STSJ Comunidad Valenciana 3594/2014, 14 de Octubre de 2014

PonenteLAURA ALABAU MARTI
ECLIES:TSJCV:2014:7903
Número de Recurso1853/2011
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución3594/2014
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a catorce de octubre de 2014.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. Luís Manglano Sada, Presidente, D. Rafael Pérez Nieto y D. Laura Alabau Martí, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 3594/14

En el recurso contencioso-administrativo número 1853/2011 la Abogada de la Generalitat Valenciana, D. Mercedes Baeza Blanco, en nombre y representación de la misma contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia de fecha 28-2-11 por la que se estima reclamación interpuesta por el obligado tributario contra resolución aprobatoria de liquidación provisional por el concepto Actos Jurídicos Documentados liq 12/2010/TZJ/10053/2.

Es Administración demandada Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia representada y defendida por el Abogado del Estado D. CristinaCalvo Langdon.

Ha sido magistrado ponente la Ilma. Sra. D. Laura Alabau Martí, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo por la representación de la actora acompañando poder de representación procesal y copia de la resolución impugnada, fue admitido a trámite mediante decreto de 28-6-11.

SEGUNDO

Admitido el recurso, y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito, suplicando se dictara Sentencia en la que estimando la demanda se declare contraria a Derecho la resolución impugnada.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda en nombre y representación de la demandada mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma en base a los hechos y razonamientos que obran en su escrito.

Sin que se solicitara el proceso a prueba, aportando sin embargo documental la cual se tuvo por reproducida, no habiendo interesado las partes el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora, se declararon los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 14 de octubre de 2.014, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia de fecha 28-2-11 por la que se estima reclamación interpuesta por el obligado tributario contra resolución aprobatoria de liquidación provisional por el concepto Actos Jurídicos Documentados liq 12/2010/TZJ/10053/2.

La resolución impugnada estima la reclamación interpuesta por el obligado tributario, al considerar que el ejercicio anticipado de la opción de compra derivada de contrato de arrendamiento financiero, no supone renuncia a la exención del presente impuesto de que goza, pues se trata de una operación (la adquisición) sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor añadido.

Contra la misma se interpone recurso por la Abogacía de la Generalitat Valenciana.

SEGUNDO

La demanda solicita la anulación de la resolución con base en las siguientes alegaciones:

Mediante escritura pública de 9 de enero de 2003 Santander Leasing S.A. cedió en arrendamiento financiero a Castellón Siglo XXI un inmueble por plazo 120 meses hasta 9 de enero de 2013. En fecha 7 de octubre de 2009, se otorga por los mismos escritura de compraventa por ejercicio anticipado de la opción de compra a su favor, girando la Administración tributaria liquidación por el concepto Actos Jurídicos documentados al tipo 2% de acuerdo con el art. 14 de la Ley 13/1997 de la Comunidad Valenciana, fundada en la pérdida de beneficios fiscales aplicables al contrato de arrendamiento...

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