STSJ Murcia , 26 de Junio de 2002

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2002:1678
Número de Recurso299/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

4 RECURSO nº 299/99 SENTENCIA nº 651/02 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 651/02 En Murcia a veintiséis de junio de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº 299/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 542.091 ptas, y referido a: Liquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Parte demandante: Don Jesús Luis representado por la Procuradora Doña María Belda González y dirigido por el Abogado Don Miguel Latorre Cabrera Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por el Sr. Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de noviembre de 1998 que estimaba en parte la reclamación nº 30/623/97 planteada por el recurrente contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación complementaria NUM000 con una deuda tributaria de 542.091 ptas girada por la Dirección General de Tributos de la Administración Regional por el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, anulando la providencia de apremio y retrotrayendo el expediente al momento de la notificación de la liquidación originadora.

Pretensión deducida en la demanda: Se estime alguno, algunos o todos los pedimentos efectuados en el cuerpo de la presente demanda que se dan aquí por reproducidos, y por tanto se dicte resolución, en la que revocando el fallo dictado por el TEARM de fecha 27 de noviembre de 1998 se estime totalmente la reclamación económica interpuesta por esta parte, y se declare la nulidad de la liquidación complementaria de fecha 11 de octubre de 1995, y de la comprobación de valores acompañada a la citada liquidación, con expresa condena en costas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 11 de marzo de 1999 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 14 de junio de 2002.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Administración tributaria practica liquidación complementaria con fecha 11 de octubre de 1995, de la que resultaba una deuda tributaria de 542.091 ptas. por el Impuesto sobre...

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