SAP Huelva 140/2015, 27 de Abril de 2015
Jurisdicción | España |
Fecha | 27 Abril 2015 |
Número de resolución | 140/2015 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
Sección Segunda
RECURSO: APELACIÓN CIVIL 263/2015
Proc. Origen: Juicio Verbal 126/14
Juzgado Origen: Primera Instancia núm. 2 de Moguer (Huelva)
SENTENCIA 140
Iltmo. Sr.:
D. FRANCISCO BELLIDO SORIA
En Huelva, a veintisiete de abril de dos mil quince.-La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida como Tribunal unipersonal por el Magistrado indicado ha visto en grado de apelación el juicio verbal 126/14, del Juzgado de Primera Instancia nº. 2 de Moguer, en virtud de recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, interpuesto por Dª. Susana, representada por la Procuradora Sra. Gómez González, asistida por el Letrado sr. Abril López; siendo parte apelada Santander Consumer EFC SA, representada por el Procurador sr. Izquierdo Beltrán y defendida por el Letrado sr. Rubio García.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada, en cuanto que no se opongan
a los que siguen.
Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha treinta de octubre de de dos mil catorce se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador D. Fernando Izquierdo Beltrán, en nombre y representación de SANTANDER CONSUMER FINANCE ESTABLECIMENTO FINANCIERO DE CRÉDITO S.A., debo condenar y condeno a
D. Daniel Y Dª Susana, al pago de la cantidad de 3.485,95 euros, así como costas procesales causadas.
Contra la anterior se interpuso recurso de apelación por la demandada, que fue admitido en ambos efectos, y, dado traslado a la parte contraria, fueron remitidos los autos a esta Audiencia, para su resolución.
Se interpone recurso de apelación contra la sentencia estimatoria de la demanda alegando
vulneración de los arts. 24 y 119 de la CE, considerando contraria Derecho la declaración de rebeldía de la recurrente al no haber comparecido en forma, entendiendo que no fue juzgada en igualdad de condiciones respecto ala parte actora dando lugar a una clara indefensión y ello por cuanto que la que ahora apela acudió al juicio por desconocimiento y carencia de medios económicos suficientes, sin representación por Procurador y sin estar defendida por Letrado, prueba de ello es que para el recurso se le ha concedido el beneficio de litigar gratuitamente. Solicitan nulidad de actuaciones y retroacción del procedimiento hasta el traslado de la demanda para que puedan comparecer en forma con profesionales del turno de oficio. Frente a ello la apelada opone que la recurrente, solicitando la desestimación del recurso por ser la sentencia conforme a Derecho.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Vista del juicio verbal
... ... Tras la entrada en vigor de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de ... SAP Huelva, Sección 2ª, de 27 de abril de 2015 [j 3]. c) Si no ... ...