STSJ Aragón 809/2007, 17 de Septiembre de 2007

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2007:959
Número de Recurso726/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución809/2007
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 726 de 2007 (autos núm. 790/2006), interpuesto por la parte demandada, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo demandante Dª. Elsa , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza, de fecha 11 de de mayo de 2007, sobre pensión de viudedad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Elsa , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre pensión de viudedad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 11 de mayo de 2007 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo en parte la demanda interpuesta por Dª Elsa contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y revocando en parte la resolución administrativa impugnada, debo declarar y declaro como indebidamente percibido el porcentaje del 70% de la base reguladora de su pensión de viudedad, del periodo comprendido desde agosto de 2004 a junio de 2006 inclusive, y por tanto como indebidamente percibida la cantidad de 3.256,75 euros con obligación de su reintegro por parte de la actora, en lugar de la que consta en la resolución impugnada. Condenando al demandado a estar y pasar por dicho pronunciamiento con los efectos inherentes al mismo".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- La actora Dª. Elsa es beneficiaria de pensión de viudedad por el fallecimiento de su esposo D. Pedro Jesús .2º.-La actora venía percibiendo la pensión de viudedad en un porcentaje del 70% de la base reguladora, en base a la existencia de cargas familiares.

La actora en solicitud de fecha 30 de noviembre 2001 hacía constar convivencia con los siguientes hijos: Lourdes , Casimiro , Juan Enrique y Carlos Manuel (hijos del matrimonio con su difunto esposo y causante de la pensión de viudedad) y con sus hijas Frida , Marí Juana y Estela , hijas de la actora y de Don Andrés . En el domicilio sito en calle DIRECCION000 n° NUM000 , NUM001 de Zaragoza.

Con fecha 2 de julio de 2002 se inició procedimiento de revisión de su pensión, al constar en certificado del Ayuntamiento de Zaragoza la convivencia exclusiva de los hijos habidos con el causante de la pensión de viudedad y con fecha 5 de marzo de 2001 traslado de su domicilio a la localidad de Monreal del Campo, constando en certificación del Ayuntamiento de dicha localidad de fecha 18 de junio de 2002 la convivencia en la misma en el domicilio sito en calle DIRECCION001 n° NUM002 de la actora, de D Andrés y de las hijas de ambos Frida , Marí Juana y Estela . Existiendo con posterioridad un certificado de empadronamiento del Ayuntamiento de Monreal del Campo de fecha 15 de julio de 2002 el que se hacía constar la convivencia en el domicilio sito en calle DIRECCION001 n° NUM002 de esta localidad de la actora y de sus tres hijas Frida , Marí Juana y Estela .

Por resolución del INSS de fecha 1 de agosto de 2002 se estimaron parcialmente sus alegaciones, entendiendo no acreditada la existencia de cargas familiares, por cuanto las únicas hijas que convivía con la actora lo hacían también con su padre, distinto del causante de la pensión de viudedad, declarando indebida la percepción derivada del aumento al porcentaje del 70% de la base reguladora por el período comprendido de enero a diciembre de 2001 y de enero a junio de 2002, reconociéndole a partir del 1 de agosto de 2002 el incremento del porcentaje de 70% sobre la base reguladora de su pensión de viudedad, por considerar acreditada la convivencia con todos sus hijos y el cese la convivencia con don Andrés , padre de sus tres últimas hijas.

  1. -A efectos de cargas familiares la actora hizo constar en su solicitud del año 2002 como convivientes con la misma en el domicilio de C/ DIRECCION000 n° NUM000 , NUM001 de Zaragoza a sus hijos menores de 26 años Elsa , Casimiro , Juan Enrique y Carlos Manuel y Frida , Marí Juana y Estela . Con ingresos de: 6.735,20 € la actora; 4781,82 euros su hijo Casimiro ; 10.800 € su hija Lourdes ; 1735,72 € su hijo Carlos Manuel ; 1735,72 € su hijo Juan Enrique . Siendo las rentas totales de 25.788,46 €, y El límite de rentas de la unidad familiar de 31.833,40 €.

    En el año 2003 hizo constar como convivientes en el domicilio antes citado a sus hijos Elsa , Juan Enrique y Carlos Manuel y Frida , Marí Juana y Estela ; menores de 26 años. Los ingresos son de: 5.520,93 euros la actora; 9.864+8056,11 euros su hija Lourdes ; 1802,08 euros su hijo Carlos Manuel y 1802,08 + 580,95 euros su, hijo Juan Enrique . Siendo las rentas totales de 8.981,27 € y El límite de rentas de la unidad familiar de 28.425,60 €.

    En el Padrón Municipal de Zaragoza a fecha de enero de 2003, constan en el referido domicilio de Zaragoza, como convivientes junto con la actora: Lourdes , Casimiro , Pedro Jesús y Carlos Manuel y Frida , Marí Juana y Estela .

    En el año 2004 hizo constar, como convivientes en el domicilio de Zaragoza a sus hijas Frida , Marí Juana y Estela .

    En el Padrón...

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