STSJ Andalucía 2397/2016, 22 de Septiembre de 2016

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2397/2016
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), sala social
Fecha22 Septiembre 2016

RECURSO: 2550/15 - FS SENTENCIA Nº 2397/16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ presidenta de la sala

ILTMA. SRA. DÑA. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

ILTMO. SR. D. JESUS SANCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a 22 DE SEPTIEMBRE DE 2016

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM.2397/16

En el recurso de suplicación interpuesto por FUNDACION DE FORMACION Y EMPLEO ANDALUCIA contra la sentencia del Juzgado de lo Social número UNO de los de ALGECIRAS en sus autos Nº 126/14; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Eva María contra FUNDACION DE FORMACION Y EMPLEO ANDALUCIA sobre EXT. CONTRATO se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 30/09/14 por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- La actora, Dña. Eva María, mayor de edad, con D. N.I. nº NUM000, ha venido prestado sus servicios retribuidos por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada, dedicada a la actividad de enseñanza, en el centro de trabajo situado en la localidad de Algeciras, mediante las siguientes modalidades contractuales:

-Desde el 9-10-1996, contrato de duración determinada a tiempo parcial al amparo del RD 2317/93, de 29 de diciembre, con la categoría profesional de auxiliar administrativa, para apoyo administrativo para la ejecución de los cursos pertenecientes al plan interadministrativo del Área Pública de CCOO de Andalucía para el año 1996. El objeto de dicho contrato fue ampliado para la ejecución de otros planes y programas, así como la jornada, que pasó a ser a tiempo completo, y el salario base. Dicho contrato finalizó el día 31-12-1999, al comunicarse a la actora el día 15-12-1999 que el citado día 31-12-2999 terminaba su relación laboral con la empresa en función del contrato firmado el día 9-10-1996, recibiendo la actora la cantidad de 264.564 pesetas correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato. -Desde el 18-1-2000, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, con la categoría profesional de auxiliar administrativa, para ejercer las funciones propias de su categoría profesional durante la ejecución de los cursos pertenecientes al plan de empleo de Cádiz, nº expdte. NUM003 (PLEMCA) en la provincia de Algeciras. El objeto de dicho contrato fue ampliado a otros cursos hasta 31 de julio de 2003, recibiendo la actora la cantidad de 2.272,63 euros correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato.

-Desde el 1-9-2003, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, con la categoría profesional de auxiliar administrativa, para ejercer las funciones propias de su categoría profesional durante la realización de los cursos que se ejecuten en Algeciras del programa de formación profesional ocupacional, perteneciente a los convenios de colaboración entre comisiones obreras de Andalucía y la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la junta de Andalucía para el año 2003, con número de expediente NUM004 y los cursos pertenecientes a los planes de formación continua concedidos a las federaciones de servicios y administraciones públicas de comisiones Obreras (ACI y PIAP) y a la federación de enseñanza de comisiones obreras (Enseñanza) en el marco del III Acuerdo de formación continua para las administraciones públicas de 11 de enero de 2001. A partir del 1-2-2004 se cambió la categoría profesional de la actora pasando a ser administrativa. El contrato tuvo duración hasta 31 de agosto de 2004, recibiendo la actora la cantidad de 1.702,74 euros correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato.

-Desde el 1 de septiembre de 2004, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, teniendo la actora a la categoría profesional de administrativa, para la realización del servicio consistente en ejercer las funciones propias de su categoría profesional para el apoyo administrativo durante la realización de los cursos que se ejecuten en la comarca del Campo de Gibraltar del programa de formación profesional ocupacional, perteneciente a los convenios de colaboración entre comisiones obreras de Andalucía y el Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía para el año 2004, con número de expediente NUM005 . El contrato tuvo duración hasta 31 de agosto de 2005, recibiendo la actora la cantidad de 1.662,87 euros correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato.

-Desde el 1 de septiembre de 2005, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, teniendo la actora la categoría profesional de administrativa, para la realización del servicio consistente en ejercer las funciones propias de su categoría profesional para el apoyo administrativo durante la realización de los cursos que se ejecuten en la comarca del Campo de Gibraltar del programa de formación profesional ocupacional, perteneciente a los convenios de colaboración entre comisiones obreras de Andalucía y el Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía para el año 2004, con número de expediente NUM001 y NUM002 . El contrato tuvo duración hasta 31 de agosto de 2006, recibiendo la actora la cantidad de 1.745,22 euros correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato.

-Desde el 11 de septiembre de 2006, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, teniendo la actor a la categoría profesional de administrativa, para la realización del servicio consistente en ejercer las funciones propias de su categoría profesional para el apoyo administrativo durante la realización de los cursos que se ejecuten en la comarca del Campo de Gibraltar hasta el 30 de noviembre de 2006 que forman parte de la resolución del Servicio Andaluz de Empleo por la que se conceden las subvenciones convocadas por la Orden de la Consejería de Empleo, de 29 de octubre de 2004, pertenecientes a la suscripción de la Addenda al contrato programa suscrito en 29 de diciembre de 2004, para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos programa, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la formación de trabajadores [...]. El contrato tuvo duración hasta 30 de agosto de 2007, recibiendo la actora la cantidad de 1.772,31 euros correspondientes a la liquidación por salarios, partes proporcionales y demás conceptos derivados del contrato.

-Desde el 24 de septiembre de 2007, contrato de obra o servicio determinado a tiempo completo, teniendo la actor a la categoría profesional de administrativa, para la realización del servicio consistente en plan intersectorial autonómico 2006 y plan sectorial servicios socioculturales y a la comunidad 2006, plan sectorial de medio ambiente 2006, plan sectorial de madera, mueble y corcho 2006. A partir del 4-10-2007, el contrato se transformó a fijo discontinuo para realizar trabajos periódicos de carácter discontinuos consistentes en apoyo administrativo en la puesta en marcha, seguimiento y ejecución de los cursos de los programas temporales de formación pertenecientes a las políticas activas de empleo a ejecutar por FOREM-A en el centro gestor del campo de Gibraltar dentro de la actividad cíclica intermitente de programas temporales de políticas de empleo cuya duración será de 10 meses aproximadamente, iniciándose la relación laboral indefinida con fecha 4-10-2007 en el centro de trabajo ubicado en Plaza Millán Picaso, 10 12, de Algeciras, Cádiz. La cláusula segunda del contrato establece que la duración estimada de la actividad será de 10 meses. Los trabajadores serán llamados en el orden y forma que se determine en el Convenio Colectivo de FOREM ANDALUCIA. La jornada estimada dentro del periodo de actividad será de 7 horas diarias, y su distribución horaria será de jornada partida y jornada intensiva conforme al calendario laboral -Documental nº 8 aportada por la demandada y documental nº 1 y 2 y doc. nº 4 aportados por la parte actora-.

El salario diario de la actora a efectos indemnizatorios es de 57,51 euros -Hecho no controvertido-.

Resulta de aplicación a la relación laboral el Convenio colectivo para el personal de FOREMANDALUCIA, en cuyo artículo 5, en relación con los trabajadores fijos discontinuos, establece que "A cada trabajador que ingrese en el censo se le asignará el número correspondiente por orden de inclusión. Anualmente se elaborará una lista, en la que se numerará a los trabajadores integrantes del censo concreto de que se trate, por orden conforme al mayor número de días de contratación acumulado hasta el 31 de diciembre del año anterior. En la misma se especificará el tiempo de cómputo de trabajo que le corresponde a cada uno, incluyéndose los 24 meses computados para su ingreso en el censo así como el tiempo efectivamente trabajado desde su inclusión y el de los períodos de inasistencia a llamamientos justificados que den derecho a dicho cómputo. Igualmente se hará constar en el censo la fecha de ingreso en el mismo.

Antes del día 20 de cada mes de enero se harán públicos todos los censos existentes, computándose los datos existentes hasta el 31 de diciembre del año anterior, para ello antes del día 10 de enero se entregará un borrador a los representantes de personal del ámbito de cada censo, quienes alegaran las modificaciones que estimen oportunas en...

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