la adopción de medidas que entre otras implica una reducción de costes de personal que finalmente suponen que el presupuesto de ejecución material del contrato se reduzca a un importe de 1.200.111€ más IVA para los ejercicios 2012 y 2013, que supone una diferencia de canon con respecto al anterior de 512.885€".

    Tras varias reuniones con la Representación Legal de los Trabajadores del centro de Baza los días 26 de junio, así como el 7 y 13 de agosto de 2012 y tras varias propuesta realizadas por la Dirección de la Empresa, se ha llegado al siguiente acuerdo evitando extinciones contractuales y ajustando el servicio al canon reducido anteriormente indicado.

    ACUERDO:

    1. - Se producirá con fecha de efectos del 1 de septiembre de 2012, una disminución en el % de jornada de los trabajadores de la contrata, que conllevará una reducción de salario en la misma proporción.

      La disminución de % de jornada, conlleva que todos los trabajadores afectados por la misma tendrán que firmar de manera individual una novación contractual con la Dirección de la Empresa, se adjunta al presente Acuerdo modelo de novación contractual como DOC.1

      Peones % de Jornada a realizar:55% Salario anual: 11.158, 24 €

      Conductores % de Jornada a realizar:55% Salario anual: 13.733, 20 €.

    2. La nueva jornada de trabajo así como el horario, entrará en vigor con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2012, quedando del siguiente modo:

      - Jornada Laboral Semanal: 19,...

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