STSJ Canarias 154/2010, 19 de Febrero de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 154/2010 |
Fecha | 19 Febrero 2010 |
SENTENCIA nº 154/10
ILMO. SR. PRESIDENTE
D. Francisco J. Gómez Cáceres
ILMO. SRES. MAGISTRADOS
D. Javier Varona Gómez Acedo
D. Alfonso Rincón González Alegre
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de febrero de 2010 .
Visto por esta Sección TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Primera., integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso - Administrativo nº 0000395/2008, interpuesto por la entidad Sonigran Sl, representado el Procurador de los Tribunales D. Antonio Jaime Enriquez Sanchez y dirigido por el abogado Dña. Ainhoa Ortiz De Ulrbina Feito, contra el Tribunal Economico Administrativo Regional De Canarias, habiendo comparecido, en su representación y defensa el Sr. Abogado del Estado .
Es objeto de recurso el acto identificado en la cabecera que precede.
La representación de la demandante interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicho acto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acto administrativo impugnado.
La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.
No se recibió el proceso a prueba, se señaló dia para votación y fallo del presente recurso en cuyo acto tuvo lugar su realización.
Se han observado las prescripciones legales que regulan la tramitación del recurso cuya cuantía es
50.125 euros
Es ponente el Ilmo. Sr. Don Javier Varona Gómez Acedo, que expresa el parecer de la Sala.
La primera de las alegaciones contenidas en la demanda se fundamenta en la defectuosa notificación por comparecencia el acto de iniciación de las actuaciones inspectoras. El artículo 59 de la Ley 30/92 obliga a la Administración a realizar las notificaciones por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado, especificando el precepto que la acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente; el apartado quinto especifica que "cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiere podido practicar la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó".
El artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre General Tributaria, regulan la práctica de la denominada notificación por comparecencia en términos similares, disponiendo los artículos mencionados que cuando no sea posible la notificación personal, se hará constar esta circunstancia en el expediente, y se citará al interesado para ser notificado por comparecencia por medio de anuncios.
Consta en el expediente hasta tres intentos de notificación en tres días distintos y en horas diversas, antes de la publicación en el BOP.
La parte actora alega la falta de validez de la notificación al no constar que se dejara un "aviso de llegada" en el domicilio de la entidad mercantil. La tesis de la parte actora no puede prosperar puesto que tanto la normativa sobre procedimiento administrativo general como las normas tributarias no establecen dicha exigencia para proceder a practicar la notificación mediante edictos. El artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en el inciso segundo que cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, si nadie pudiera hacerse cargo de ella, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro...
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