STSJ Andalucía 2987/2014, 13 de Noviembre de 2014

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2014:10551
Número de Recurso2635/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2987/2014
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

Rº. 2635/13 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO: Presidenta

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a trece de noviembre de 2014

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2987/14

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Violeta contra la sentencia del Juzgado de lo Social número TRES de los de CORDOBA, Autos nº 901/12 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Violeta contra Belen Y EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CORDOBA S.A. se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 11/06/13 por el Juzgado de referencia en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

El Juzgado de lo Social nº 4 de Córdoba se conoció el procedimiento 746/07 seguido por Doña Belen, Doña Violeta y Doña Filomena contra la entidad EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CÓRDOBA SA (EMPROACSA), en la que, la hoy actora, formulaba la siguiente petición, acumulada a la de las demás:

1) En primer lugar, que se declare nula la convocatoria para la contratación por parte de EMPROACSA de una plaza de Administrativo, nivel 2, puesto de trabajo auxiliar administrativo (Gestión de abonados), conforme a las bases aprobadas por la Comisión Evaluadora de 20 de noviembre de 2006.

2) En segundo lugar, subsidiariamente, en caso de que no sea anulada la mencionada resolución, se dicte Sentencia por la que, tras su estimación, compute de nuevo los méritos académicos de Doña Belen, otorgando dos puntos por méritos académicos, y no 8, con las consecuencias que en la puntuación final que de ello se deriven en el proceso selectivo de plaza de Administrativo, nivel 2, puesto de trabajo auxiliar administrativo (gestión de abonados), convocado conforme a las bases aprobadas por la Comisión Evaluadora del día 20/12/2006.

En el citado proceso se dictó Sentencia el día 30/12/09 en el que se fijaban como hechos probados:

"Primero.-EMPROACSA, de conformidad con lo establecido en los arts. 11 y ss de su Convenio Colectivo de Empresa vigente (BOP de 20/06/03) -cuya copia obra en autos, Doc. 2.2 del ramo de prueba de la empresa, que se da aquí por reproducida-, efectuó convocatoria con carácter de urgencia para la provisión, mediante contratación laboral indefinida, de una plaza de administrativo, nivel 2 (auxiliar administrativo), publicándose en el Diario de Córdoba de 12/12/06. Según las BASES DE LA CONVOCATORIA,

  1. - REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

    - FP de Primer Grado en Rama Administrativa o Bachiller Superior.

    - Acreditar una experiencia profesional mínima de seis meses en alguna de las siguientes materias: gestión administrativa de cobro, compras y pedidos, contabilidad, facturación, ofimática y proceso de datos.

    - Permiso de conducción clase B y disponibilidad de vehículo propio.

  2. - BAREMO.

    El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

    2.1.- Méritos académicos : máximo de 10 puntos.

    2.1.1.- Por titulación:

    FP de Primer Grado ........................... 1 punto

    FP de Segundo Grado........................ 2 puntos

    Titulado Grado Medio ......................... 4 puntos

    Titulado Grado Superior ...................... 8 puntos

    2.2.- Cursos, seminarios, congresos y jornadas : Máximo 5 puntos.

    Siempre que se encuentren relacionados con las tareas administrativas a desempeñar, incluida la formación en materia preventiva laboral.

    Por cualquiera de las actividades mencionadas:

    Hasta 14 horas ................................. 0,1 puntos

    De 15 a 50 horas ............................... 0,3 puntos

    De 51 a 100 horas.............................. 0,5 puntos

    De 101 a 200 horas............................ 1 punto

    De 201 a 400 horas ........................... 1,5 puntos

    De más de 400 horas .......................... 2 puntos

    Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de la anterior escala.

    2.3.- Méritos profesionales : Máximo 10 puntos

    Por cada mes completo de trabajo realizado en empresas del sector en tareas de gestión de abonados, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por la entidad competente o contrato de trabajo......... 0,5 puntos

    Por cada mes completo de trabajo realizado en puesto de igual o similar contenido al que se opta en otras empresas o Administraciones, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por la entidad competente o contrato de trabajo ...................................... 0,2 puntos

    (.../...)

    4- PROCESO DE SELECCIÓN.

    El proceso de selección consistirá en: 4.1.- Concurso de méritos .- Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria.

    4.2.- Lista de Seleccionados .- Expirado el plazo de presentación de las solicitudes, se hará pública en el Tablón de Anuncios de EMPROACSA la lista de seleccionados para la siguiente prueba.

    4.3.- Prueba de aptitud .- Los aspirantes clasificados en los veinte primeros puestos del concurso de méritos, serán sometidos a una prueba de aptitud de contenido teórico-práctico que versará sobre conocimientos técnicos prácticos relacionados con tareas administrativas a realizar. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 10 puntos. Siendo necesario para superarla un mínimo de 5 puntos.

    En caso de empate, se tendrán en cuenta los siguientes criterios aplicados en el orden que a continuación se refleja:

    1. Mayor número de puntos en el apartado de Méritos Profesionales

    2. Mayor número de puntos en el apartado Méritos Académicos.

    En caso de que persista el empate, se computarán las fracciones de mes y, en su defecto, se establecerá la prelación por fecha de nacimiento, prevaleciendo el de mayor edad.

    4.4.- Entrevista personal .- Podrá acordarse su celebración por la Comisión Evaluadora con los aspirantes que hayan superado la prueba anterior, al objeto de determinar con mayor precisión la aptitud de los mismos. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 10 puntos.

  3. - COMISIÓN EVALUADORA.

    Se constituirá una Comisión Evaluadora compuesta por los siguientes miembros con voz y voto: Consejero-Delegado de EMPROACSA, que actuará como Presidente de ésta; tres representantes de la Empresa, designados por el Consejero- Delegado; tres representantes de los trabajadores, y como Secretario de la Comisión, el Jefe de Área de RR.HH. y Secretaría General, con voz y sin voto.

    La Comisión decidirá sobre cuantas cuestiones o incidentes se planteen durante el desarrollo del proceso selectivo.

  4. - PUNTUACIÓN FINAL Y CONTRATACIÓN.

    La puntuación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada una de las pruebas y de la otorgada en la fase de concurso de méritos.

    La Comisión Evaluadora, en su caso, propondrá para la contratación laboral indefinida al aspirante que hubiera obtenido la mejor calificación, pudiendo declarar la plaza desierta. (.../...).

Segundo

Dña. Belen, Doña Violeta y Doña Filomena participaron en dicha convocatoria, que siguió su curso -tal y como consta en el Expediente del citado Procedimiento de Selección- hasta que, según consta en el Acta de 23/04/07 (Pág. 87), la Comisión Evaluadora acordó elevar a definitivos los resultados obtenidos, proponiendo a la Dirección la contratación indefinida de Dña. Belen, aspirante que ha obtenido las mejores calificaciones:

NOMBRE CONCURSO PRUEBA DE APTUTUD TOTAL

Belen 23 8,75 31,75 (1°)

Violeta 21 9,05 30,05 (2°)

Filomena 22,5 6,65 29,15 (3°)

Tercero

Mediante escrito de 25/04/07, suscrito por el Sr. Geronimo, Responsable del Dto. de Gestión de Abonados de EMPROACSA, solicita al Director General que paralice la contratación hasta una revisión de los expedientes de las personas que han superado el teórico práctico, petición que en principio se consideró improcedente por extemporánea (Págs. 89-93).

No obstante, se suspendió la contratación prevista porque, según consta en escrito dirigido el 30/04/07 por parte del Sr. Leonardo (Servicio Supramunicipal Ciclo Integral del Agua) y miembro de la Comisión Evaluadora al Director General de EMPROACSA (Pág. 131), se interesó que se atendiera la petición del Sr. Porfirio "ante la duda razonable que se ha manifestado por la puntuación de unos méritos académicos que no corresponden. Ya que la puntuación de la baremación se le ha confiado por la Comisión Evaluadora a personal de la Secretaria General y Recursos Humanos de la Empresa, y no descartando un posible error en la interpretación de los documentos presentados por los concursantes respecto de lo establecido en las bases, creo que es de justicia, antes de la contratación de la plaza de Administrativo nivel 2 de Gestión de Abonados, hacer una revisión de los expedientes de los aspirantes que han superado la prueba teórico práctica, por si hubiera lugar a una rectificación de la propuesta ya realizada por la Comisión Evaluadora."

Cuarto

Dña. Belen presentó sendos escritos los días 04 (requerimiento notarial) y 09/05/07, dirigidos al Presidente de EMPROACSA, reivindicando su derecho a ser contratada, conforme a la propuesta de la Comisión de Calificación, cuyo resultado es firme y pidiendo que se le facilite la documentación del Expediente del Proceso Selectivo, de la copia la resolución administrativa, con identificación de su autoría, por la que acordó suspender la contratación y abrir un proceso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 11 de Febrero de 2016
    • España
    • 11 Febrero 2016
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 13 de noviembre de 2014, en el recurso de suplicación número 2635/13 , interpuesto por Dª Amelia a, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Córdoba de fecha 11 de junio de 2013 , en ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR