ATS, 26 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Noviembre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de Dª. Dulce , con fecha 4 de marzo de 2013 se ha interpuesto recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de noviembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 7711/2011 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1514/2009 del Juzgado de primera Instancia 2 de Sevilla.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 15 de abril de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de con fecha 22 y 23 de abril de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dª Blanca M. Grande Pesquero, en nombre y representación de Dª Dulce presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de mayo de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. El Procurador D. José Abajo Abril, en nombre y representación de ALTAE BANCO S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de abril de 2013 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Dulce , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 . También procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 y en el art. 473 de la LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR TANTO EL RECURSO XTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL COMO EL DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de Dª. Dulce contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de noviembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 7711/2011 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1514/2009 del Juzgado de primera Instancia 2 de Sevilla.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 y con el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR