SAP Alicante 262/2016, 29 de Junio de 2016

PonenteJESUS GOMEZ-ANGULO RODRIGUEZ
ECLIES:APA:2016:1478
Número de Recurso40/2015
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución262/2016
Fecha de Resolución29 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.16.98.72 / 73 / 74 / 00

Fax..: 965.16.98.76;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03140-41-1-2006-0002982

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 000040/2015- TRAMITE - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000056/2010

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE VILLENA

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. Javier Martínez Marfil

Magistrados/as

D. José María Merlos Fernández

D. Jesús Gómez Angulo Rodríguez

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SENTENCIA Nº 000262/2016

En Alicante a veintinueve de junio de dos mil dieciséis.

VISTA en juicio oral y público, los pasados días 11, 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de abril de 2016, por la Audiencia Provincial, Sección Décima, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº Nº 1 de Villena, por delito ASOCIACIÓN ILÍCITA, CONTRA LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EXTRANJEROS y PROSTITUCIÓN DE MAYORES, contra los acusados:

Emilio con DNI NUM000, hijo de Feliciano y de Esmeralda, nacido el NUM001 /1968, natural de Ciudadela, y vecino de Palma de Mallorca, representado por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendido por el Letrado Juan Ramón Ayala Cabero Jorge con D.N.I. NUM002, hijo de Feliciano y de Esmeralda, nacido el NUM003 /1979, natural y vecino de Ciudadela, representado por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendido por el Letrado Francisco Javier Barcina Magro

Palmira con NIE NUM004, nacida el NUM005 /1975, natural de Paraguay, y vecina de Calzada de Calatrava, representado por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendida por el Letrado Juan Ramón Ayala Cabero

Teofilo con DNI NUM006, hijo de Jose Daniel y de María Luisa nacido el NUM007 /1955, natural de Ciudadela, y vecino de Santa Margalida representado por el Procurador Irene Ortega Ruiz y defendido por el Letrado Emilio José Zegri Boada

Juan Miguel con DNI NUM008, hijo de Feliciano y de Esmeralda, nacido el NUM009 /1975, natural de Mahón y vecino de Ciudadela, representado por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendido por el Letrado Francisco Javier Barcina Magro.

Carmen con NIE NUM010, nacida el NUM011 /1985 natural de Paraguay y vecina de Algaida, representada por el Procurador Mercedes Almodóvar González y defendido por el Letrado Juan Carlos Galván Barceló.

Florinda con DNI NUM012, hija de Clemente y de Luz, nacida el NUM013 /1955, natural y vecina de Santa Colomba de las Arrimadas, representada por el Procurador María Antonia Esteve Bernabéu y defendida por el Letrado Sergio Romero Mataix

Serafina con NIE NUM014, hijo de Isaac y de María Rosario, nacida el NUM015 /1961, natural de Cardiff y vecina de San Antonio de Portmany, representada por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendida por el Letrado Ascensión Joaniquet Larrañaga.

Nicolas con DNI NUM016, hijo de Jose Daniel y de Cristina, nacido el NUM017 /1963, natural y vecino de Ibiza, representado por el Procurador Fuensanta Martínez López y defendido por el Letrado Ascensión Joaniquet Larrañaga.

Jose Pedro con DNI NUM018, hijo de Luis Antonio y de Jacinta, nacido el NUM019 /1941, natural de Tariego de Cerrato y vecino de El Provencio, representado por el Procurador Miguel Cortés Ferrándiz y defendido por el Letrado José Miguel Martínez Saus

Arcadio con DNI NUM020, hijo de Casimiro y de Sonsoles, nacido el NUM021 /1947, natural de Tres Juncos y vecino de Alconchel de la Estrella, representado por el Procurador Miguel Cortés Ferrándiz y defendido por el Letrado Eva Martínez Jareño

En cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D. Guillermo Balbín. Actuando como Ponente, Magistrado D. Jesús Gómez Angulo Rodríguez de esta Sección Décima, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 448/2006 el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villena instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 000056/2010, en el que fueron acusados Carmen, Florinda, Arcadio, Palmira, Jose Pedro, Jorge, Teofilo, Emilio, Nicolas, Serafina y Juan Miguel por el delito ASOCIACIÓN ILÍCITA, CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES y PROSTITUCIÓN DE MAYORES, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 000040/2015 de esta Sección Décima.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito:

A: Un delito de asociación ilícita de los artículos 515.1º y 517.1º

B: Un delito de asociación ilícita de los artículos 515.1 º y 517.2º del Código Penal

C: Un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros del artículo 318 bis. 1º, último inciso, del Código Penal (redacción dada por la LO 1/2015, de 30 de marzo al resultar más beneficiosa)

D: Cinco delitos relativos a la prostitución de mayores de edad del artículo 187.1 de la actual redacción del Código Penal (redacción art.188.1 CP a fecha de las conclusiones provisionales)

Y considerando autores, respectivamente, A: Del delito de asociación ilícita de los artículos 515.1 º y 517.1º CP es criminalmente responsable Emilio en concepto de autor de los artículos 27 y 28 del CP .

B: Del delito de asociación ilícita de los artículos 515.1 º y 517.2º CP son criminalmente responsables Jorge, Palmira, Teofilo, Juan Miguel, Carmen, Jose Pedro, Arcadio, Florinda, Serafina, Nicolas, en concepto de autores de los artículos 27 y 28 del CP .

C: Del delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros del artículo 318 bis. 1, último inciso, CP es criminalmente responsable el acusado Emilio en concepto de autor de los artículos 27 y 28 CP .

D: De los cinco delitos relativos a la prostitución de mayores de edad del artículo 187.1 CP es criminalmente responsable el acusado Emilio, en concepto de autor de los artículos 27 y 28 CP .

E: De uno de los delitos relativo a la prostitución de mayores de edad (en relación con Clemencia ) del artículo 187.1 CP son criminalmente responsables: Jorge, Palmira, Teofilo, en concepto de autores de los artículos 27 y 28 CP .

F: De uno de los delitos relativo a la prostitución de mayores de edad (en relación con Araceli ) del artículo 187.1 CP son criminalmente responsables: Juan Miguel, Carmen, en concepto de autores de los artículos 27 y 28 CP .

G: De uno de los delitos relativo a la prostitución de mayores de edad (en relación con Araceli ) del artículo 187.1 CP son criminalmente responsables: Jose Pedro, Arcadio, en concepto de autores de los artículos 27 y 28 CP .

H: De tres de los delitos relativos a la prostitución de mayores de edad (en relación con Julia, Natividad, Santiaga ) del artículo 187.1 CP son criminalmente responsables: Serafina, Nicolas, en concepto de autores de los artículos 27 y 28 CP .

Entendiendo que concurre la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y extraordinarias, como muy cualificada de art.21.6ª CP interesó la imposición de las siguientes penas:

-A Emilio :

· por el delito de asociación ilícita: 11 meses y 15 días de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 5 meses y 15 días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP ; e inhabilitación especial para el empleo o cargo público por tiempo de 2 años y 11 meses.

· por el delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros: 3 meses y 15 días de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

· por cada uno de los cinco delitos relativos a la prostitución de mayores de edad: 11 meses y 15 días de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 5 meses y 15 días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 CP .

-A Jorge :

· por el delito de asociación ilícita: 3 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3 meses de multa, con una cuota diaria de 4 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP .

· por el delito relativo a la prostitución de mayores de edad: 6 de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3 meses de multa, con una cuota diaria de 4 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo

53 CP .

-A Palmira :

· por el delito de asociación ilícita: 3 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP .

· por el delito relativo a la prostitución de mayores de edad: 6 de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo

53 CP .

-A Teofilo :

· por el delito de asociación ilícita: 3 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que en caso de impago dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP .

· por el delito relativo a la prostitución de mayores de edad: 6...

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