SAP Barcelona 936/2016, 30 de Noviembre de 2016

PonenteFRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
ECLIES:APB:2016:12639
Número de Recurso130/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución936/2016
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N.936/16

Barcelona, treinta de noviembre de dos mil dieciséis

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Mª José Pérez Tormo

Ana María García Esquius

Rollo n.: 130/2016

Modificación de medidas (unión matrimonial) n.: 914/2014 Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 1 de Igualada Objeto del recurso: extinción de alimentos de hijo mayor de edad Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba

Apelante: Miguel

Abogado: G. Arjona Pérez

Procurador: B. Soria Crespo

Apelado: Benita

Abogado: J. Busqué Balcells

Procurador: Noelia Pérez-Prado Miquel

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 12 de diciembre de 2014 el Sr. Miguel presentó demanda de modificación de medidas definitivas en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se declare la extinción de la pensión de alimentos a favor de su hijo Serafin . Relata que, casados los litigantes en 1982, con dos hijos, Teodosio y Serafin, nacidos en 1989 y 1993, y separados en 1997, por Auto de 201 está obligado al pago de 200 euros de alimentos para el hijo Serafin que, con 21 años, ya trabaja, en Carrefour.

    La Sra. Benita contesta y alega que el hijo sigue estudiando (aunque dejó un ciclo formativo de grado superior en 2013, por no gustarle, está apuntado a otro, de Comercio). Solo ha trabajado seis meses a media jornada en Carrefour, mientras estudiaba, para poderse costear los estudios, porque la pensión del padre es insuficiente. La Sentencia recurrida, de fecha 4 de diciembre de 2015, considera probado que el hijo sigue estudiando y que el trabajo es parcial e insuficiente y producto de un esfuerzo loable. En suma, desestima la demanda, sin condena en costas.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    El recurrente Sr. Miguel argumenta que hay causa de extinción. El hijo está fijo en la empresa y podría trabajar a tiempo completo. Cita jurisprudencia.

    La parte apelada se opone y defiende la sentencia. Sostiene que la cita de jurisprudencia no debe obviar el estudio del caso, que es distinto. Reitera que el hijo no ha acabado su formación. Serafin estudia Grado Superior en Comercio Internacional en L'Hospitalet y trabaja de reponedor a media jornada. Dice que el trabajo temporal es un medio, no un fin.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto se ha registrado en la Sección el día 8 de marzo de 2016. No se ha practicado prueba y se ha señalado el día 29 de noviembre de 2016 para deliberación, votación y fallo. Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, lo que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. LA JURISPRUDENCIA QUE SE CITA

    La primera sentencia de esta Sala que cita el recurrente (SAP, Civil sección 18 del 04 de noviembre de 2015 (ROJ: SAP B 10911/2015 - ECLI:ES:APB:2015:10911) no es aplicable al caso en el sentido que interesa porque precisamente conservaba la obligación de pagar alimentos al hijo, al no haber acabado los estudios, ni trabajar siquiera a tiempo parcial.

    La segunda resolución citada (SAP, Civil sección 18 del 22 de enero de 2014 (ROJ: SAP B 597/2014 -ECLI:ES:APB:2014:597) acordó la extinción de la pensión porque la hija no estudiaba, ni trabajaba, estando en disposición de hacerlo. No es tampoco el caso.

  2. LA DOCTRINA SOBRE EXTINCIÓN DE ALIMENTOS DE HIJOS MAYORES DE EDAD

    Como hemos dicho en la SAP, Civil sección 18 del 05 de noviembre de 2014 (ROJ: SAP B 12515/2014 -ECLI:ES:APB:2014:12515), el art 233-4 CCCat establece que la pensión de alimentos a favor de hijos...

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