SAP Murcia 386/2016, 13 de Octubre de 2016
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2016:2286 |
Número de Recurso | 729/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 386/2016 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00386/2016
N10250
1- UPAD CIVIL, PASEO DE GARAY N? 3, 30003 MURCIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Tfno.: 968229180 Fax: 968229184
JMG
N.I.G. 30030 42 1 2013 0011245
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000729 /2015
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 13 de MURCIA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001051 /2013
Recurrente: Ruth
Procurador: OLGA NAVAS CARRILLO
Abogado: PEDRO ALFONSO GARCIA-VALCARCEL ESCRIBANO
Recurrido: MAPFRE CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., SEGURCAIXA ADESLAS S.A., QUIRON HOSPITALES SL
Procurador: MARIA AFRICA DURANTE LEON, FRANCISCO ALEDO MARTINEZ, MARIA BOTIA SANCHEZ
Abogado: DAMIAN MORA TEJADA,, ANGEL RAMON SALAS MARTIN
Rollo 729/2015
J. Murcia nº Trece
Ordinario 1051/2013
S E N T E N C I A nº 386/2016
Ilmos Sres.
D. Fernando López del Amo González
Presidente
D. Andrés Pacheco Guevara
Don Cayetano Blasco Ramón Magistrados
En Murcia, a trece de octubre de dos mil dieciséis.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 1051/2013, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Trece, entre las partes: como actora Ruth, Catalina y Mario, representada por el Procurador Sr/
-
Navas Carrillo y defendida por el Letrado Sr/a. García-Valcárcel Escribano, y como demandadas Hospital San Carlos Murcia S.L, representada por el Procurador Sr/a. Botía Sánchez y defendida por el Letrado Sr/a. Salas Martín, Mapfre Seguros de Empresas, Cía. de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Sr/a. Durante León y defendida por el Letrado Sr/a. Mora Tejada, Segurcaixa Adeslas, S.A. Cía de Seguros, representada por el Procurador Sra. Aledo Martínez y asistida de la Letrada, Sra. Maourtua Sánchez, y contra Zurich Insurance PLC, Sucursal en España, en situación procesal de rebeldía.
En esta alzada actúa como apelante Ruth, Catalina y Mario, personándose por el Procurador Sr/a. Navas Carrillo, y como apeladas Hospital San Carlos Murcia S.L., personándose por el Procurador Sr/a. Botía Sánchez, Mapfre Seguros de Empresas, Cía. de Seguros y Reaseguros representada por el Procurador Sr. Durante León, y Segurcaixa Adeslas, S.A. Cía de Seguros, representada por el Procurador Sr. Aledo Martínez. Actuando finalmente como Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 8 de septiembre de 2015 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO : Que desestimando la demanda formulada por la representación procesal de Dña. Ruth, Dña. Catalina y d. Mario contra USP Hospital San Carlos Murcia S.L. (actualmente Quiron Hospitales SLU); Mapfre Seguros de Empresas, Cía. de Seguros y Reaseguros; Zurich Insurance PLC, Sucursal en España y Segurcaixa Adeslas, S.A. Cía de Seguros y Reaseguros debo absolver y absuelvo a las demandadas de la pretensión aducida frente a ellas". Se impone a la parte demandante las costas procesales."
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Ruth
, Catalina y Mario basándolo en síntesis en que se estimara la demanda o no se le impusieran las costas del Juicio.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a las otras partes, presentando Hospital San Carlos Murcia S.L., Mapfre Seguros de Empresas, Cía. de Seguros y Reaseguros, Segurcaixa Adeslas, S.A. Cía de Seguros escritos pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 729/2015 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la vista finalmente el 5 de octubre de 2016.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Ruth, Catalina y Mario, viuda e hijos del difunto Miguel Ángel, formularon demanda
contra Hospital San Carlos Murcia S.L. (hoy Quirón Hospitales, S.L.U., en lo sucesivo QUIRÓN), contra Mapfre Seguros de Empresas, Cía. de Seguros y Reaseguros (en lo sucesivo MAPFRE), contra Segurcaixa Adeslas, S.A. Cía de Seguros (en lo sucesivo ADESLAS), y contra ZURICH Insurance PLC sucursal en España, ésta última en situación procesal de rebeldía.
La sentencia desestimó las pretensiones de los actores, apreciando la excepción de prescripción de la acción respecto del Hospital, y rechazó la responsabilidad de las demandadas por la asistencia sanitaria prestada al Sr. Miguel Ángel quien finalmente falleció por neumonía nosocomial.
Mario Catalina Ruth Miguel Ángel ha interpuesto recurso de apelación solicitando su revocación a fin de que se condene a la parte contraria a indemnizarle en la cantidad reclamada por el fallecimiento en el Hospital San Carlos de su esposo y padre Miguel Ángel, de 75 años de edad, tras su ingreso en el Hospital San Carlos el 4 de noviembre de 2010 y su posterior fallecimiento el 4 de diciembre del mismo año, solicitando de modo subsidiario que no se le impongan las costas de la instancia.
Las demandadas personadas se han opuesto al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia.
Sostiene Mario Catalina Ruth Miguel Ángel en el recurso que no debe apreciarse la excepción de prescripción apreciada en la sentencia respecto de Hospital San Carlos Murcia S.L. al insistir en la existencia de una responsabilidad contractual del artículo 1101 del Código Civil y no una responsabilidad extracontractual del artículo 1902 del Código Civil .
El instituto de la prescripción debe ser interpretado de forma restrictiva dado que impide entrar a conocer sobre el fondo de la cuestión planteada.
En el presente caso debe acogerse el recurso y rechazarse la prescripción desde el momento en que puede ser considerada como contractual la relación entre el Sr. Miguel Ángel y el Hospital al que ingresó aquejado de dolor abdominal.
En la fundamentación jurídica de la demanda se hace referencia tanto al artículo 1101 como al artículo 1902 y 1903 del Código Civil, amén de la...
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STS 446/2019, 18 de Julio de 2019
...la procuradora D.ª Olga Navas Carrillo, bajo la dirección letrada de D. Pedro Alfonso García-Valcárcel Escribano, contra la sentencia núm. 386/2016, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia en el recurso de apelación núm. 729/2015 , dimanante de las actuaciones de......