STSJ País Vasco 451/2011, 27 de Junio de 2011

PonenteJOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ
ECLIES:TSJPV:2011:5495
Número de Recurso2/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución451/2011
Fecha de Resolución27 de Junio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CUESTIÓN DE ILEGALIDAD Nº 2/10

SENTENCIA NÚMERO 451/2011

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANÍA

MAGISTRADOS:

D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

D. JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ

En la Villa de Bilbao (BIZKAIA), a veintisiete de junio de dos mil once.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, han pronunciado la siguiente SENTENCIA en la cuestión de ilegalidad registrada con el número 2/10, que ha sido promovida por el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo nº 1 de Vitoria-Gasteiz en el recurso ordinario nº 719/2008, en relación con la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz 7.8.

No ha comparecido en la presente cuestión de ilegalidad ninguna de las partes contendientes en el proceso que ha dado lugar al planteamiento de la cuestión.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ, Magistrado de esta Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Vitoria-Gasteiz, se dictó el Auto de

8 de noviembre de 2010 planteando ante esta Sala la posible ilegalidad de la Ordenanza Fiscal 7.8.-Tribunas, Toldos, Balcones, Rótulos, Miradores y otras instalaciones semejantes, voladizos sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada, del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

SEGUNDO

El 17.01.2011, se recibieron las actuaciones en esta Sala, donde se registraron como Cuestión de Ilegalidad nº 2/2010.

TERCERO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales, con señalamiento para deliberación acordada para el día 23.06.11.

I

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

Constituye el objeto de este proceso la Cuestión de Ilegalidad planteada al amparo de los arts. 123 y siguientes de la LJ por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Vitoria en el Procedimiento Ordinario nº 719-08. SEGUNDO.- Los términos en que se plantea la cuestión imponen una solución de contenido similar a la que la Sala ha emitido en los procesos 3, 4 y 5-2010, recientemente publicadas, y más concretamente a la 4-2010 en la que con una explicación más amplia se responde.

Así, decíamos:

"Procedería en todo caso considerar inadmisible la referida cuestión, pues en un proceso distinto, (Apelación nº 513/08), mediante Sentencia nº 391/2.010, de 31 de Mayo, se adoptó la declaración de invalidez erga omnes de dicha tarifa fiscal, en sede de lo establecido por el artículo

27.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción y con el mismo alcance que se desprende del apartado 2 de dicho artículo 126, y como dice, por ejemplo, el ATS de 28 de Mayo de 2.009, (Jur. 307756), "... hay que concluir que se ha producido la extinción de este proceso como consecuencia de la desaparición...

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