Revisión salarial - Clarosol Facilities SLU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 120 de 20/05/2015

Visto el texto de la revisión salarial del año 2015 del Convenio colectivo de la empresa Clarosol Facilities, SLU (antigua Intecons, S.A.) (código Convenio n.º 90100061012013), aprobado en acta suscrita con fecha 23 de marzo de 2015 por la Comisión Paritaria del citado Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CLAROSOL FACILITIES, SLU (ANTIGUA INTECONS, S.A.)

En Madrid, siendo las 17:00 horas del día 23 de marzo de 2015, en la sede de Unión Sindical Obrera (USO), sita en la calle Príncipe de Vergara, n.º 13, planta 7.ª, y con las personas que al margen se relacionan, se inicia la reunión de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio de la empresa Clarosol Facilities, SLU (antigua Intecons, S.A.).

Por la empresa:

Doña M.ª Jesús Aranda Madrigal.

Don José Antonio Otero Martín.

Por la parte social:

Doña María Reyes Arévalo Cebrián.

Don José Del Campo Román.

Doña María Susmozas (Asesora/uso).

De conformidad con lo establecido en el Convenio Colectivo publicado en el «BOE» número 95, de 20 de abril de 2013, la Comisión Paritaria procede a la aplicación del incremento pactado en las tablas y conceptos económicos para el año 2015.

El artículo 29 del Convenio establece que «para el año 2015 se aplicará los mismos criterios atendiendo el PIB del año 2014».

De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que los valores aprobados para 2014 no han experimentado revisión alguna, la Comisión Mixta acuerda, por unanimidad, aprobar los siguientes valores para el año 2015, con...

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