STSJ País Vasco , 9 de Diciembre de 2010

PonenteMANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR
ECLIES:TSJPV:2010:5178
Número de Recurso2248/2010
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2248/10N.I.G. 48.04.4-10/003685 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a nueve de diciembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, D. JUAN CARLOS ITURRI GÁRATE y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Eduardo contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 9 de los de Bilbao de fecha veinticinco de Junio de dos mil diez, dictada en proceso sobre DSP, y entablado por Eduardo frente a GALLETAS ARTIACH S.L.U., PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA BELLA EASO S.A. y PANRICO S.L.U. .

Es Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./ña. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- El actor Don Eduardo, con DNI NUM000, ha venido prestando sus servicios por cuenta y a las órdenes de la empresa codemandada GALLETAS ARTIACH, S.L.U. con categoría profesional reconocida en nómina de Jefe de Ventas, antigüedad reconocida desde el 9/03/1993, percibiendo un salario/ día de 202,74 euros.

La retribución del actor se compone de salario base por importe de 66.192 euros, así como incentivos con un importe anual máximo pactado de 9.170 euros, habiendo percibido el actor de Abril a Marzo de 2010 la suma de 4.713 euros por este concepto. Finalmente, la empresa ponía a disposición del actor un vehículo cuya cuota de arrendamiento financiero mensual era de 552,36 euros.

SEGUNDO

El trabajador prestaba sus servicios en el área geográfica de País Vasco, Cantabria, La Rioja y Navarra.

TERCERO

El 30/06/08 PANRICO S.L.U. adquirió el negocio de galletas ARTIACH al grupo KRAFT, constituyéndose mediante escritura pública otorgada el 25/07/08 la mercantil GALLETAS ARTIACH, S.L.U. cuyo socio único es PANRICO, S.L.U.

A 31/12/09, y previa su adquisición, IBERIAN FOODS, S.A.R.L. consta como única titular de la totalidad de las acciones de PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA BELLA EASO, S.A. (en adelante LBE) IBERIAN FOODS, S.A.R.L. es, a su vez, propietaria del capital social de PANRICO, S.L.U.

CUARTO

El actor figuró de alta en IBERIAN FOODS, S.A.R.L. durante el periodo 1/07/08 a 31/10/08, siendo dado de alta en GALLETAS ARTIACH, S.L.U. el 1/11/08.

QUINTO

Don Eduardo no figura como elector en el censo electoral del centro de trabajo de GALLETAS ARTIACH, S.A. en Orozco.

SEXTO

La empresa remitió al actor carta de extinción fechada el 5/03/2010 que se da por expresa e íntegramente reproducida al obrar en autos si bien, a los efectos del interés actual, debe destacarse el siguiente contenido parcial:

"Mediante la presente le comunicamos la decisión de esta empresa de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, al amparo de lo previsto en el artículo 52.c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores .

Esta decisión tiene su justificación en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo al haber quedado éste sin contenido efectivo por causas organizativas y productivas. En concreto, la amortización de su puesto viene motivada por las circunstancias que se exponen a continuación.

  1. Antecedentes relevantes en relación con la fusión o integración de las redes comerciales de ARTIACH, LA BELLA EASO y PANRICO

Previamente al análisis de las causas justificativas de la amortización que se le comunica mediante la presente, conviene hacer referencia a la vinculación de las sociedades PANRICO, S.L.U. (en adelante, PANRICO), LA BELLA EASO S.A.U. (en adelante LBE) y GALLETAS ARTIACH S.L.U. (en adelante ARTIACH) y que han conllevado la integración de las mismas en una única organización empresarial.

En este sentido, la vinculación de dichas sociedades, dedicadas a la fabricación y comercialización de pan, bollería y galletas, es fruto de una serie de operaciones societarias y estratégicas llevadas a cabo con el objetivo de afrontar el mercado, desde un punto de vista comercial, de una forma homogénea y única.

Concretamente, las operaciones llevadas a cabo, desde la organización de PANRICO, han sido las siguientes:

. ARTIACH Y PANRICO.- En fecha 30 de junio de 2008, PANRICO, S.L.U. adquirió el negocio de galletas Artiach al grupo KRAFT, adquisición que incluyó su división comercial y las marcas más emblemáticas de la Empresa. Posteriormente, en julio de 2008, PANRICO constituyó GALLETAS ARTIACH S.L.U., de la que es propietaria en la actualidad en un 100%, aportando la rama de negocio de ARTIACH.

. LBE y PANRICO.- En fecha 30 de septiembre de 2009, la totalidad del capital social de PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA BELLA EASO, S.A., con todos sus activos, incluyendo los comerciales, fue adquirida por IBERIAN FOODS, SARL, sociedad que, a través de distintas entidades, es la propietaria del capital social de PANRICO, S.L.U.

Por tanto, a través de las recientes operaciones societarias descritas, los negocios LBE, ARTIACH y PANRICO se han integrado en la misma organización empresarial.

Como parte de un proceso de integración progresivo de los tres negocios, se han venido suscribiendo distintos acuerdos de colaboración entre las sociedades, de forma que en la actualidad PANRICO presta servicios de dirección financiera, compras o administración a LBE y ARTIACH. Dichos acuerdos incluyen, asimismo, servicios comunes en el ámbito comercial, como paso previo a la integración comercial definitiva.

Este progresivo proceso de fusión de las tres redes comerciales ha culminado en la actualidad, mediante la fusión e integración absoluta y total en una única estructura que comercializará de forma centralizada los distintos productos de LBE, ARTIACH y PANRICO, todo ello con el objetivo último de eliminar las duplicidades comerciales actuales y abordar el mercado de una forma más eficiente y que sirva para mejorar la posición competitiva de los productos de las distintas marcas.

En este sentido, la integración definitiva no se ha producido previamente ya que hasta finales del año pasado no se ha integrado LBE en la organización PANRICO y en diciembre de 2008 se estaba negociando la posible integración de CUETARA, como parte de la división de galletas, en la organización empresaial (finalmente adquirida por NUTREXPA, a principios de 2009). Una vez integrada LBE en la organización, se ha decidido por la organización empresarial la referida fusión de redes comerciales.

(...) c) Motivos de la amortización del puesto de trabajo: la fusión o integración de redes comerciales como medida necesaria para superar las dificultades del mercado y la pérdida de posición competitiva.

c.1 Descripción de las redes comerciales de las sociedades

En la actualidad, la comercialización de productos de ARTIACH, LBE y PANRICO se lleva a cabo con estructuras comerciales independientes que, de forma duplicada en cada una de ellas, se dividen entre:

- Clientes nacionales y regionales:

. Responsables comerciales nacionales o Key Account Managers, dedicados principalmente a gestionar cuentas nacionales.

. Responsables comerciales regionales o Key Account Regional -KAR-, puesto ocupado por Ud. y cuya responsabilidad se centra en cuentas regionales. Existe un determinado número de KAR en cada organización, en función de las distitnas zonas geográficas que tienen asignadas.

- Redes de distribución y comercialización para el resto de clientes, mediante Promotores y Gestores de Venta.

A este respecto, dado el puesto que Ud. ocupa, únicamente se hará referencia al puesto de KAR y cómo les afecta al proceso de integración comercial.

El número de KAR y zonas geográficas en la que se divide el territorio en cada organización son los siguientes:

................KARS......ZONAS/GEOGRÁFICAS

PANRICO 6 8

LA BELLA EASO 5 5

ARTIACH 16 13

Si bien las funciones del puesto de KAR en cada organización coinciden en las tareas estrictamente comerciales y de visitas a clientes, surgen diferencias en las de LBE y ARTIACH, ya que algunas de las funciones que se realizan en la actualidad no se refieren a tareas exclusivamente comerciales:

PANRICO:

- Funciones comerciales y visitas a clientes

LBE:

- Funciones comerciales y visitas a clientes

- Gestión de disribuidores

- Gestión de Puntos de Venta

ARTIACH:

- Funciones comerciales y visitas a clientes

- (3 para España)

- Gestión de vendedores

Conviene tener en cuenta que la gran mayoría de los clientes que son gestionados comercialmente por los KAR en cada organización coinciden. Esta coincidencia de clientes se refleja en el siguiente cuadro:

CUADRO DE COINCIDENCIAS DE CLIENTES DE LAS TRES

- Nº clientes gestionados por KARS de LBE-PANRICO-ARTIACH: 66

- % del total de clientes de:

LBE 49,3%

PANRICO 85,7%

ARTIACH 27,6%

- Volumen de facturación: LBE 7.346.529

PANRICO 67.865.987

ARTIACH 24.058.935

- % volumen facturación clientes regionales:

LBE 98,8%

PANRICO 81,2%

ARTIACH 81,7%

CUADRO DE COINCIDENCIAS DE CLIENTES DE LBE-PANRICO

- Nº clientes gestionados por KARS de LBE-PANRICO: 68

- % del total de clientes de:

LBE 50,7%

PANRICO 88,3%

- Volumen de facturación:

LBE 7.345.413

PANRICO 67.994.415

- % volumen facturación clientes regionales:

LBE 98,8%

PANRICO 81,3%

CUADRO DE COINCIDENCIAS DE CLIENTES DE LBE-ARTIACH

- Nº clientes gestionados por KARS de LBE-ARTIACH: 69

- % del total de clientes de:

LBE 89,6%

ARTIACH 28,9%

- Volumen de facturación:

LBE 7.385.371

ARTIACH 24.612.548

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