STSJ Cataluña 7270/2008, 3 de Octubre de 2008
Ponente | MARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:10417 |
Número de Recurso | 3883/2007 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 7270/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08096 - 44 - 4 - 2006 - 0001333
RM
ILMA. SRA. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA
ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER
En Barcelona a 3 de octubre de 2008
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 7270/2008
En el recurso de suplicación interpuesto por Lucas y Miguel Ángel frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Granollers de fecha 27 de noviembre de 2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 111/2006 y siendo recurridos STAMP-TRITON, S..L., y DELEGACIÓN DE GOBIERNO DE CATALUÑA AREA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.
Con fecha 4 de abril de 2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Salarios de tramitación, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de noviembre de 2006 que contenía el siguiente Fallo:
Que desestimando la demanda presentada por Lucas Miguel Ángel, en reclamación de cantidad, contra la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CATALUNYA, debo absolver y absuelvo ala demandada de todos los pedimentos vertidos en su contra.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"1. El actor Lucas ha venido prestando sus servicios con la empresa STAMP TRITON S.L. con la antigüedad del 6 de septiembre de 1999, categoría profesional de Jefe de Fabrica, y salario diario bruto con prorrateo de pagas extras de 64,80 Euros.(No controvertido).
El actor Miguel Ángel ha venido prestando sus servicios con la empresa STAMP TRITON S.L. con la antigüedad del 1 de octubre de 1999, categoría profesional de Jefe de Mantenimiento, y salario diario bruto con prorrateo de pagas extras de 64,80 Euros. (No controvertido).
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- Don. Lucas y Miguel Ángel fueron despedidos en fecha 7 de enero de 2004 interponiendo la correspondiente demanda por despido en fecha 6 de febrero de 2004 y recayendo sentencia por la que se calificaba ambos despidos improcedentes en fecha 7 de junio de 2004. La sentencia fue declarada firme en fecha 5 de agosto de 2004 (Juzgado Social núm. 1 de Granollers Autos 104/2004 ).(Folios 71 y 84).
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- En fecha 12 de febrero de 2004 se dictó providencia por la que se acordaba requerir a la parte actora a fin de que subsanase el defecto consistente en la falta de acreditación de la celebración o intento de conciliación administrativa, lo que fue subsanado mediante escrito de 18 de marzo de 2004. (Folio 16).
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- Por el Juzgado de lo Social nº 1 de Granollers se dictó auto de insolvencia en los Autos 108/2004 en fecha 11 de abril de 2005 (Folio 25 ).
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- En fecha 10 de noviembre de 2005 los actores presentaron solicitud de abono de salarios de tramitación devengados siendo estimada parcialmente por resolución de la Delegación del Gobierno en Catalunya de fecha 28 de febrero de 2006 (Folio 93)."
Contra dicha sentencia anunciaron recurso de suplicación las partes actoras, que formalizaron dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, Delegación de Gobierno de Cataluña, Area de Trabajo y Asuntos Sociales, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Frente al pronunciamiento de instancia, desestimatorio de la pretensión ejercitada sobre salarios de tramitación, formulan los codemandante recurso de suplicación que desarrollan en dos motivos, el primero de los cuales, adecuadamente encauzado desde el punto de vista procesal, persigue la modificación del relato histórico de la resolución impugnada, postulando un texto alternativo para...
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