STSJ Galicia 5787/2015, 23 de Octubre de 2015

PonenteBEATRIZ RAMA INSUA
ECLIES:TSJGAL:2015:8208
Número de Recurso3073/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5787/2015
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 27028 44 4 2014 0002747

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003073 /2015 MCR

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000898 /2014

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña CONCELLO DE BARREIROS (LUGO)

ABOGADO/A: VALENTIN LAGO GONZALEZ

PROCURADOR: MARIA LUISA PANDO CARACENA

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Balbino

ABOGADO/A: MARIA DOLORES GOYANES FERREIRA

PROCURADOR: RAFAEL FRANCISCO PEREZ LIZARRITURRI

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA AMOR

ILMA. SRA. D. BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veintitres de Octubre de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, el T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0003073 /2015, formalizado por el/la letrado D/Dª VALENTIN LADO GONZALEZ, en nombre y representación de CONCELLO DE BARREIROS (LUGO), contra la sentencia número 121 /15 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de LUGO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000898 /2014, seguidos a instancia de Balbino frente a CONCELLO DE BARREIROS (LUGO), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª BEATRIZ RAMA INSUA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Balbino presentó demanda contra CONCELLO DE BARREIROS (LUGO), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 121 /15, de fecha treinta de Marzo de dos mil quince

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

Primero

D. Balbino, mayor de edad, ha prestado servicios como trabajador por cuenta y orden del CONCELLO DE BARREIROS, con las siguientes circunstancias laborales:

- Antigüedad: desde el 1 de julio de 2010.

- Categoría profesional: técnico de emergencias sanitarias.

- Salario (a efectos de despido):

o Cuantía: 1.500 euros, incluyendo prorrateadas las pagas extraordinarias.

o Tiempo de pago: mensual.

- Lugar de trabajo: Barreiros (Lugo).

- Modalidad y duración del contrato: indefinido-discontinuo.

- Jornada: a tiempo completo.

- Funciones: abastecimiento de material (vestimenta, material de salvamento, sanitario y de comunicaciones) a socorristas; atención de sala de internet, puesto de turismo y biblio-playa; cambio de material estropeado o caducado (banderas, control de estado de la mar); atención de las sillas de baño para minusválidos; cobertura de eventos; cobertura de emergencias en las playas con ambulancia; atención de puesto central de primeros auxilios; endulzamiento de material de salvamento; catalogación de material; limpieza y desinfección de material sanitario; y limpieza y mantenimiento de aparatos de comunicaciones.

Segundo

D. Balbino suscribió con el CONCELLO DE BARREIROS los siguientes contratos de trabajo temporales para obra o servicio determinado):

- Contrato de 1 de julio de 2010, cuyo objeto consistía en la realización de salvamento y socorrismo en las playas del Ayuntamiento de Barreiros" y que se extendió entre el propio 1 de julio de 2010 y el 31 de agosto de 2010.

El referida contrato fue subvencionado por la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR de la XUNTA DE GALICIA, mediante resolución de 7 de junio de 2010, pudiendo estar cofinanciada la indicada subvención per el FONDO SOCIAL EUROPEO en un 80% de acuerdo con el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo PO 2007 ES 05U 001.

Contrato de 1 de julio de 2011, cuyo objeto consistía en "el salvamento y socorrismo en las playas del Concello" y que se extendió entre el propio 1 de agosto de 2011 y el 31 de agosto de 2011.

El referido contrato fue subvencionado por la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR de la XUNTA DE GALICIA, mediante resolución de 9 de mayo de 2011, pudiendo estar cofinanciada la indicada subvención por el FONDO SOCIAL EUROPEO en un 80% de acuerdo con el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo PO 2007 ES 05U 001.

Contrato de 1 de julio de 2012, cuyo objeto consistía en el "acompañamento e vixilancia dos bañistas que acoden as praias" y que se extendió entre el propio 1 de julio de 2012 y el 31 de agosto de 2012.

El referido contrato fue subvencionado por la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR de la XUNTA DE GALICIA, mediante resolución de 26 de junio de 2012, pudiendo estar cofinanciada la indicada subvención por el FONDO SOCIAL EUROPEO en un 80% de acuerdo con el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo PO 2007 ES 05U PO 001.

Contrato de 1 de julio de 2013, cuyo objeto consistía en "las labores de salvamento y socorrismo en las playas" y que se extendió desde el propio 1 de julio de 2013 al 31 de agosto de 2013.

El referido contrato fue subvencionado por la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR de la XUNTA DE GALICIA, mediante resolución de 19 de junio de 2013, pudiendo estar cofinanciada la indicada subvención por el FONDO SOCIAL EUROPEO en un 80% de acuerdo con el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo PO 2007 ES 05U PO 001.

Tercero

El 18 de junio de 2014, el CONCELLO DE BARREIROS presentó ante el SERVIZO PÚBLICO DE EMPREGO DE GALICIA dependiente de la CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR de la XUNTA DE GALICIA la oferta de empleo que consta al folio 64 de las actuaciones, cuyo contenido se da aquí por reproducido, remitiendo dicho SERVIZO PÚBLICO DE EMPREGO DE GALICIA la relación de candidatos que se ajustaban al perfil profesional solicitado de los folios 65 a 65-vto. de las actuaciones, entre los cuales se incluía a D. Balbino .

Cuarto

El 24 de junio de 2014, Dª Amalia, auxiliar administrativo en el departamento de recursos humanos del CONCELLO DE BARREIROS remitió un correo electrónico relacionando a las personas cuyas tallas debían ser determinadas a fin de confeccionar la ropa de trabajo incluyendo a D. Balbino, además de a las restantes personas identificadas al folio 56-vto. de las actuaciones.

Quinto

El 27 de junio de 2014 tuvo lugar una reunión en el CONCELLO DE BARREIROS, presidida por D. Luis Miguel, responsable de protección civil y salvamento del indicado municipio a fin de explicar a los candidatos a los puestos ofertados las condiciones laborales ofertadas. Durante la indicada reunión D. Balbino y Da. Marisa manifestaron sus discrepancias en torno a los horarios y el salario.

Sexto

El 30 de junio de 2014 se celebró una nueva reunión en el CONCELLO DE BARREIROS, presidida por D. Luis Miguel, a la que no fue convocado D. Balbino, que, no obstante, acudió, indicándosele por D. Luis Miguel que no estaba invitado a participar en la misma al no haber aceptado las condiciones laborales ofrecidas, habiendo sido sustituido.

Séptimo

El 30 de junio de 2014, el Alcalde-Presidente del CONCELLO DE BARREIROS resolvió:

"l°.- Determinar la realización de la obra o servicio de interés general y de competencia de la entidad local denominado "Salvamento y socorrismo en las playas del Ayuntamiento",, prestando aquel de forma directa, mediante la contratación de 20 trabajadores desde el 01/07/2014, hasta el 31/08/2014, ambos inclusive.

  1. - Disponer que los trabajadores que se va a contratar para la ejecución del referido servicio y teniendo en cuenta la no aplicabilidad de convenio colectivo de empresa o de sector percibirán las retribuciones mensuales que en concepto y cuantía se detallan a continuación:

    RETRIBUCIONES:

    S.M.I. 650,30 EUROS

    P: P: pagas extras............"................ 139, 41 EUROS

    Plus de peligrosidad............. 126,60 EUROS

    Complemento salarial extra...... 236,46 EUROS

    TOTAL RETRIBUCIONES BRUTAS: 1.153,77 EUROS/mes

  2. - Determinar que para llevar a cabo la obra o servicio referido se contratara a la persona siguiente: DON Elias, DON Leonardo, DOÑA Cecilia, DON Severiano, DON Juan Ramón, DON Basilio, DON Evelio, DON Justiniano, DON Roque, DOÑA Melisa, DON Juan Manuel, DON Baltasar, DON Everardo, DON Laureano, DON Santos, DON Juan Luis, DON Benedicto, DON Fausto, DON Luis Y DON Teodosio ".

Octavo

La XEFATURA TERRITORIAL DE LA CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR DE LUGO de la XUNTA DE GALICIA autorizó, el 18 de junio de 2014, la contratación anticipada de veinte socorristas del grupo de cotización 8 durante dos meses, para la realización de la obra o servicio determinado denominada "SALVAMENTO E SOCORRISMO ÑAS PRAIAS DO CONCELLO" solicitada por el CONCELLO DE BARREIROS.

Noveno

El 12 de agosto de 2014, la XEFATURA TERRITORIAL DE LA CONSELLERÍA DE TRABALLO E BENESTAR DE LUGO de la XUNTA DE GALICIA resolvió otorgar una subvención al CONCELLO DE BARREIROS por importe de 60.000 euros, para la contratación, a jornada completa y durante dos meses, de veinte socorristas del grupo de cotización 8, para la realización de la obra o servicio determinado denominada "SALVAMENTO E SOCORRISMO ÑAS PRAIAS DO CONCELLO".

Décimo

D. Balbino no ostentaba ni ostentó en el año inmediatamente anterior al 30 de junio de 2014 la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegado sindical.

Decimoprimero

El 18 de julio de 2014, D. Balbino presentó reclamación administrativa previa a la vía jurisdiccional, ampliada el 11 de agosto de 2014, ante el CONCELLO DE BARREIROS.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Estimo la pretensión principal de la demanda presentada por D. Balbino, defendido por la letrada Sra. Goyanes Ferreira, y, como demandado, el CONCELLO DE BARREIROS,...

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