SAP Valencia 642/2016, 10 de Octubre de 2016
Ponente | MARIA PILAR MUR MARQUES |
ECLI | ES:APV:2016:3426 |
Número de Recurso | 1435/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 642/2016 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
VALENCIA
Avenida EL SALER,14 2º
Tfno: 961929123
Fax: 961929423
Procedimiento : RolloApelaciónProcedimiento Abreviado1435/2016.
Juzgado de lo Penal número diecisiete de Valencia con sede en Paterna P. Abreviado 68/2014
Juzgado de Primera instancia e instrucción número seis de llíriaP.A. 60/13
Apelante: Abilio
Letrado: Dº Miguel Angel Barona Selles
Procuradora: Dª Regina Muñoz García
Apelado: Ministerio Fiscal.
SENTENCIA Nº 642/16.
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Iltmos Sres.:
Presidente
D. PEDRO CASTELLANO RAUSELL.
Magistrados:
Dª . MARIA JESÚS FARINÓS LACOMBA.
Dº MARIA PILAR MUR MARQUÉS
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En Valencia, a 10 de octubre del 2016.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos Sres. anotados al margen, ha visto el presente Recurso de Apelación en ambos efectos, contra la Sentencia dictada en fecha 18 de mayo del 2016, por el Juzgado de lo Penal número diecisiete de Valencia con sede en Paterna, en Procedimiento Abreviado número 68/2014, procedente del Juzgado de primera instancia e instrucción número seis de llíria, por la que se condena al acusado Abilio, como autor responsable de un Delito de Abandono de Familia. Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante la Procuradora Dª Regina Muñoz García, en nombre y representación de Abilio y oponiéndose a la apelación el Ministerio Fiscal., siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA PILAR MUR MARQUÉS, quien expresa el parecer del Tribunal.
La Sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes:
"El acusado, Abilio, ejecutoriamente condenado por Sentencia firme de fecha 17-12-2008 del Juzgado de lo Penal 9 de Valencia por delito de abandono de familia, viene obligado en virtud de Sentencia de fecha 28-9-2005 del Juzgado de Primera Instancia 8 de Valencia en el procedimiento de guarda y custodia 1301/2005, a abonar mensualmente a Marta la suma de 300 euros a favor de su hijo, así como la mitad de los gastos extraordinarios. El acusado no ha abonado suma alguna desde octubre de 2008 a la actualidad y la perjudicada reclama".
El Fallo de la Sentencia apelada dice:
"CONDENO a Abilio como autor de un delito de ABANDONO DE FAMILIA, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de SEIS MESES DE PRISION e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, condenándole asimismo al pago de las costas procesales. Asimismo se le condena a que abone a Marta la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS EUROS y la mitad de gastos extraordinarios desde octubre de 2008 a mayo de 2016, a determinar en ejecución de Sentencia, con los correspondientes intereses legales, condenándole asimismo al pago de las costas procesales".
Notificada dicha Sentencia a las partes, Dª Regina Muñoz García, en nombre y representación de Abilio, se interpuso contra la misma Recurso de Apelación ante el órgano judicial que la dicto, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.
Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de lo Penal dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de cinco días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados.
En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTAN los Hechos declarados Probados en la Sentencia apelada, que han quedado anteriormente transcritos.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho y los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.
El motivo principal para impugnar la sentencia, es la vulneración por aplicación indebida del art 227.1 del código penal, por inaplicación del art 25.2 de la CE, fin reeducador o resocializador de la pena y la evitación de agravamiento de la situación de la víctima no se obtiene con prisión del penado que ha de satisfacer pensión de alimentos sin poder trabajar ex art 112 del código penal . Vulneración del principio de proporcionalidad en la imposición de la pena ex art 741 de la LECrim .
Solicita se acuerde imponer la pena de multa de seis meses a razón de tres euros diarios a su defendido.
En la sentencia que hoy se recurre, se condena a Abilio, como autor de un delito de abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de seis meses de prisión, y a pagar una indemnización a Marta de 27.600 euros, y a la mitad de gastos extraordinarios desde octubre del 2008, a mayo del 2016.
Más sintéticamente, la STS de fecha 14.9.2011, expone que ". Esta Sala de casación tiene establecido que la individualización realizada por el Tribunal de instancia es revisable en vía casacional no sólo en cuanto se refiere a la determinación de los grados a los que alude el ...
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