STSJ Comunidad Valenciana 940/2017, 6 de Abril de 2017

ECLIES:TSJCV:2017:1963
Número de Recurso2043/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución940/2017
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorSala de lo Social

1 Rec. Supl 2043716

Recursos de Suplicación - 002043/2016

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Carmen López Carbonell

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Manuel Alegre Nueno

En València, a seis de abril de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 940 de 2017

En el Recursos de Suplicación - 002043/2016, interpuesto contra la sentencia de fecha 13-04-2016, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE VALENCIA, en los autos 000253/2014, seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de Dª Isidora, asistida del Letrado Dª María Guasch Ramón, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente Dª Isidora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/

  1. Sr/a. D/Dª. Manuel Alegre Nueno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Isidora contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a la Entidad Gestora de las pretensiones deducidas frente a ella.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: 1.- La demandante, Isidora, nacida el día NUM000 -1964, con D. N.I. NUM001, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el número NUM002 y en situación de alta o asimilada en el Régimen General. La profesión habitual de la actora es la de oficial de peluquería y estética.2.- La demandante inició situación de incapacidad temporal en fecha 27/03/12 por enfermedad común, con el diagnóstico de "alteración menisco NCOC", por "rotura LCA con rotura longitudinal de MI, cambios degenerativos mediales rodilla izquierda intervenida. Omalgia derecha" causando alta en fecha 27/08/13. Emitido informe por el médico evaluador en fecha 27/08/13, señala que la demandante presenta "preservación dolorosa de movilidad activa y fuerza muscular de brazo y pierna en ausencia de inestabilidad articular no semiología inflamatoria clínicamente apreciable" concluyendo que está limitada para "elevados requerimientos de marcha y deambulación".3.- La Dirección Provincial del INSS de Valencia tramitó, a instancia de la trabajadora, expediente para la calificación de la incapacidad permanente, en el que se emitió informe de valoración médica en fecha 6 de noviembre de 2013 y dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el día 12 de noviembre de 2013 en el sentido de "no calificación del trabajador referido como incapacitado permanente".4.- La Entidad Gestora, por resolución de 20 de noviembre de 2013, acordó denegar la prestación de incapacidad permanente por no alcanzar las lesiones que

padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. Contra dicha resolución interpuso la parte actora reclamación previa en fecha 4 de febrero de 2014, que fue desestimada por resolución del INSS de fecha de salida 22 de marzo de 2012. En fecha 13 de marzo de 2014 la actora presentó demanda en el Decanato de los Juzgados de Valencia, que correspondió por turno de reparto a este Juzgado de lo Social.5.- La demandante padece: Espondilolistesis leve L4-L5 (RM 7/09/13), y escoliosis.Hipotiroidismo.Osteopenia en fémur cuello (Densitometría 8/07/13).Secuelas derivadas derivadas de la rotura de menisco medial y ligamento cruzado anterior en rodilla izquierda. Realizada RM de rodilla izquierda en fecha 1/06/12 se apreció "rotura longitudinal del cuerpo y cuerno posterior de menisco media, cambios de condropatía severa a nivel femoral y tibial adyacentes. Rotura crónica de ligamento cruzado anterior. Patela ligeramente desplazada lateralmente con adelgazamiento de cartílago rotuliano compatible con condropatía moderada". En fecha 17/12/12 fue realizada intervención quirúrgica, practicándole "regularización menisco izquierdo y cuerno posterior de menisco externo, plastia ligamento cruzado anterior, sinovectomía".Omalgia hombro izquierdo, derivada de caída en abril de 2013. 6.- Como consecuencia de sus dolencias la demandante presenta: (1) en el hombro izquierdo, abducción de 140º, dolor a la presión en la articulación, tono muscular normal y parestesias en la mano izquierda; (2) en la cadera derecha, dolor en punto de Waleix y rotaciones y fleco-extensión conservadas; (3) y en la rodilla izquierda, palpación muy sensible en compartimento interno e interlínea articular, con rodilla estable. Derivado de ello, la trabajadora está limitada para la realización de actividades que requieran marcha prolongada en terreno irregular, abducción mantenida del hombro y/o flexo- extensión lumbar continuada.7.- La demandante tiene reconocida por resolución de la Conselleria de Bienestar Social, de fecha 23/09/15, un grado de discapacidad del 35%, desde el 19/11/14.8.- La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente total solicitada asciende a 667,01 euros mensuales. La fecha de efectos de la prestación de incapacidad permanente total se fija, para en su caso, en fecha 12 de noviembre de 2013.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Dª Isidora, habiendo sido impugnado por la representación letrada del demandado. Recibidos los autos en...

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