SAP A Coruña 9/2013, 17 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución9/2013
Fecha17 Enero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL)

A CORUÑA

SENTENCIA: 00009/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

SECCIÓN SEXTA

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Rollo de apelación civil nº 566/2011

SENTENCIA

Núm. 9/13

En Santiago de Compostela, a diecisiete de enero de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª, de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago de Compostela, constituida como Tribunal Unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO, los Autos de JUICIO VERBAL 5/2011, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PADRON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 566/2011, en los que aparece como parte apelante, "XAQUÍN OCASIÓN, S.L.", representado por el Procurador de los tribunales, Sra. NATIVIDAD ALFONSÍN SOMOZA, asistido por el Letrado Dª. PATRICIA UZAL VIEITES, y como parte apelada, "SEÑALIZACIONES NO RTE, S.L.", representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ROSA GORIS MAYÁN, asistido por el Letrado D. DANIEL INSUA REINO, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Padrón, por el mismo se dictó sentencia con fecha 1 de junio de 2011, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dª Rosa María Goris Mayán, en nombre y representación de la entidad Xaquín Ocasión S.L. contra la entidad Señalizaciones Norte S.L., representada por la Procuradora Dª. Rosa María Goris Mayán, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la citada demandada, a que abone a la entidad actora la suma de 1.010,84 euros, cantidad que será incrementada en los intereses previstos en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la fecha de notificación de la presente resolución y hasta su completo pago; todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por "XAQUÍN OCASIÓN, S.L." se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y entregándose los autos al Magistrado designado para resolver el día 14 de diciembre de 2012.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan parcialmente los de la sentencia apelada, en tanto no se opongan a los siguientes, y

PRIMERO

La discusión se ha suscitado en esta alzada en torno a la valoración del vehículo siniestrado, que fue establecida en la sentencia de instancia en la suma de 780#, mientras que la entidad demandante y ahora apelante lo cifra en 3.000#. La juzgadora se amparó en el informe elaborado a instancias de la demandada por el Sr. Florencio, a la vez que criticó el...

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