Vocación y delación

AutorJoaquín Rams Albesa - Rosa María Moreno Flórez - José Ignacio Rubio San Román
Páginas39-40

Page 39

Se denomina vocación al llamamiento de todos los posibles here-deros en el momento de la muerte del decuius, bien por voluntad de éste o bien en de la ley.

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Son llamados en el momento mismo de la muerte todos aquellos cuya relación con el causante supone una expectativa más o menos lejana de llegar a ser sus herederos testamentarios o abintestato, como lo prueba el que, desde ese momento, pueden transmitir su vocación hereditaria eventual (ver los arts. 657 y 1.006 CC) y...

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