SAP Málaga 107/2015, 9 de Marzo de 2015
Ponente | JUANA CRIADO GAMEZ |
ECLI | ES:APMA:2015:573 |
Número de Recurso | 51/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 107/2015 |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
SECCION TERCERA
ROLLO DE APELACION NUMERO: 51/15
JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 3 de Málaga
PROCEDIMIENTO JUICIO RAPIDO NUMERO 480/14
EN NOMBRE DEL REY
SENTENCIA NUMERO 107/2015
Iltmos./a. Sres/a
Presidente:
Don Andrés Rodero González
Magistrado/a:
Don Luis Miguel Moreno Jiménez
Doña Juana Criado Gámez
En la ciudad de Málaga, a nueve de marzo de dos mil quince.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento de juicio rápido seguidos en el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, sobre delito contra la seguridad vial contra Melchor, ya circunstanciada en los autos de que dimana el presente rollo de apelación número 51/15 seguido entre partes, como apelante Melchor, representado por Procurador Sra Miguel Sánchez y asistido de letrado Sr. Gómez de la Rosa, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la Iltma Sra Dª Juana Criado Gámez.
En el mencionado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia cuyos hechos probados dicen: " Que el acusado, sobre las 22:30 horas del día 1 de noviembre de 2014, conducía el vehículo matrícula ....-DQP, asegurado en la compañía. AXA por el Cerrado de Calderón de Málaga, habiendo ingerido bebidas alcohólicas que le impedían hacerlo con normalidad. Realizada la prueba de alcoholemia dio como resultado 0,57 y 0,54 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Debido a la alcoholemia colisionó el vehículo estacionado matrícula ....-NNQ, propiedad de Rodrigo al que ocasionó daños, habiéndose reservado las acciones civiles. " A dichos hechos probados correspondió el siguiente fallo: " Que debo CONDENAR y CONDENO A Melchor como autor de un delito ya definido de CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de un año y un día y al pago de las costas procesales."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia por la defensa del acusado, escrito de que se dio traslado al ministerio fiscal.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, por diligencia de ordenación se acordó la formación del correspondiente rollo para la sustanciación y decisión del recurso formulado.
HECHOS PROBADOS
No se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia pronunciada en el Juzgado de lo Penal y en su lugar se declara probado lo siguientes: En hora no concretada, pero poco antes de las 22 horas del día uno de noviembre de dos mil catorce, Melchor, mayor de edad, sin antecedentes penales computables, conducía el vehículo ....-DQP por el Paseo de Cerrado de Calderón, cuando se dispuso a aparcarlo junto al vehículo ya estacionado en la vía citada ....-NNQ, propiedad de Rodrigo, y mientras aquel realizaba la maniobra de aparcamiento, colisionó contra este último turismo al que provocó daños leves, que no se reclaman en este proceso penal. Posteriormente se personó en el lugar de los hechos una patrulla de policía local, cuyos integrantes requirieron a Melchor para que se sometiera a la prueba de detección de alcohol, a la que voluntariamente se sometió el mismo en las dependencias policiales, dando como resultado la de 0,57 y 0,54 miligramos de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba