SAP Barcelona 153/2016, 17 de Mayo de 2016

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2016:5160
Número de Recurso119/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución153/2016
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 119/2011-D

JUICIO ORDINARIO NÚM. 723/2008

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 3 DE GAVÀ

S E N T E N C I A nº 153/2016

Ilmos. Sres.

DON JORDI SEGUÍ PUNTAS

DOÑA INMACULADA ZAPATA CAMACHO

DON JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a 17 de mayo de 2016.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 723/2008 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Gavà, a instancia de SERVICIO DE REPARACIÓN DE VEHICULOS INDUSTRIALES, S.A. representado por el procurador D. RAMON FEIXO BERGADA y defendido por abogado, contra SERVICIO DE APARCAMIENTO VILADECANS, S.L. representado por la procuradora Dª NURIA PLAZA RUIZ y defendido por el abogado D. Carlos Antoli Méndez. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada el día siete de octubre de dos mil diez por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"

F A L L O

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Juncal Gil Carnicero, en nombre y representación de Servicio de Reparación de Vehículos Industriales, contra Servicio de Aparcamientos Viladecans, S.L., representada por el Procurador Doña Miriam Barahona Fernández, y debo absolver y absuelvo a esta última de todas las peticiones de la demanda, y todo ello haciendo expresa condena en costas a la parte actora. ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Servicio de Reparación de Vehiculos Industriales, S.A. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial fueron suspendidas las actuaciones por prejudicialidad penal y una vez resuelta la misma se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 10 de mayo de 2016. TERCERO .- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al pronunciamiento íntegramente desestimatorio de la demanda origen de las presentes actuaciones contenido en la sentencia recaída en primera instancia se alza Servicios de Reparación de Vehículos Industriales SA insistiendo en la procedencia de la reclamación dineraria allí formulada contra Servicios de Aparcamientos Viladecans SL por razón del impago de las facturas giradas en enero del año 2008 unidas a los folios 10 vuelto a 13.

Es indiscutido que las facturas en cuestión fueron inicialmente libradas frente a AG Oil Trans Service SL, destinataria de los servicios (alquiler de maquinaria) prestados por la actora en virtud de los contratos que, en nombre de aquella empresa, firmó Jose Carlos (v. documentos obrantes a los folios 53 a 60).

Dirige no obstante Servicios de Reparación de Vehículos Industriales SA su pretensión frente a Servicios de Aparcamientos Viladecans SL argumentando que, tras resultar impagadas, las rehizo y procedió a librarlas a nombre de la demandada siguiendo al efecto las instrucciones, remitidas vía fax, por el propio Sr. Jose Carlos .

SEGUNDO

La inviabilidad del recurso es manifiesta. Dando por reproducidos los razonamientos contenidos en la sentencia apelada, cabe hacer hincapié en lo siguiente:

  1. / Ni siquiera obra en los autos el fax supuestamente remitido por el Sr. Jose Carlos pues, no habiéndose adjuntado a la demanda -a pesar de que, ya al oponerse al juicio monitorio previo, negó la...

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