ATS, 18 de Febrero de 2015
Ponente | FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO |
Número de Recurso | 2644/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil quince.
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- La representación procesal de la "Asociación Civil Santa Rita de Casia Madrid 1834" y de la "Fundación Santa Rita de Casia" presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 30 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª), en el rollo de apelación n.º 967/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 844/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 38 de Madrid.
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- La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
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- Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido el procurador Guillermo García San Miguel Hoover en nombre y representación del Arzobispado de Madrid, como parte recurrida y la procuradora D.ª Valentina López Valero, en nombre y representación de "Asociación Civil Santa Rita de Casia Madrid 1834" y de la "Fundación Santa Rita de Casia", como parte recurrente.
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- Examinadas las alegaciones de las partes, procede admitir el recurso de casación interpuesto, dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso
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- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
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- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
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ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la "Asociación Civil Santa Rita de Casia Madrid 1834" y de la "Fundación Santa Rita de Casia" contra la sentencia dictada, el día 30 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª), en el rollo de apelación n.º 967/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 844/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 38 de Madrid.
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Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.