SJS nº 4 271/2015, 18 de Mayo de 2015, de Oviedo

PonenteMARIA TERESA MAGDALENA ANDA
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2015
ECLIES:JSO:2015:41
Número de Recurso328/2015

JDO. DE LO SOCIAL N. 4

OVIEDO- ASTURIAS

AUTOS: DEMANDA 328/2015

SENTENCIA Nº: 00271/2015

ASUNTO: LAUDO

SENTENCIA

En Oviedo, a 18 de mayo de 2015

Vistos por doña María Teresa Magdalena Anda, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social n° 4, los presentes autos n° 328/2015 sobre IMPUGNACIÓN DE LAUDO ARBITRAL seguidos a instancia, de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, que comparece representado por Don José Luis Santos Hevia, frente a COMISIONES OBRERAS DE ASTURIAS, que no comparece pese a estar legalmente citada, frente a UGT, que no Comparece pese a estar legalmente citado, frente a CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS Y SINDICAL-(CSFI), que comparece representada por la letrado doña María Ángeles García Suárez, frente a USIPA, que comparece representada por el Letrado don Domingo Guzmán Herrera Fernández, frente a CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDA, que no comparece pese a estar legalmente citada, frente a SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, que no, comparece pese a estar legalmente citado, y frente al GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, que comparece representado por el Letrado don Pablo Rodríguez Porrón. Habiendo sido citado el Ministerio Fiscal, que compareció a la vista.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 30 de abril de 2015, la ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA presentó demanda sobre impugnación de laudo electoral, contra COMISIONES OBRERAS DE ASTURIAS, frente a UGT, frente a CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS Y SINDICAL-(CSFI), frente a USIPA, frente a CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDA, frente a SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA y frente al GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, solicitando la citación del Ministerio' Fiscal, en la que, tras la relación de hechos y fundamentos de derecho, suplicaba que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del laudo impugnado y por tanto declarar la exclusión de los Secretarios Judiciales de la Provincia de Asturias, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración. Por reparto correspondió a este Juzgado que la admitió a trámite por Decreto de fecha 4. de mayo de 2015, y tras la tramitación pertinente, quedó señalado juicio para el 12 de mayo de 2015.

SEGUNDO.- Se celebró el juicio el citado día, ratificándose la entidad actora en su escrito de demanda y oponiéndose la representación de las entidades demandadas que comparecieron a juicio, en la forma que se recoge en el acta correspondiente., Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta, insistiendo las partes en sus pretensiones, quedando los autos vistos para sentencia.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO.- Con fecha 15 de enero de 2015, por los Sindicatos STAJ y CSIF se promovieron elecciones sindicales en la ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, siendo la Unidad electoral la Administración de Justicia de Asturias, a medio de preaviso con número 34105, siendo el tipo de elección Total, en el que consta que el número de funcionarios afectados por el preaviso es de 1300, e indicándose como fecha de inicio del proceso electoral el 23 de febrero de 2015.

SEGUNDO.- En fecha 23 de febrero de 2015 se constituyó la Mesa Electoral, aprobándose el correspondiente calendario, fijando como fecha de exposición y reclamación al censo desde el día 24 de febrero de 2015 al 23 de marzo de 2015.

TERCERO.- En el censo electoral se incluyó a los integrantes del cuerpo de Secretarios Judiciales destinados en Asturias.

CUARTO.- El 20 de marzo de 2015 la ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DÉ LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA presenta ante la mesa electoral reclamación contra el censo solicitando la exclusión de los Secretarios Judiciales.

Mediante resolución de la Mesa de fecha 24 de marzo de. 2015 notificada a la reclamante el día 7 de abril de 2015 "se acuerda rechazar la reclamación de la ASOCIACIÓN DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA por entender qué su inclusión es conforme a derecho en concordancia con el RD 1/2015".

QUINTO.- El 9 de abril de 2015 se interpone por la ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA reclamación electoral con la que se inicia el presente procedimiento arbitral y en la que solicita que se dicte Laudo Arbitral por el que se declare que los Secretarios Judiciales destinados en Asturias deben ser excluidos del proceso electoral a las Juntas de Personal de la Administración de Justicia en dicha Provincia, con la retracción del proceso electoral al momento de publicación del censo y, asimismo, declare nulos todos los actos del proceso electoral que no tengan en cuenta la anterior consideración, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, con todo lo demás pertinente en derecho. El 17 de abril de 2015 se celebró comparecencia, habiendo sido citados a la misma, -además del sindicato promoverte, el sindicato CCOO, UGT, CSIF, USIPA, STAJ, CSI y si Principado de Asturias. El 22 de abril de 2015 fue dictado laudo arbitral, en expediente arbitral 55/2015 y preaviso 34105, en el que se desestima la impugnación presentada por la ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA respecto de las elecciones en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, correspondiente al preaviso número 34105.

SEXTO.- El 29 de abril de 2015 fue presentada demanda en el Decanato de Oviedo, que tuvo entrada en el Juzgado de lo Social n° 4 el 30 de abril de 2015.

SÉPTIMO.- D. Evaristo , Jefe del Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia dependiente de la Dirección General de Justicia e Interior del Principado de Asturias certifica que: "...Que los Secretarios Judiciales con destino en los órganos judiciales y servicios de la Administración de Justicia del Principado de Asturias no dependen ni orgánica ni funcionalmente de la Administración del Principado de Asturias percibiendo las retribuciones que les son propias del Ministerio de Justicia y por tanto no con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias...".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La ASOCIACIÓN SINDICAL DE SECRETARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA impugna el laudo arbitral, alegando en la demanda que el laudo electoral se basa para desestimar su reclamación en el RD Ley 1/2015 de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, que daba nueva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR