SAP Cádiz 279/2014, 24 de Septiembre de 2014
Ponente | FRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ |
ECLI | ES:APCA:2014:1424 |
Número de Recurso | 98/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 279/2014 |
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ
SECCION PRIMERA
APELACIÓN ROLLO Nº98/2014
Origen: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº5 DE CHICLANA DE LA FRONTERA
JUICIO DE FALTAS Nº530/2013
S E N T E N C I A nº 279/2014
En la ciudad de Cádiz a 24 de Septiembre de 2014
Visto por Francisco Javier Gracia Sanz, Magistrado de la Audiencia Provincial de Cádiz, constituido como Tribunal Unipersonal, el recurso de apelación promovido contra la sentencia dictada por el juzgado de instrucción mencionado al margen, en el juicio de faltas seguido por estafa y en el que es parte apelante Evaristo, asistido del letrado señor Jiménez Cañadas y es parte recurrida el ministerio Fiscal y Doña Sabina .
PRIMERO El Juzgado de 1ª instancia e Instrucción nº5 de Chiclana de la Frontera dictó sentencia de fecha 24 de octubre de 2013 en el juicio de faltas antedicho cuya parte dispositiva es como sigue
ABSUELVO libremente de los hechos origen de las presentes actuaciones a Sabina con declaración de oficio de las costas procesales.
(...)
SEGUNDO Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación y admitido a trámite y conferidos los preceptivos traslados al resto de partes para impugnación o adhesión,, y evacuado el trámite por las partes, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el oportuno rollo y turnada la ponencia quedó pendiente para la decisión del recurso.
TERCERO En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
No se consginan hechos probados a la vista del sentido de la presente resolución.
UNICO .-El recurso interpuesto ha de ser estimado y anulada la sentencia de primera instancia.
En efecto, consta en las actuaciones la interposición de una denuncia por el ahora recurrente mediante comparecencia en la Comisaría de Policía Nacional, oficina de denuncias, de Almería, atestado NUM000
. Allí denuncia básicamente una supuesta estafa por internet, habiendo enviado una cantidad como parte del precio sin que la vendedora haya remitido los objetos vendidos. Copia de esta denuncia se remite al Puesto de la Guardia Civil de Chiclana de la Frontera, que se limita a identificar y reseñar los datos de la denunciada y citarla a declarar, remitiendo lo actuado al Juzgado de Chiclana, que directamente señala a juicio de faltas. Simultáneamente, el Juzgado de Almería señala también para juicio de...
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