SAP Murcia 139/2015, 16 de Abril de 2015

JurisdicciónEspaña
Número de resolución139/2015
Fecha16 Abril 2015

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00139/2015

SENTENCIA Nº 139/2015

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a dieciséis de abril de dos mil quince.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 21/14, dimanante del procedimiento ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia y seguido entre la Comunidad de propietarios del EDIFICIO000 como demandante y D. Mateo como demandado, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Martínez Pina, mientras que la apelada lo ha sido por la también Letrada Sra. Valverde Martínez, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 19/7/13 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "FALLO.- Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. GONZÁLEZ CAMPILLO, en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000, contra D. Mateo declaro la ilegalidad de las obras efectuadas en los elementos comunes del inmueble (ocupación de pasillo, corredor o vestíbulo, cubrimiento de terraza y muro exterior del edificio, sustitución de la valla metálica divisoria y cierre de hueco de ventana ubicada en el pasillo corredor) y condeno a D. Mateo a estar y pasar por la anterior declaración y a que proceda a restituir los referidos elementos comunes a su inicial configuración tal y como se recoge en el Hecho Cuarto, párrafo 4º, apartados A, B y C de la demanda, condenándole a que;

- proceda a la demolición de las obras realizadas sobre elementos comunes en la finca, así como las de cerramiento de la terraza privativa, reponiendo la fachada y cubierta del edificio a su inicial configuración (según Hecho Cuarto, párrafo 4º, apartados A, B y C de esta demanda);

- proceda a reconstruir la valla metálica divisoria existente entre su terraza privativa y la colindante terraza comunitaria; - proceda a la apertura permanente del hueco de ventana original que se encuentra en el pasillo-corredor de la planta ático, que sirve para dar ventilación al cuarto de maquinaria de ascensores del edificio, eliminando la ventana de lamas de madera, así como la puerta de madera opaca que ha instalado en dicho pasillocorredor, eliminando cualquier indicio que delate su instalación;

- proceda a la supresión de todas aquellas alteraciones que haya podido realizar sobre elementos comunes sobre las que la parte actora no tenga constancia por la ocupación y cerramiento realizados.

- A no utilizar las zonas comunes del inmueble a que se refiere este procedimiento.

Con imposición de costas al demandado.

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En fecha 22/12/99 el Juzgado Civil nº 2 de esta Ciudad de Murcia falló el procedimiento declarativo de menor cuantía allí seguido con el nº 34/99 de la forma indicada: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Ana Galindo Marín en nombre y representación de D. Juan Pérez Pérez que actúa en calidad de Presidente de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 ", debo declarar y declaro la ilegalidad de las obras efectuadas en los elementos comunes del inmueble (ocupación del pasillo-corredor o vestíbulo, cubrimiento de terraza y muro exterior del edificio, sustitución de la valla metálica divisoria y cierre del hueco de ventana ubicada en el pasillo-corredor), condenando al demandado D. Mateo a que proceda a restituir los referidos elementos a su inicial configuración como se recoge en los Fundamentos de Derecho Segundo y Tercero de esta resolución, retirando la puerta de madera colocada en el referido pasillo eliminado todo indicio que delate su instalación. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Que estimando parcialmente la demanda reconvencional formulada por el Procurador D. FranciscoJavier Berenguer López debo declarar y declaro el derecho del reconvincente Sr. Mateo a que se fije el coeficiente...

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