SAP Huelva 418/2016, 19 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE PABLO MARTINEZ GAMEZ
ECLIES:APH:2016:505
Número de Recurso80/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución418/2016
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

Audiencia Provincial de Huelva

Sección 2ª, Civil

Nº Procedimiento: Recurso de Apelacion Civil núm. 80/2016

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. 4 ( MERCANTIL) de Huelva

Autos de: Incidente concursal núm. 43/2013

Apelante: Strategia Territorial, S.A.

Apelado: Hormigones América (Admon. Concursal)

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S E N T E N C I A Nº 418

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. FRANCISCO MARTÍN MAZUELOS

MAGISTRADOS:

D. JOSE PABLO MARTINEZ GAMEZ

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL

En Huelva a 19 de septiembre de 2016

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el Incidente Concursal procedente del Juzgado de lo Mercantil referenciado. Interpone el recurso la entidad mercantil STRATEGIA TERRITORIAL, S.A., que en la instancia ha litigado como parte demandante, representada por la Procuradora doña María Luisa Torres Toronjo. Es parte recurrida la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad mercantil HORMIGONES AMERICA, S.L.U., que en la instancia ha litigado como parte demandada. y ésta defendida por del Abogado don Carlos Aretio Najarro,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia y de lo mercantil Nº 4 de Huelva dictó sentencia el día 29 de enero de 2015 con el siguiente Fallo: " Que con desestimación de la demanda interpuesta por la Procuradora

D.ª María Luisa Torres Toronjo en nombre y representación de Strategia Territorial s.A., impugnando el listado de acreedores realizado por la Administración Concursal de Hormigones América S.L.U. SL DEBO CONFIRMAR Y CONFIRMO íntegramente el informe elaborado por la Administración Concursal en cuanto al listado de acreedores de Hormigones América S.L.U. Todo ello con imposición de las costas de este incidente a Strategia Territoral S.A. Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art.197.4 no cabe recurso alguno sin de reproducir la cuestión en la apelación más próxima siempre que se formule protesta en el plazo de cinco días."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se designa Ponente al Ilmo. Sr. D. JOSE PABLO MARTINEZ GAMEZ, que tras deliberación, votación y fallo expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La pretensión que ha generado el presente incidente concursal ha sido la impugnación por la entidad Strategia Territorial, S.A. del Informe- Inventario y lista de acreedores definitiva de la Administración Concursal de la entidad Hormigones América, S.L.U. y la consiguiente petición de que se dicte resolución por la que se acuerde la revocación de dicho informe y del crédito núm. 073 Lista definitiva, que ha resultado excluido, y se confirme el reconocimiento, respecto de Strategia Territorial, S.A. como Crédito Ordinario por cuantía de de 61.254,057€.

El control de la recurribilidad de una resolución es una atribución que el tribunal debe ejercitar de oficio, puesto que la admisión a trámite de un recurso de apelación por el órgano "a quo" no vincula al tribunal "ad quem", que ha de revisar esta cuestión de oficio.

Como declara la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, en su sentencia de 17 de junio de 2016 (ROJ: SAP M 7851/2016 ): "La aplicación del régimen establecido en materia de recursos en el artículo 197 de la Ley Concursal, entraña que, como regla general, y a salvo concretas excepciones, con arreglo al número 4 del citado precepto legal, contra las sentencias dictadas en un incidente concursal durante la fase común o en la de convenio no cabe recurso alguno. La única posibilidad que le asistiría al interesado que estuviera disconforme es la de formular la correspondiente y...

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