STSJ Castilla y León 695/2016, 22 de Diciembre de 2016

PonenteMARIA JOSE RENEDO JUAREZ
ECLIES:TSJCL:2016:4607
Número de Recurso664/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución695/2016
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00695/2016

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 664/2016

Ponente Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 695/2016

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilma. Sra. Dª. Raquel Vicente Andrés

Magistrada

En la ciudad de Burgos, a veintidós de Diciembre de dos mil dieciséis.

En el recurso de Suplicación número 664/2016, interpuesto por la CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Soria, en autos número 353/2015, seguidos a instancia de D. Ramón, contra la recurrente y la empresa EUROPA AGROFORESTAL S.L. (EURAL SL), en reclamación sobre Derecho. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª María José Renedo Juárez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 30 de mayo de 2016, cuya parte dispositiva dice: Que debo estimar y como estimo la demanda presentada por DON Ramón contra la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (Consejería de Fomento y Medio Ambiente), y contra la empresa EUROPA AGROFORESTAL SL (EURAL SL), y con ello, debo declarar y declaro la existencia de cesión ilícita de los trabajadores, y a DON Ramón como personal indefinido de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (Consejería de Fomento y Medio Ambiente) con antigüedad del día 16 de agosto de 2007, con la categoría y nivel salarial correspondiente a la de Ingeniero Técnico Forestal (titulación media). Todo ello de conformidad a lo establecido en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Castilla y León. Y en su consecuencia, condenar y condeno a la parte demandada, la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (Consejería de Fomento y Medio Ambiente), la empresa EUROPA AGROFORESTAL SL (EURAL SL), a estar y pasar por las anteriores declaraciones.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.-DON Ramón, prestó sus servicios como Ingeniero Técnico Forestal, (titulación de grado medio) para la empresa EURAL SL, a través de la formalización de un contrato de trabajo a tiempo completo, por obra o servicio determinado, con efectos desde el 16 de agosto de 2007 hasta la fin de obra (folio 12). La relación laboral se regía conforme al Convenio Colectivo de Forestales. Percibiendo un salario de 1.607,17 euros mensuales, con el prorrateo de las pagas extraordinarias (folio 16 y documental aportada por la demanda EURAL SL). No consta ni se alega que ostente ni ha ostentado representación alguna sindical, ni de los trabajadores ni de la empresa. En la cláusula sexta del contrato se consignó que "El contrato de duración determinada se celebra para: la realización de la obra o servicio: Prevención-Extinción 2007" (folio 13). SEGUNDO.- En fecha 1 de febrero de 2008, las partes firman un Anexo complementario al contrato con el que se procede a modificar la obra siendo esta "Prevención-Extinción 2008". (Folio 15).

El día 1 de febrero de 2009, las partes firman un Anexo complementario al contrato con el que se procede a modificar la obra siendo esta "BIIF DM 10/07". (Folio 14). El día 1 de diciembre de 2010 las partes firman un Anexo complementario al contrato con el que se procede a modificar la obra siendo esta "TÉCNICO DE APOYO AL SIGMENA" (documental aportada por la demanda EURAL SL). TERCERO.- La Dirección General de Medio Natural - Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, la empresa EURAL SL, suscribieron un contrato en fecha 23 de julio de 2007 por previa adjudicación de 13 de julio de 2007. El objeto del mismo era "Investigación de causas de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BIIF-CYL) para el periodo 2007- 2009, por un importe de 1.485.491 €. (Documental aportada por la demanda EURAL SL). CUARTO.- DON Ramón desde casi el inicio de su relación laboral con EURAL SL, desde octubre de 2007 ha venido prestando sus servicios en las dependencias de la Junta de Castilla y León, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente, Sección de Protección de la Naturaleza, en la Delegación Territorial de Soria (testifical de Don Cayetano ). Tenía asignado un despacho oficial, el 410, compartido con otro técnico. En la puerta se colocó una placa en la que aparecía el escudo membrete oficial de la Junta de Castilla y León, Servicio Territorial de Medio Ambiente, nombre de los técnicos, entre ellos el del actor, y SIGMENA, Sistema de Información Geográfica del Medio Natural (folios 29 y 24, testifical). En el desarrollo de su actividad laboral, DON Ramón utilizaba los medios materiales de la Junta de Castilla y León. Se le dotó de autorización nº 23 para la conducción de vehículos oficiales de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, con vigencia desde el 27 de febrero de 2012 hasta el 27/10/2019. Los tramites que realizaban para el desarrollo de los trabajos que tenía encomendados, quedaban registrados con su DNI en aplicaciones propias e internas de la Junta, a las que accedía como un trabajador más, funcionario o laboral de la Junta (documental obrante en autos y testifical). Todo aquello que se refería a las relaciones y comunicaciones externas, se hacían desde y con los medios del Servicio público, contando el actor, incluso, con una dirección de correo electrónico con extensión corporativa y oficial de la Junta de Castilla y León: cabsorvi@jcyl.es, teniendo acceso a aplicaciones propias e internas como cualquier otro trabajador de la misma (documental obrante en autos y testifical). QUINTO.- Las funciones que ha venido desempeñando el actor desde que comenzó la relación laboral, han sido las propias de los Ingenieros Técnicos Forestales del Servicio Territorial de Medio ambiente (prueba testifical y documental aportada con la demanda y en el acto del Juicio): redactar informes a demanda para la Sección de Protección de la Naturaleza, asistencia a incendios en apoyo al Jefe de Extinción en el puesto de mando avanzado, coordinación e investigación de las causas de los incendios forestales de la provincia de Soria, colaboración como representante de la Administración con el equipo técnico de SEPRONA en labores de investigación de incendios, revisión de información correspondiente en la aplicación WEB de la Consejería en Seguimiento de Incendios Forestales (SINFO), tramitación de pagos de gastos de extinción, cálculo y reclamación de los gastos, supervisión del proyecto de detección de incendios con cámaras térmicas en la provincia de Soria, elaboración de informes y participación activa en tres proyectos de la Comisión Europea sobre incendios forestales, elaboración y edición de información cartográfica de Montes de Utilidad Pública, Espacios Naturales Protegidos, Vías Pecuarias, etc..; elaboración, impresión y copia de planos a demanda de los Agentes medioambientales, atención a consultas de particulares y empresas, en relación con el SGMENA (documental obrante en autos y testifical). Informes técnicos remitidos a Fiscalía y a los Juzgados de la Provincia, así como asistencia a Juicios sobre incendios en representación de la Junta (folios 31 a 38). Para la realización y desarrollo de su trabajo, DON Ramón no recibió orden, instrucción, directriz o plan de trabajo del personal de EURAL SL, sin que esta haya intervenido a nivel técnico, organizativo y administrativo en el trabajo del actor. De hecho la empresa ni cuenta ni ha contado con dependencias, ni coordinador o Jefe en la ciudad ni en la provincia de Soria (interrogatorio de Doña Sara ). La empresa EURAL SL únicamente que se ha limitado al dar de alta al trabajador en el Sistema correspondiente de Seguridad Social, su cotización y al abono del salario. Todo el trabajo se desarrollaba de acuerdo con las directrices del personal de la Junta de Castilla y León, bajo la dependencia de la Jefatura de Sección Territorial, Don Cayetano, así como de Doña Beatriz, Jefa de la Sección de Protección a la Naturaleza desde abril de 2013. Estando el actor plenamente integrado en el ejercicio de las funciones propias que se realizan en la Sección y de su plantilla (testifical), siguiendo el horario laboral de la Junta de Castilla y León.

En lo que respecta a vacaciones, descansos y ausencias, se organizaban de acuerdo con el personal de la propia Sección (prueba testifical). SEXTO.- En fecha 20 de julio de 2015, EURAL SL comunicó a DON Ramón su traslado al centro de la empresa en Valladolid, con efectos del día 20 de agosto de 2015, alegando causas organizativas, productivas y económicas (documental aportada por la demanda EURAL SL). Ello con opción de aceptación o extinción del contrato con indemnización. El actor contestó a dicha comunicación con fecha 10 de agosto de 2015, acogiéndose a su derecho de optar por la extinción laboral, en las condiciones señaladas. Desde entonces, el actor ha continuado prestando servicios similares que venía realizando en las dependencias de la Junta de Castilla y León, si bien, al parecer como autónomo. Si bien este hecho no ha quedado plenamente acreditado, simplemente lo indicó Doña Beatriz, en su declaración testifical, y documental aportada en el acto del Juicio, se acredita que los Jefes de las respectivas Secciones siguen contando con DON Ramón para realizar su trabajo (documentos de 10 a 18). Todo ello con los consiguientes inconvenientes de operatividad dentro de las diferentes secciones (prueba testifical de Doña...

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