Prólogo

AutorJerónimo García San Martín
Páginas13-20

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No es la crueldad de las penas uno de los más grandes frenos de los delitos, sino la infalibilidad de ellas

. Esta idea, ya expuesta por Beccaría en De los delitos y de las penas, nos puede servir de inicio en el análisis de lo expuesto por Jerónimo García San Martín en el presente libro sobre medidas alternativas al cumplimiento de la pena de prisión, en el que realiza un análisis pormenorizado de aquellos institutos que evitan, cuando concurren determinados requisitos, el cumplimiento efectivo de la pena de prisión.

La idea de cumplimiento inexorable de las penas cuenta con un importante valor, por todos reconocido, cual es la prevención general. Esto es, la sociedad ha de saber que la consecuencia jurídica de la comisión de un hecho delictivo lleva aparejada, de forma infalible, el cumplimiento de una pena, generalmente prisión.

Esta idea debe presidir, a mi modo de ver, siempre el Derecho Penal en una sociedad moderna que reserva la sanción penal a los ataque más graves a los bienes jurídicos más importantes, esto es, lo que se conoce como ultima ratio del derecho penal y carácter fragmentario de éste.

El análisis que se realiza en el presente libro se centra en lo que podemos denominar alternativas a la prisión o, si se prefiere, en institutos que evitan el cumplimiento efectivo de las penas de prisión, fundamentalmente la suspensión de la ejecución de la pena y la sustitución de la pena de prisión. Aborda asimismo otras instituciones que evitan el ingreso en prisión como la expulsión del extranjero no residente legalmente del territorio nacional tras la comisión de un delito o la suspensión de la ejecución de la pena por solicitud de indulto o por presentación de recurso de amparo. En cualquier caso se trata de supuestos que evitan el ingreso efectivo del condenado

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en prisión tras el dictado de una sentencia firme que le impone el cumplimiento de una pena privativa de libertad.

En los tiempos actuales, en los que prosperan las propuestas de reformas que endurezcan o incrementen la duración de las penas, que opten por penas de prisión en detrimento de otras sanciones, la aparición de este libro es motivo de satisfacción ya que en él que se trata con rigor y profundidad estos institutos, arrojando luz respecto a sus requisitos para su aplicación y denunciando algunas interpretaciones que, a veces, dejándose llevar por un exceso represor, han llegado a colmar las lagunas legislativas con analogía que, perjudicando al reo, están proscritas en Derecho Penal.

El primero de los institutos analizados ha sido la suspensión de la ejecución de la pena de prisión que, como se señala, ya fue adelantado por el Tribunal Constitucional, STC 165/1993. Su fundamento, no es otro que «evitar el probable efecto corruptor de la vida carcelaria en los delincuente primarios». Si es cierto que el freno de la delincuencia es la infalibilidad de las penas, como señalábamos al principio, es claro que, por una parte, la primariedad delictiva y, por otra parte, la excesiva expansión del Derecho Penal, hacen, a todas luces, inevitable que, cuando concurren determinados requisitos, el cumplimiento de la pena de prisión comporte más inconvenientes que ventajas, no sólo para la sociedad, sino, sobre todo, para el delincuente que poco o más bien nada puede esperar del cumplimiento efectivo de una pena corta de prisión.

El análisis de los requisitos para que se pueda otorgar la suspensión ordinaria de la ejecución de la pena realizado en la presente obra es absolutamente exhaustivo, poniendo de manifiesto posiciones antagónicas e incluso pronunciamiento jurisprudenciales no uniformes o controvertidos, como el caso de la aplicación de la suspensión de la ejecución de la pena tras la concesión de un indulto parcial, alcanzando la pena, en este caso, el límite material de dos años establecido en el artículo 81 del Código Penal. Me parece muy acertada la posición del autor cuando trata, por ejemplo, del requisito de satisfacción de las responsabilidades civiles: basta, para que se cumpla, con la declaración de insolvencia realizada por el órgano judicial a través del correspondiente auto, sin que se pueda exigir ningún otro comportamiento activo...

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