STSJ Comunidad Valenciana 41/2015, 15 de Enero de 2015

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2015:4637
Número de Recurso2827/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución41/2015
Fecha de Resolución15 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Social

1 Recurso Suplicación 2827/2014

RECURSO SUPLICACION - 002827/2014

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Maria Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª del Carmen López Carbonell

En Valencia, a quince de enero de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 41/2015

En el RECURSO SUPLICACION - 002827/2014, interpuesto contra la sentencia de fecha 7 de julio de 2014, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ELX, en los autos 000597/2013, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Berta Y OTRA y Flora asisitida por la letrada Dª: Cristina Aguilar Sanchis y representada por la procuraodra Dª. Alicia Ramirez Gomez, contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL, BANKIA S.A., SECCIONES SINDICALES DE UGT, SECCION SINDICAL CCOO, SECCION SINDICAL ACCAM, SECCION SINDICAL CSICA y SECCION SINDICAL SATE, y en los que es recurrente BANKIA S.A., habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando las demanda formuladas por Dña. Berta, Dña. Flora contra BANKIA S.A., SECCIONES SINDICALES DE U.G.T., CC.OO, ACCAM, CSICA y SATE, debo declarar y declaro improcedentes el cese efectuado con efectos desde el 11-5-13, condenando a la demandada BANKIA SA a estar y pasar por esta declaración y a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte entre readmitir a las actoras en su puesto de trabajo o abonarles las indemnizaciones que posteriormente se referirán, a las que se habrá de descontar las ya percibidas. Caso de que opte por la readmisión la condena abarcará, además, el abono de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de despido hasta el día de la notificación de la presente sentencia, ambos inclusive.

Indemnización (1) Salario día

Dña. Berta, 99.136,80€ 137,69€

Dña. Flora 45.826,73€ 149,03€

(1) cantidad a las que se habrán de descontar las ya percibidas y referidas en el relato factico). Y condeno al FONDO DE GARANTIA SALARIAL como responsable subsidiario, y hasta los límites legales a su cargo, al pago de la indemnización y salarios de tramitación dichos. Se absuelve a las demandas demandadas.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: 1º) Circunstancias laborales de las actoras. Las actoras acreditan en la empresa demandada las siguientes circunstancias profesionales: - Dña. Berta, antigüedad de 27/06/1996, categoría de directora, salario mensualidad de 4.130,73€, incluido prorrateo pagas extras. -Dña. Flora, antigüedad de 29-3-06, categoría de directora, grupo I y salario mensual de 4.471€, incluido prorrateo de pagas extras. (Resulta de los documentos aportados por las partes, hojas de salarios). 2º) Sobre hechos previos al cese. Se inició formalmente periodo de consultas de despido colectivo el 9 de enero de 2.013 con la representación de las secciones sindicales de CC.OO., UGT, ACCAM, SATE, CSICA y CGT, entregándose profusa documentación por la demandada, que se da aquí íntegramente por reproducida, que se refiere en el acta levantada y que consta en la documental aportada con anterioridad al acto de juicio, que incluían, entre otros, la documentación económica de los ejercicios de 2.010, 2011, las previsionales de 2.012, el plan de recolocación etc, etc, así como la concreción de la pretensión de la demandada de proceder a la "...extinción de un máximo de 4.900 contratos de trabajo por causas económicas, sin perjuicio de la adopción de medidas organizativas y productivas derivadas de las mencionadas causas....así como de movilidad geográfica y modificación de condiciones y suspensión de contratos de trabajo....".Tras diversas reuniones de las partes, se alcanzó acuerdo formal el 8-2-13, entre la practica totalidad de las secciones sindicales de los sindicatos participantes (que representaban el 97,81%), acuerdo que igualmente consta en la documental aportada por la demandada y que se da aquí íntegramente por reproducida, por el que se estableció el número máximo de despidos en 4.500 trabajadores y un plazo de ejecución hasta el 31-12-15, primando las adscripciones "voluntarias" e incentivadas, y finalmente la posibilidad de designación directa por parte de la Empresa, quien igualmente se reservaba el derecho de denegación de la adscripción voluntaria en casos especiales. 3º) Proceso de valoración. La demandada llevó a cabo en 2012 un plan de evaluación de todos los empleados en el que inicialmente intervenía el técnico de RRHH adscrito a cada empleado, posteriormente se llevaba a cabo una revisión de contraste en el Departamento de Gestión de Personas y otra posterior y definitiva por la Dirección de Zona.Las demandas fueron "valoradas" en septiembre de 2012 y con las siguientes puntuaciones:

Berta Flora

Visión de negocio 5,66 (Buen conocimiento del entorno donde opera; mercado, clientes y competencia, pues lleva en la misma desde 1996. Visión de negocio centrada en la plaza de la oficina pero no a nivel global. 5 (No traza planes de acción concretos para anticiparse a la competencia a pesar de conocer el entorno, el mercado y los clientes)

Orientación a resultados 4,33 (No es retadora en la consecución de los mismos a pesar del exhaustivo conocimiento d e los clientes y la plaza. No encara los retos con actitud positiva, reconoce ser impaciente y no canalizar de manera adecuada las situaciones de estrés. Falta planificación y organización. Sabe lo que tiene que hacer pero no cómo conseguirlo) 4,66 (Trabaja para obtener resultados muy a corto plazo, perdiendo el foco en el M/L/plazo. En la consecución de resultados no implica al equipo.

Liderazgo de equipos 4,66 (muestra cercanía y confianza pero no los motiva, no se constituye un referente del mismo pues no predica con el ejemplo, asigna gestiones comerciales que ella misma no realiza. En momentos de presión no canaliza ésta y la traslada al equipo, debe contener su carácter porque es muy impulsivo) 4,33 (Dedica esfuerzo en la formación de los colaboradores, pero no consigue orientarlos al logro y ser referente de ellos. Tiene limitación en asumir el rol directivo dentro del equipo)

Vocación por el cliente 6 (Tiene un gran conocimiento de sus clientes, ofrece servicio de calidad y se anticipa a las necesidades de los mismos. Basa su estrategia en la confianza y credibilidad para fidelizarlos) 5,33 (A pesar de estar en un entorno de negocio conocido por ella, reconoce que le cuesta fidelizar a los clientes, porque prefieren seguir en la competencia, más arraigada en la zona. No crea clima de confianza y falta anticipación a las necesidades de los mismos.

Impacto e influencia 4,66 (conoce las opiniones de los demás pero finalmente se imponen las suyas propias, no convence con sus propuestas. Se comunica de forma clara y honesta) 4,33 (Se comunica de manera clara pero no eficaz; reconoce que tiene dificultad para convencer de sus propuestas, a los clientes y al equipo).

Responsabilidad 4,33 (No aprende de los errores, a pesar de reconocer que cuando no consigue sus objetivos no sabe canalizar la frustración que siente y explota, sigue haciéndolo) 5,33 (asume responsabilidades y riesgos pero falta agilidad en la toma de decisiones. No traslada las metas de la organización a planes de acción concretos).

Valoración media 4,94 4,83

Valoración revisada 0 0

Valoracion revisada D.Territorial 0 0 Valoracion final 4,94 4,83

(1)la valoración se realizó en escala de 1 a 10 puntos, siendo 1 la minima y 10 la máxima. La valoración se llevó a cabo en dos fases. Una primera consistente en entrevista directa, de la cual resultó una valoración de 6 parámetros previamente establecidos y que constan en la documental 27-2 aportada por la demandada y que se da aquí por reproducida. Las entrevistas a los directores de oficinas se comenzaron en septiembre de 2.012, estableciéndose como objetivo el "Disponer de información, lo más homogénea posible, de los empleados de Bankia que: 1. Permita conocer colectivos de alto, normal y bajo desempeño. 2. Ayude a tomar decisiones. 3. Facilite los procesos de reubicaciones. En definitiva, ayudar a gestionar el talento en la entidad". (Documento 30 aportado por la empresa demandada). Dicha entrevista tuvo una duración aproximada de una hora y con anterioridad no se comunicó la finalidad de la misma ni que pudiera ser utilizada en un posterior proceso de despido colectivo. En el caso de las actoras la entrevista fue realizada por Dña. Bárbara, Gestora de Personas de la DT Alicante y Murcia, cuyos datos profesionales constan en la documental 29 aportada por la demandada, que se da aquí por reproducida en su integridad y en la que se especifica que la antigüedad como técnico de RRHH era de 25-9-12, y su función anterior era la de Subdirectora de Oficina, siendo su titulación académica la de Lda en ADE y la formación interna la de "Prevención riesgos Laborales. Jornadas de Gestión de Talento y proceso de identificación. Entrevista de desvinculación". La segunda fase consistió en la revisión de las valoraciones dadas por un equipo integrado por El Director de Zona de Alicante Sur, una Gestora de personas del Área de Recursos Directivo. (Resulta de la testifical practicada). 4º.-Sobre tramitación de Despido Colectivo. En fecha 9-1-2013 como se refirió se inició periodo de consultas del Expediente de Despido Colectivo de extinción de un máximo de 4.900 contratos de trabajo por causas económicas, entre la demandada BANKIA, SA y los representantes de los trabajadores, terminando las mismas el 8-2-2013 con acuerdo respecto a la extinción de los contratos de trabajo,...

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