STSJ Aragón 745/2010, 2 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Noviembre 2010
Número de resolución745/2010

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00745/2010

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

CL.COSO NUM. 1

Tfno: 976 208 360

Fax:976 208 405

NIG: 50297 34 4 2010 0100731

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000731 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000138 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001

Recurrente/s: DIPUTACION GENERAL DE ARAGON

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Rollo número: 731/2010

Sentencia número: 745/2010

A.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a dos de noviembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 731 de 2010 (Autos núm. 138/2010), interpuesto por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Diputación General de Aragón, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1, de Zaragoza de fecha quince de junio de dos mil diez ; siendo partes INTERIM AIRE EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U., FRUTOS DEL EBRO S.A., Belarmino

, Conrado y Desiderio sobre procedimiento de oficio -cesión ilegal de trabajadores-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda de oficio por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de la DGA, contra INTERIM AIRE EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U. y otros ya nombrados, sobre cesión ilegal de trabajadores, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha quince de Junio de dos mil diez, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"QUE DESESTIMANDO la demanda de oficio promovida por la formulada por la INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL contra INTERIM AIRE EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U. y contra FRUTOS DEL EBRO S.A. declaro la inexistencia de cesión ilegal de trabajadores entre las empresas codemandadas, debiendo las partes estar y pasar por lo efectos de tal declaración.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO.- Que de la prueba practicada ha quedado acreditado que la empresa INTERIM AIRE E.T.T., S.L.U. ha cedido trabajadores a las empresas FINCA TORREBLANCA, S.A.; ANGEL LUENGO MARTINEZ; BANCAL, S.L.; FRUTOS DEL EBRO, S.A. Y S.A.T. 8801 FRUTAS LAZARO, empresas éstas cuyos domicilios sociales y centros de trabajo no coincidían, al tiempo de la cesión, con el ámbito geográfico para el que aquélla disponía de autorización administrativa.

A su vez, las empresas cesionarias pertenecen al sector agropecuario y les es aplicable el Convenio de Actividades Agropecuarias de Zaragoza (publicado por Resolución de 12 de mayo de 2008 del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo, en el BOP Zaragoza de 24/06/2008); y según el artículo 13 de dicho Convenio "Las empresas sólo podrán contratar los servicios de empresas de trabajo temporal para desarrollar aquellos servicios que no sean propios de la actividad agraria y que por lo tanto sean excepcionales y de difícil reproducción en el tiempo.

SEGUNDO

Que los trabajadores afectados son los que figuran en la demanda de oficio, así como su vinculación a las empresas, demanda de oficio, que se da, en este punto, por reproducida.

TERCERO

Que en escrito de 2 de marzo de 2010 la Dirección General de Trabajo concretó como objeto del procedimiento de oficio la cesión de trabajadores entre la empresa cedente INTERIM AIRE E.T.T., S.L.U. y la empresa cesionaria FRUTOS DEL EBRO, S.A., afectando a los siguientes trabajadores: Belarmino

; Conrado Y Desiderio .

CUARTO

Que se ha practicado acta de infracción nº ST-94127/09 a la empresa Interim Aire E.T.T., S.L.U.

QUINTO

Que obran en autos contratos de puesta a disposición de los trabajadores indicados en el hecho tercero que se dan por reproducidos.".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por las partes demandadas INTERIM AIRE EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U. y FRUTOS DEL EBRO S.A.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Inspección de Trabajo de Zaragoza se levantó acta de infracción en 12 de agosto de 2009 por consecuencia de que la empresa de trabajo temporal Interim Aire SLU, que en tal fecha contaba con autorización administrativa para ceder trabajadores en el ámbito territorial de Valencia y Huelva, y con códigos de cuenta de cotización para las provincias de Castellón, Córdoba, Huelva, Lérida, Murcia, Sevilla, Tarragona y Valencia, había cedido -en lo que al presente proceso interesa- en los ejercicios 2006, 2007 y 2008 trabajadores a la empresa Frutos del Ebro SA (cuyo centro de trabajo se encuentra en la provincia de Zaragoza, dedicada a actividades agropecuarias) sin contar a la fecha de 27.7.2009 de autorización administrativa para ceder trabajadores en la provincia de Zaragoza. Incoado procedimiento sancionador por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón, se formuló pliego de descargos por las empresas implicadas, lo que dio lugar a demanda de oficio presentada por la autoridad administrativa en la que se solicitaba del...

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