SAP Las Palmas 290/2016, 1 de Septiembre de 2016

PonenteJUAN JOSE COBO PLANA
ECLIES:APGC:2016:1390
Número de Recurso210/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIÓN
Número de Resolución290/2016
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

? SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

C/ Málaga nº2 (Torre 3 - Planta 4ª)

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 42 99 00

Fax.: 928 42 97 74

Email: s04audprov.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000210/2012

NIG: 3502631120030004253

Resolución:Sentencia 000290/2016

Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000516/2003-00

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Telde

Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:

Demandante BLOO LAND S.L. Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Ceferino Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Mateo Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Gabriel Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Leon Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Leonor Gonzalo Otero Ruiz

Demandante Desiderio

Demandante Montserrat

Demandante Tamara

Demandante Florentino

Demandante Alejandra

Demandante Jeronimo

Demandante Coro

Demandante Modesto

Demandante Guadalupe Demandante Nieves

Demandante Tomasa

Demandante Sixto

Demandante Luis Manuel

Demandante Ana María

Demandado CORPORACION PROTUR S.L. Luis Alberto Barber Marrero Maria Elisa Perez Beltran

Demandado Cosme Jose Garcia Cuyas Joaquin Garcia Caballero

Demandado FCC DE CONSTRUCCION S.A. Antonio Francisco Del Toro Sanchez Oscar Muñoz Correa

Demandado Franco Franco

Apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Gonzalo Otero Ruiz Carmelo Vicente Del Pino Viera Perez

SENTENCIA

SALA

Iltmos. /as Sres. /as

Presidente

  1. JUAN JOSÉ COBO PLANA (Ponente)

    Magistrados

  2. JESÚS ÁNGEL SUÁREZ RAMOS

    Dª. MARGARITA HIDALGO BILBAO

    En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de septiembre de 2016.

    VISTAS por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo nº 210/2012 en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de enero de 2010 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde en los siguientes autos de JUICIO ORDINARIO de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 516/2003, a instancia del procurador D Carmelo Viera Pérez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios " DIRECCION000 " ( Telde), asistida del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, contra la entidad CORPORACION PROTUR, S.L., representada por el procurador D Miguel Viera Santana y asistida del letrado D Luis A. Barber Marrero ; contra FCC CONSTRUCCION, S.A., representada por el procurador Dª Lourdes Ojeda Sosa y asistido del letrado D Antonio del Toro Sánchez ; contra D Cosme representado por el procurador Dª Sandra Cárdenes Hormiga y asistido del letrado D Néstor García -Cuyás García; y contra D Franco, representado por el procurador D Francisco Beltrán Sierra y asistido del letrado D. Jaime Santana Castellano . Proceso al que se acumularon los siguientes autos:

    .-del Juicio ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 729/2003 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde a instancia de D Mateo y Dª Ana María representados por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 774/2003 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde a instancia de D Florentino y Dª Alejandra representados por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 864/2003 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde a instancia de D Jeronimo y Dª Guadalupe representados por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada. .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 11/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Telde a instancia de Dª Tomasa y D Sixto representados por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 97/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde a instancia de Dª Tamara represenatda por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 106/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde a instancia de Dº Desiderio y Dª Montserrat represenatdos por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 114/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde a instancia de Gabriel represenatdo por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .-del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 118/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde a instancia de Dª Coro representada por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistida del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .-del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 125/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Telde a instancia de D Ceferino representado por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistido del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .- del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 133/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº5 de Telde a instancia de Dª Luis Manuel representado por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistida del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .-del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 231/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Telde a instancia de la entidad BLOO LAND, S.L. represenatdo por el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .-del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 576/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde a instancia de D Leon y Dª Leonor con el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    .-del Juicio Ordinario de responsabilidad por vicios en la construcción tramitados con el número 436/2005 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde a instancia de D Modesto y Dª Nieves con el procurador D Carmelo Viera Pérez y asistidos del letrado D Gonzalo Otero Ruiz, y contra las entidades CORPORACION PROTUR, S.L., FCC CONSTRUCCION, S.A., contra D Cosme y contra D Franco, con la misma representación procesal y asistencia letrada antes indicada.

    Es ponente el Sr. Magistrado D. JUAN JOSÉ COBO PLANA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece:

  1. - ESTIMO PARCIALMENTE la demanda de Juicio Ordinario nº 516/2003 interpuesta por el procurador D Carmelo Viera Pérez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de DIRECCION000 ( Telde, y en su virtud CONDENO:

    a.- individualmente, a la entidad CORPORACIÓN PROTUR, S.A. . a abonar a la parte demandante la suma de 82.963,66 €.

    b.- solidariamente, a la entidad CORPORACIÓN PROTUR, S.A., a la entidad FCC CONSTRUCCIÓN, S.A., D Cosme y D Franco a abonar al demandante la suma de 3.282,62 €.

    Con ABSOLUCIÓN a los demandados del resto de pretensiones ejercitadas, y sin expresa condena en costas.

  2. - ESTIMO PARCIALMENTE la demanda de Juicio Ordinario nº 729/2003...

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