ATS, 14 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:TS:2016:8178A
Número de Recurso420/2016
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de Septiembre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de don Avelino , presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 11 de diciembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Albacete, Sección 1.ª, en el rollo de apelación 417/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario 553/2014 del Juzgado de Primera n.º 2 de Albacete.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

La procuradora doña Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de don Avelino , presentó escrito ante esta Sala personándose como parte recurrente. El procurador don Miguel Montero Reitter, en nombre y representación de don Eliseo , presentó escrito ante esta Sala, personándose como parte recurrida. Interviene el Ministerio Fiscal.

CUARTO

La parte recurrente, efectuó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de don Avelino al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en los artículos 474 y 485 LEC , entréguense copias de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de don Avelino , contra la sentencia dictada, con fecha 11 de diciembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Albacete, Sección 1.ª, en el rollo de apelación 417/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario 553/2014 del Juzgado de Primera n.º 2 de Albacete.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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