SJP nº 2 164/2017, 19 de Junio de 2017, de Bilbao

PonenteCRISTINA DE VICENTE CASILLAS
Fecha de Resolución19 de Junio de 2017
ECLIES:JP:2017:65
Número de Recurso309/2016

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 DE BILBAO

BILBOKO ZIGOR-ARLOKO 2 ZK.KO EPAITEGIA

BUENOS AIRES 6, 1ª planta - CP/PK: 48001 TELEFONO /TELEFONOA: 94-4016471 FAX / FAXA: 94-4016620

NIG P.V. / IZO EAE: 48.04.1-14/024814

NIG CGPJ / IZO BJKN: 48020.43.2-2014/0024814

CAUSA / AUZIA: Proced.abreviado / Prozedura laburtua 309/2016

Atestado nº/ Atestatu-zk. :ESCRITO QUERELLA

Hecho denunciado/ Salatutako egitatea :

Prevaricación administrativa / Administrazio-prebarikazioa

Juzgado Instructor / Instrukzioko Epaitegia: Juzgado de Instrucción nº 3 de Bilbao / Bilboko Instrukzioko 3 zk.ko Epaitegia Procedimiento abreviado / Prozedura laburtua 2078/2014

Contra/Kontra: Juan Francisco Abogado/a / Abokatua: RICARDO SANZ CEBRIAN

Procurador/a / Prokuradorea: IDOIA MALPARTIDA LARRINAGA Contra/Kontra: Lourdes

Abogado/a / Abokatua: PAULA SANZ OCHOANTESANA Procurador/a / Prokuradorea: IDOIA MALPARTIDA LARRINAGA Contra/Kontra: Baltasar

Abogado/a / Abokatua: IKER TELLITU BAÑALES

Procurador/a / Prokuradorea: IDOIA MALPARTIDA LARRINAGA

Acusador particular/Akusatzaile partikularra: Apolonia Abogado/a / Abokatua: IGNACIO PEREZ DAPENA

Procurador/a / Prokuradorea: GERMAN ORS SIMON

D/Dª. Mª ROSARIO PALENQUE LUS, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Bilbao, POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos Proced.abreviado 309/2016 ha recaído sentencia, del tenor literal:

Nik, Bilboko Zigor-arloko 2 zk.ko Epaitegiko Mª ROSARIO PALENQUE LUS Justizia Administrazioaren letradua naizen honek, ONDOKOA JASOTZEN DUT: Prozedura laburtua 309/2016 autoetan epaia eman da, hitzez hitz honako hau dioena:

SENTENCIA N º 164/2017

En BILBAO (BIZKAIA), a diecinueve de junio de dos mil diecisiete.

Vista por la Iltma. Sra. Dª Cristina de Vicente Casillas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Bilbao, la presente causa nº 309/16, proveniente del Procedimiento Abreviado nº 2078/2014 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Bilbao, seguido por un DELITO DE PREVARICACIÓN, contra D. Juan Francisco , con DNI nº NUM000 , nacido el día NUM001 /1962 y cuyas demás circunstancias personales constan en los autos, representado por la Procuradora Dª. Idoia Malpartida Larrinaga y defendido por el Letrado D. Ricardo Sanz Cebrián; contra Dª. Lourdes , con DNI nº NUM002 , nacida el día NUM003 /1966; representada por la Procuradora Dª. Idoia Malpartida Larrinaga y defendida por la Letrada Dª. Paula Sanz Ochoantesana; y contra D. Baltasar , con DNI nº NUM004 , nacido el día NUM005 /1963, representado por la Procuradora Dª. Idoia Malpartida Larrinaga y defendido por el Letrado D. Iker Tellitu Bañales; como acusación particular: Dª. Apolonia , representada por el Procuradora D. Germán Ors Simón y defendida por el Letrado D. Ignacio Pérez Dapena; siendo parte acusadora pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de prevaricación previsto y penado en el artículo 404 del Código Penal , vigente en el momento de los hechos, siendo responsables los encausados en concepto de autores conforme al artículo 28 del Código Penal , no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando imponer, a cada uno de los encausados, la pena de 8 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Abono de las costas procesales.

SEGUNDO

En idéntico trámite, los letrados de la defensa solicitaron la absolución de los acusados.

HECHOS

PROBADOS

  1. - Han quedado acreditados los siguientes hechos :

    - Recuperaciones Esma S.L es una empresa que se dedica al reciclaje de residuos y que se traslada desde su anterior ubicación en Trápaga al municipio de Erandio, concretamente a los pabellones donde ejercía su actividad Montajes Nervión en el año 2000 .Mediante solicitud de 20 de Agosto de 2000solicita licencia de obras para realizar nuevo pabellón destinado a albergar vestuarios y comedor entre otros.El 20 de Diciembre de 2000 solicita la licencia de legalización de actividad de recuperación de metales férricos y no férricos lo que da lugar al expediente nº NUM006 .

    -Paralelamente y ,sin esperar a las licencias, inicia su actividad industrial y realiza las obras proyectadas, confiada en las conversaciones que, previamente al traslado, ha mantenido la empresa con los responsables municipales .

    - Apolonia es propietaria junto con su marido de un solar colindante con el anterior, clasificado como suelo urbano de uso industrial. Su marido Remigio es un empresario , que ha vivido durante 30 años en Venezuela y posee una fábrica de producción de tornillos. Su deseo es volver a su tierra natal y trasladar la producción a Erandio, para jubilarse y dejar el negocio a sus hijos. A tal fin, compran el solar y solicitan los permisos administrativos al Ayuntamiento, siendo parte promotora en el procedimiento de delimitación del área de actuación nº 31 y fijación del sistema de actuación, al igual que recuperaciones Esma S.L.

    -En el expediente NUM006 se incorporan varios informes favorables a la licencia de actividad solicitada, ( aparejador y técnico ambiental ), se somete a información pública y se remite el expediente al departamento de sanidad del Gobierno Vasco que exige al Ayuntamiento información adicional sobre el proyecto presentado por recuperaciones Esma el 7 de mayo de 2001, sin que se realice ninguna actuación más.

    - Paralelamente se tramita el expediente de licencia de obra NUM007 . En dicho expediente figura el informe del técnico medio ambiental ( desfavorable ) y el informe jurídico de 3 / 10 /00 según el cual" las previsiones del planeamiento general resultan insuficientes...circunstancias que determinan la necesidad de elaborar un estudio de detalle que complete el diseño de la trama urbana... En consecuencia, habrá de entenderse que la tramitación del expediente queda en suspenso hasta dicho momento ". ( fol. 22 )

    - Durante la tramitación del procedimiento urbanístico, se presentan por las partes hasta tres estudios de detalle que son devueltos para hacer correcciones. El primero el 10 /07/2000 denegado mediante decreto de 14 de Noviembre. El segundo se presenta el 26 /12 /2000 respecto del cual no se adopta ninguna resolución. El tercero se presenta 22 / 11/ 2006 y es denegado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27 /01/2011, porque en el año 2009 se había aprobado un plan sectorial de carreteras incompatible con los usos de los citados solares.

    - El 8 de Noviembre de 2010 Doña Apolonia solicitó copia de expedientes de concesión de licencia de actividad y obra , a los efectos de comprobar la legalidad de las edificaciones construidas y de la actividad que se llevaba a cabo, lo que se le facilitó.

    -El 20 de Diciembre de 2010 el concejal de urbanismo Sr Baltasar ordena a la Policía municipal que verifique si hay actividad en la empresa Recuperaciones Esma S.L y el 10 de Enero de 2011 la policía municipal de Erandio informa que NO tiene ninguna de las dos licencias solicitadas, ( ni obras ni actividad ) , está ejerciendo su actividad , ha construido el pabellón pero no el comedor. (fol. 987).

    - El 11 de Julio de 2011 la Sra Apolonia presentó una denuncia ante el Ayuntamiento contra la empresa Recuperaciones Esma, por ejercer su actividad sin tener la correspondiente licencia, solicitando la incoación de expediente y adopción de medidas cautelares.

    - La Administración no contesta a su solicitud.

    - Ante la inactividad de la administración, la citada Sra. Apolonia el 23/01/2012 interpone recurso contencioso administrativo que se sigue en los autos 23 / 2012 ante el juzgado de lo contencioso administrativo nº 2 de Bilbao.

    - En dicho procedimiento el Ayuntamiento, se opone a la demanda, alegando que ya ha dictado una resolución. Para ello la concejal de urbanismo Doña Lourdes dicta el Decreto 1930 / 2012 de 9 de Noviembre por el que se inicia procedimiento de comprobación de actividades de recuperaciones Esma que se adjunta a la contestación de la demanda.

    - Este Decreto no es seguido de actuación administrativa alguna .

    - El 22 de Noviembre de 2013 se dicta sentencia cuyo fallo , desestimatorio de la demanda, por falta sobrevenida de objeto, urge al Ayuntamiento a realizar sin mas dilación los actos de inspección acordados.

    - La Sra. Apolonia solicita en escritos de 14 de Enero de 2014,21 de marzo y 14 de mayo que se actúe en el sentido indicado en el fallo de la sentencia. No se le contesta a estas peticiones.

    - El 7 de Abril de 2014 se gira Inspección a la empresa por la arquitecta municipal Doña Noemi ( fol. 992). En ella constata que todos los edificios de la empresa recuperaciones Sesma están afectados total o parcialmente por la nueva ordenación de carreteras, (PTSC) por lo que es necesario realizar un reajuste de la clasificación de los suelos y reajuste de alineaciones mediante el instrumento de planeamiento que se considere oportuno.

    - El 25 de Junio se dicta el decreto 1169 / 2014 por el que se deniega la legalización de la actividad de Recuperaciones Esma S.L e incoa expediente de restauración de la legalidad urbanística.

    - El día 9 de Julio de 2014 la Sra. Apolonia interpone la querella, dado que desde el 2011 no había recibido contestación alguna del Ayuntamiento a la denuncia administrativa presentada y por el contrario, la empresa denunciada seguía realizando su actividad sin contar con las preceptivas licencias.

  2. -La encausada Lourdes , sin antecedentes penales, fue Concejal delegada de Urbanismo desde Junio de NUM008 hasta el año NUM009 .

    Tras la interposición de la demanda por la Sra Apolonia el 23/01/2012 la citada encausada se reunió con la directora de urbanismo ( Amalia ) y el asesor jurídico ( Sr Iván ). El Sr Iván le informó que la denunciante tenía razón y había que iniciar la actividad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR