SJP nº 1, 31 de Enero de 2017, de Santander

PonenteROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
Fecha de Resolución31 de Enero de 2017
ECLIES:JP:2017:2
Número de Recurso231/2015

En Santander a treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete.

Dª Rosa Mª Gutiérrez Fernández, Magistrada-Juez, en sustitución del Juzgado de lo Penal nº Uno de Santander, y su partido judicial, habiendo conocido los presentes autos de Juicio Oral número 231/15, seguidos por delito de prevaricación administrativa y tráfico de influencias contra Eulogio Bartolome, mayor de edad, nacido el NUM000 de 1970, natural de Bilbao, hijo de Nazario Eloy y Agustina Herminia, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM001, representado por el Procurador Sr. García Viñuela, y defendido por la Letrada Sra. Charterina Solaum; contra Julian Torcuato, mayor de edad, nacido NUM002 de 1958, natural de Castro Urdiales, hijo de Jose Raul y de Laura Virginia, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM003, representado por la Procuradora Sra. Oquiñena Bascones, y defendido por el Letrado Sr. Monteoliva Robles; contra Isidoro Paulino, mayor de edad, nacido el NUM004 de 1960, natural de Castro- Urdiales, hijo de Nazario Eloy y Agustina Herminia, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM005, representado por el Procurador Sr. Var del Cerro y defendido por el Letrado Sr. López Rendo Rodríguez; contra Inocencio Donato, mayor de edad, nacido el NUM006 de 1958, natural de Madrid, hijo de Santos Lazaro y Josefa Elsa, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM007, representado por el Procurador Sr. García Viñuela, y defendido por la Letrada Sra. Revenga Nieto; contra Dionisio Santiago, mayor de edad, nacido el NUM008 de 1943, natural de Castro-Urdiales, hijo de Anselmo Anton y Natividad Tarsila, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM009, representado por el Procurador Sr. García Viñuela, y defendido por la Letrada Sra. Revenga Nieto; contra Cipriano Tomas, mayor de edad, nacido el NUM010 de 1956, natural de Castro- Urdiales, hijo de Borja Bruno y Petra Aurora, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM011, representado por la Procuradora Sra. Álvarez Cancelo, y defendido por el Letrado Sr. Ortiz Riega; contra Angelica Valle, mayor de edad, nacido el NUM012 de 1944, natural de Villaverde (Madrid), hijo de Prudencio Norberto y Antonia Herminia, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM013, representada por la Procuradora Sra. Lucio de la Iglesia, y defendida por el Letrado Sr. Ortiz Riega; contra Landelino Donato, mayor de edad, nacido el NUM012 de 1936, natural de Burgos, hijo de Laureano Hernan y Ruth Miriam, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM014, representado por la Procuradora Sra. de La Lastra Olano, y defendido por el Letrado Sr. Diezma Molina, en sustitución la Letrada Sra. López Lago; y contra Camilo Teofilo, mayor de edad, nacido el NUM015 de 1944, natural de Castro- Urdiales, hijo de Sixto Alonso y Matilde Africa, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM016, representado por la Procuradora Sra. Cos Rodríguez, y defendido por el Letrado Sr. Orbe Oleaga; y contra Florian Damaso, mayor de edad, nacido el NUM017 de 1957, natural de Castro- Urdiales, hijo de Casiano Cesareo y Antonia Herminia, sin antecedentes penales, con DNI nº NUM018, representado por la Procuradora Sra. Montes Guerra, y defendido por el Letrado Sr. Fernández Martínez, todo ellos en libertad en este causa, en la que ha sido parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Siñeriz González.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Castro Urdiales, se incoaron Diligencias Previas nº 1.073/06, en las que con fecha 19 de septiembre de 2008, se dictó Auto en virtud del cual se transformaban las actuaciones y se acordaba su continuación por los tramites del Procedimiento Abreviado, al que correspondió el número 41/2008, en el que con fecha 22 de octubre de 2009 por el Ministerio Fiscal se presentó escrito de acusación en el que se consignaban las siguientes conclusiones provisionales: por el Ministerio Fiscal, se presentó escrito de acusación provisional, conteniendo las siguientes conclusiones:

Primera: Se dirige acusación contra Eulogio Bartolome, mayor de edad, con DNI NUM001, y sin antecedentes penales; Julian Torcuato, mayor de edad, con DNI NUM003, y sin antecedentes penales; Isidoro Paulino, mayor de edad, con DNI NUM005, y sin antecedentes penales; Inocencio Donato, mayor de edad, con DNI NUM007, y sin antecedentes penales; Dionisio Santiago, mayor de edad, con DNI NUM009, y sin antecedentes penales; Cipriano Tomas, mayor de edad, con DNI NUM011, y sin antecedentes penales; Angelica Valle, mayor de edad, con DNI NUM013, y sin antecedentes penales; Florian Damaso, mayor de edad, con DNI NUM018, y sin antecedentes penales; Landelino Donato, mayor de edad, con DNI NUM014, y sin antecedentes penales; y Camilo Teofilo, mayor de edad, con DNI NUM016, y sin antecedentes penales, por la comisión de los siguientes hechos:

  1. - En el mes de septiembre de 2.004, y ante la necesidad de efectuar obras de limpieza y acondicionamiento en el trazado del túnel del antiguo ferrocarril minero ubicado en el término municipal de Mioño, Partido Judicial de Castro Urdiales, Eulogio Bartolome como gerente de la empresa IZETA, Ingeniería, S.L., y prevaliéndose de su condición de hermano del Concejal de Industria del Ayuntamiento de Castro Urdiales, Isidoro Paulino, mantuvo contactos personales y directos con Julian Torcuato quien ostentaba el cargo de Concejal de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Castro Urdiales para que fuera adjudicada a la sociedad la ejecución de tales obras.

    Como consecuencia de estas negociaciones entre el Concejal de Obras y Eulogio Bartolome, el 2 de octubre de 2.004 el gerente de IZETA elaboró una oferta para la realización de trabajos de acondicionamiento del túnel y, días después, beneficiándose de la relación familiar que le unía con el Concejal de Industria, la entregó personalmente a Julian Torcuato junto y exclusivamente con un presupuesto desglosado de mediciones por importe de 58.765,14 euros.

    Julian Torcuato no dio traslado de la oferta entregada al Servicio de Contratación del Ayuntamiento para la incoación del oportuno expediente administrativo de contratación, eludiendo, de este modo, con pleno conocimiento y con ánimo de beneficiar al hermano del Concejal de Industria el procedimiento administrativo de contratación que, por razón de la cuantía, es el procedimiento negociado sin publicidad. Julian Torcuato tampoco sometió dicha oferta a revisión por parte de la Comisión Informativa de Obras y Servicios celebrada el día 6 de octubre de 2.004, y el 21 de octubre de 2.004 propuso fuera del orden del día a la Junta de Gobierno Local celebrada en el Ayuntamiento de Castro Urdiales la oferta presentada por IZETA para su adjudicación.

    Los miembros de la Junta de Gobierno Local de 21 de octubre de 2004 formada por el Alcalde, Inocencio Donato y los Concejales, Isidoro Paulino, Dionisio Santiago, Cipriano Tomas, Angelica Valle, y Florian Damaso, a propuesta del Concejal de Obras, con pleno conocimiento de la ausencia total de expediente administrativo de contratación y de que la oferta de IZETA era la única presentada, acuerdan de forma unánime aprobar la oferta y la adjudicación a dicha sociedad de los trabajos de acondicionamiento del Túnel de Mioño por importe de 58.765,14 euros, recogiéndose el acuerdo en Resolución de Alcaldía de fecha 5 de noviembre de 2.004.

    Isidoro Paulino, a sabiendas de que su hermano Eulogio Bartolome era el gerente de la empresa adjudicataria y con intención de beneficiarle, no se abstuvo de la votación emitiendo un voto a favor de la adjudicación.

    Landelino Donato en su condición de Secretario en la Junta de 21 de octubre 2.004 incumplió con la obligación legalmente atribuida y no advirtió expresamente a los miembros de la Junta que la oferta presentada por el Concejal de Obras estaba fuera del orden del día, ni de la ausencia total de expediente administrativo de contratación.

    La Junta de Gobierno acordó dar traslado al Servicio de Contratación para su adjudicación en legal forma. No obstante, no se dio tal traslado ni se formalizó por escrito el contrato administrativo entre el Ayuntamiento de Castro Urdiales e IZETA.

    El 15 de abril y 15 de junio de 2.005 IZETA presenta al Ayuntamiento de Castro Urdiales por los trabajos efectuados sendas facturas nº NUM019 y NUM020 por importe, respectivamente, de 41.517,20 euros y 17.247,94 euros. El 9 de diciembre de 2.005 el Interventor del Ayuntamiento D. Geronimo Ovidio emitió Reparo nº NUM021 de Disconformidad del Gasto de las facturas presentadas al cobro por IZETA ante la inobservancia del procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de la obra.

    El 12 de diciembre de 2.005 el Alcalde, Inocencio Donato, dictó el Decreto nº 905/05 en el que acuerda levantar el reparo de intervención y ordena se proceda al pago y reconocimiento de la obligación y pago a la empresa IZETA de las facturas presentadas, que fueron efectivamente abonadas a la sociedad ese mismo día.

    Las obras de limpieza y acondicionamiento del Túnel de Mioño se efectuaron sin proyecto previo entre los meses de octubre de 2.004 y mayo de 2.005 para cuya ejecución la entidad IZETA subcontrató a Norgas Servicios y Canalizaciones, S.L. El 30 de diciembre de 2.005 Norgas presentó a IZETA la factura nº NUM022 por importe de 51.177,34 euros.

    El beneficio industrial obtenido por la entidad IZETA por la ejecución de las obras es de 3.525,91 euros, correspondiente al 6% sobre la cantidad total abonada por el Ayuntamiento de 58.765,14 euros.

  2. - En noviembre de 2.004 la Ingeniero Municipal Dª. Nieves Zulima elaboró un Proyecto de Eliminación de Barreras Arquitectónicas en el Mercado Municipal de Castro Urdiales con un presupuesto de ejecución por importe de 55.901,84 euros.

    El 9 de diciembre 2.004 la Junta de Gobierno Local acuerda solicitar tres presupuestos para llevar a cabo el Proyecto de Eliminación de Barreras Arquitectónicas en el Mercado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR