SAP Pontevedra 195/2016, 13 de Octubre de 2016
Ponente | MARIA DEL ROSARIO CIMADEVILA CEA |
ECLI | ES:APPO:2016:2054 |
Número de Recurso | 710/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 195/2016 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00195/2016
- ROSALIA DE CASTRO NÚM. 5
Teléfono: 986.80.51.19
213100
N.I.G.: 36039 41 2 2013 0004116
APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000710 /2016-M
Delito/falta: INCENDIOS FORESTALES
Denunciante/querellante: Zaida
Procurador/a: D/Dª MANUELA SENDON JURJO
Abogado/a: D/Dª DOMINGO ESTARQUE MORENO
Contra: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
RP Nº 81/16-M
SENTENCIA Nº 195
==============================================================
ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente
D. JOSE JUAN BARREIRO PRADO
Magistrados/as
DÑA. ROSARIO CIMADEVILA CEA
D. CELSO JOAQUÍN MONTENEGRO VIEITEZ (suplente)
==============================================================
En PONTEVEDRA, a trece de octubre de dos mil dieciséis.
VISTO, por esta Sección 002 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador MANUELA SENDON JURJO, en representación de Zaida, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA 51/2016 del JDO. DE LO PENAL nº 3; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. ROSARIO CIMADEVILA CEA.
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha siete de junio de dos mil dieciséis, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo CONDENAR Y CONDENO a Zaida, en quien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autora penalmente responsable de un DELITO CONSUMADO DE INCENDIO del artículo 354.1 del Código Penal a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho pasivo durante el tiempo de la condena y multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago; y como autora de un DELITO DE INCENDIO EN GRADO DE TENTATIVA de los artículos 354.1 en relación con el 16 y 61 del Código Penal, a la pena de tres meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y tres meses multa con una cuota diaria de seis euros con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Con imposición de costas.
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:
"Probado y así se declara que la acusada, Zaida, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, con intención de perjudicar el medio natural, prendió fuego en el monte situado en el lugar de DIRECCION000, en la parroquia de DIRECCION001, perteneciente al término municipal de Salceda de Caselas, el 29 de agosto de 2013, ardiendo un total de cuatro metros cuadrados de monte bajo (helechos, tojo y gramíneas).
El día 30 de agosto de 2013, trató de prender fuego sirviéndose de un mechero en otra zona del mismo monte, sin que conste que el fuego llegara a producirse por cuanto fue sorprendida en ese momento por varios vecinos.
Los terrenos afectados en ambos casos pertenecen a la misma finca propiedad de Agustín, quien ha renunciado a cualquier reclamación que pudiera corresponderle por los daños ocasionados en su finca.
La acusada ingresó en prisión provisional por estos hechos el 11 de septiembre de 2013 y fue puesta en libertad el 30 de julio de 2014."
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, con señalamiento para deliberación, pasaron al Magistrado ponente para resolver.
HECHOS PROBADOS
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