SAP Guipúzcoa 13/2014, 6 de Febrero de 2014
| Jurisdicción | España |
| Emisor | Audiencia Provincial de Guipúzcoa, seccion 3 (civil y penal) |
| Ponente | JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL |
| Número de resolución | 13/2014 |
| Fecha | 06 Febrero 2014 |
| Categoría | falta de lesiones,delito imprudente,Principio de presunción de inocencia |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA. SECCIÓN TERCERA
GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA. HIRUGARREN SEKZIOA
Calle SAN MARTIN 41,2ª planta,DONOSTIA / SAN SEBASTIAN / SAN MARTIN Kalea 41,2ª planta,DONOSTIA / SAN SEBASTIAN
Tel.: 943-000713 Faxa: 943-000701
N.I.G. P.V. / IZO EAE: 20.05.1-12/018149
N.I.G. CGPJ / IZO BJKN :20.069.43.2-2012/0018149
RECURSO / ERREKURTSOA: Rollo ape.faltas / E_Rollo ape.faltas 3003/2014- Proc. Origen / Jatorriko prozedura: Juicio faltas / Falta-judizioa 4335/2012
Juzgado de Instrucción nº 2 de Donostia / Donostiako Instrukzioko 2 zk.ko Epaitegia
Atestado nº/ Atestatu-zk.:
NUM000
Apelante/Apelatzailea: Delia
Abogado/Abokatua: PEDRO IÑIGUEZ DE HEREDIA QUINTANA
Procurador/Prokuradorea: SANTIAGO TAMES ALONSO
Apelado/Apelatua:GENERALI ESPAÑA SA DE SEGUROS . y Esther
Abogado/Abokatua:MIKEL URKOLA ODRIOZOLA y MIKEL URKOLA ODRIOZOLA
Procurador/Prokuradorea: JESUS ARBE MATEO y JESUS ARBE MATEO
S E N T E N C I A N U M . 13/2014
ILMO/A. SR/A.:
MAGISTRADO/A
D/Dª: JUANA Mª UNANUE ARRATIBEL
En DONOSTIA / SAN SEBASTIAN a seis de febrero de dos mil catorce.
Vista en grado de apelación por el/la Ilma. Sra. Dª JUANA Mª UNANUE ARRATIBEL, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección 3ª, el presente Rollo de Faltas nº 3003/2014; en primera instancia por el Juzgado de Juzgado de Instrucción nº 2 de Donostia con el nº de Juicio de Faltas 4335/2012 por falta de Lesiones por Imprudencia.
Por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a-Juez del Juzgado de Juzgado de Instrucción nº 2 de Donostia se dictó con fecha 11/11/2013, sentencia en cuyo fallo se dice: "Que debo condenar y CONDENO A Delia, como autora criminalmente responsable de una falta de imprudencia del artículo 621,3º del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de MULTA DE 10 días, a razón de 3 euros diarios, lo que hace un total de30 EUROS, cantidad que deberá ser abonada de una sola vez, con el apercibimiento de incurrir en la responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como debo condenar a Delia Y A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LAGUN ARO A QUE EN CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD CIVIL INDEMNICEN CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE A Esther EN LA CANTIDAD DE 3.428,08 EUROS, MÁS LOS INTERESES DEL ART. 20 DE LA LCS .
DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Esther Y A LA COMPAÑÍA GENERALI ESPAÑA SEGUROS DE TODA RESPONSABILIDAD PENAL."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Delia y admitido tal recurso y elevados los autos a este Tribunal, trayéndose a la vista del Magistrado designado para dictar sentencia.
En la tramitación de este juicio se han observado las formalidades legales.
VISTO.- Ha sido designado la Ilma. Sra. Magistrada Dª JUANA Mª UNANUE ARRATIBEL.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan expresamente los hechos probados de la resolución de instancia.
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
En el recurso de apelación se contiene dos alegaciones, la primera, la errónea valoración de la prueba, pués no ha quedado acreditada la existencia de imprudencia en la conducta de la peatón atropellada, tanto la denunciante como la denunciada, verificaron que el plano o croquis del atestado era incorrecto, tampoco la declaración de la testigo Sra Milagrosa tampoco hace prueba en cuanto incurre en contradicciones, en concreto, en cuanto al lugar de donde procedía la peaton y que no vió a ningun otro peatón y en segundo lugar, la infracción en la aplicación del derecho la conductora de la motocicleta no realizó maniobra evasiva ni comprobo que hubiera peatones en el paso de cebra, debió de ver a la Sra Delia que habia cruzado más de la mitad de la calzada y no ser una salida inopinada a la calzada,que el lugar del accidente era un lugar muy transitado y debe absolverse a la Sra Delia de la falta que se le imputa.
La presunción de inocencia como, los Tribunales Constitucional y Supremo, han declarado reiteradamente que el derecho constitucional, reconocido también en los más relevantes tratados internacionales, que asiste a todo acusado en un proceso penal a ser tenido por inocente subsiste a menos que las acusaciones prueben lo contrario mediante pruebas de cargo practicadas en legal forma, como regla general en el acto del juicio oral, bajo la vigencia de los principios de igualdad, contradicción, inmediación y publicidad y la conclusión probatoria se motive expresamente en la sentencia, con arreglo a los criterios de la lógica y la experiencia.
Dicho de otro modo, el derecho fundamental a la presunción de inocencia significa el derecho de todo acusado a ser absuelto en un proceso penal si no se ha practicado en legal forma en el mismo una mínima prueba de cargo, racionalmente acreditativa de los hechos motivadores de la acusación y de la intervención en ellos del acusado.
Y la carga material de dicha prueba de cargo corresponde exclusivamente a la parte o partes acusadoras y no a la defensa, que puede también proponer medios de prueba, pero no se ve sometida a la probatio diabolica de tener que demostrar que no ha ocurrido el hecho del que se le acusa.
Dicho derecho constitucional a la presunción de inocencia se distingue del principio jurisprudencial "in dubio pro reo", que opera ya en el ámbito de la valoración de la prueba y que presupone la existencia de esa mínima actividad probatoria de cargo a la que nos hemos referido.
De acuerdo con este principio, no debe considerarse probada la existencia de un hecho constitutivo de ilícito penal, si subsiste en el juzgador la duda racional de si se cometió o no, una vez aplicadas al enjuiciamiento las pertinentes reglas de lógica, ciencia y experiencia. T.C. sentencias nº 44/1987, de 9-4 ; 44/89, de 20-2 ; 103/95, de 3-7 ; 23/2000, de 14-2, etc.). En relación con la alegación en fase de recurso de vulneración del derecho a la presunción de inocencia, el T.S., establece persistentemente en sentencias 1418/2005, de 13-12-2005, que el órgano competente para resolverlo debe realizar una triple comprobación:
.-En primer lugar, si la sentencia apelada apoya su relato fáctico en pruebas relativas a la existencia del hecho y a la participación del acusado en él.
.-En segundo lugar, si dicha prueba ha sido practicada en legal forma.
.-Y, en tercer lugar, si la conclusión probatoria se motiva expresamente en la sentencia impugnada, con arreglo a los criterios de la lógica y la experiencia.
Al ser el motivo fundamental del recurso la errónea valoración de la prueba lo anterior debe examinarse a la luz de la doctrina relativa a la errónea valoración de la prueba recogida en la Jurisprudencia del T. S. que ha establecido reiteradamente en interpretación del art. 741 de la L.E.Cr . que la valoración de la prueba en el juicio penal debe ser realizada por el Juez de Instancia y de acuerdo con el principio de la libre valoración y en conciencia, lo que no supone la admisión de arbitrariedad, sino que se deberán tener en cuenta en esa valoración pruebas de cargo existentes, y que las mismas sean suficientes, practicadas con sujeción y respeto a los principios de inmediación, oralidad, publicidad y concentración y en presencia de las partes.
La revisión de la valoración de la prueba que...
Para continuar leyendo
Comienza GratisDesbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.