STSJ Andalucía 1754/2015, 23 de Junio de 2015

PonenteANA MARIA ORELLANA CANO
ECLIES:TSJAND:2015:5582
Número de Recurso1452/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1754/2015
Fecha de Resolución23 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1452/14 MG Sent. Núm. 1754/15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMOS. SRES.:

DOÑA ANA MARÍA ORELLANA CANO

DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ

DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a 23 de junio de 2015.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 1754/2015

En el recurso de suplicación interpuesto por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Secretaría General para la Administración Pública, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de los de Algeciras, autos nº 525/11; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª ANA MARÍA ORELLANA CANO, Magistrada Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Purificacion contra la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Secretaría General para la Administración Pública, sobre contrato de trabajo, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 3/1/14 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- 1.- Dª Purificacion, con D.N.I. NUM000, presta sus servicios como personal laboral fijo, en el Centro de Atención Socio Educativo (C.A.S.E.) Entremares en la ciudad de Algeciras, con antigüedad reconocida de 11.04.1986, con categoría laboral de Auxiliar Cuidadora; Nivel Salarial del grupo IV, con aplicación del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía.

  1. - La trabajadora viene desempeñando funciones propias de la categoría profesional de Técnico Especialista en Educación Infantil, del Grupo III, de Convenio ya citado, en donde se definen la funciones que realiza un Técnico Especialista en Educación Infantil.

Segundo

1.- La actora presentó en fecha 28 de marzo de 2008 solicitud de participación en el proceso de promoción del personal laboral para cubrir plazas del Grupo III, solicitando la categoría de Técnico superior en educación infantil (folio 451 y ss., damos por reproducidos). Alegaba estar en posesión de los títulos Diplomada en Profesorado de EGB (especialidad lengua española e idiomas modernos) del 15 de diciembre de 1980 y título de técnico especialista en Educación Infantil por la UNED de 31 de enero del 2000 (folios 179 y 180), además de un elevado número de cursos de formación y perfeccionamiento relativos a la Educación Infantil.

  1. - La directora del Centro de Atención Socio Educativo (C.A.S.E.) Entremares en la ciudad de Algeciras, donde la trabajadora viene desempeñando siempre la prestación de sus servicios, certifica que Dª Purificacion realiza ininterrumpidamente las funciones de Técnico superior en educación infantil.

Tercero

En el BOJA de 12 de marzo de 2008 apareció publicada la Orden de 26 de febrero de 2008 por el que se convocaba proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a distintas categorías profesionales de personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción (Folios 276 y ss).

En la base segunda de la convocatoria al núm. 1 sobre los requisitos para participar en la convocatoria en la letra c) se exigía: "Poseer los requisitos exigidos por el artículo 13 del vigente Convenio Colectivo, los exigidos por la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio de la Junta de Andalucía en razón de la categoría y Grupo profesional a que se aspira promocionar y las titulaciones propias de la categoría profesional a la que se promociona, en su caso, de conformidad con el Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 5 de abril de 2005 por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional (BOJA núm. 110, de 8 de junio de 2005), teniendo en cuenta el apartado 1 de la Cláusula Quinta de dicho Acuerdo, la cual es de aplicación a la presente convocatoria, conforme el Acuerdo de la Comisión de 28 de noviembre de 2007", (folio 276).

Entre las plazas convocadas según el Anexo I aparecía en el...

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