Cuestión Vinculante nº V3430-13 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 25 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorSubdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos
Normativa aplicadaLey 19/1995. Art. 10.1

V3430-13

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos

25/11/2013

Ley 19/1995. Art. 10.1

Transmisión hereditaria de tierras a dos herederos.

Si la transmisión estaría exenta en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones dado que se pretende unir las tierras para completar una sola linde y constituir una explotación prioritaria.

En relación con la consulta planteada, esta Dirección General, en el ámbito de sus competencias, informa lo siguiente:

El Capítulo II del Título I de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, establece diversos beneficios fiscales dirigidos a facilitar la consecución de los fines que establece el artículo 1 de la propia Ley.

En particular, el artículo 10 y bajo la denominación de "Explotación bajo una sola linde" establece lo siguiente:

"1. La transmisión o adquisición por cualquier título, oneroso o lucrativo, "inter vivos" o "mortis causa" de terrenos, que se realicen para completar bajo una sola linde la superficie suficiente para constituir una explotación prioritaria, estará exenta del impuesto que grave la transmisión o adquisición, siempre que en el documento público de adquisición se haga constar la indivisibilidad de la finca resultante durante el plazo de cinco años, salvo supuestos de fuerza mayor.

Cuando la transmisión o adquisición de los terrenos se realicen por los titulares de explotaciones agrarias con la pretensión de completar bajo una sola linde el 50 por 100, al menos, de la superficie de una explotación cuya renta unitaria de trabajo esté dentro de los límites establecidos en la presente Ley a efectos de concesión de beneficios fiscales para las explotaciones prioritarias, se aplicará una reducción del 50 por 100 en la base imponible del impuesto que grave la transmisión o...

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