SAP Valladolid 327/2010, 13 de Diciembre de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 327/2010 |
Fecha | 13 Diciembre 2010 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
SENTENCIA: 00327/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION NUM. 334
SENTENCIA Nº 327
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
En VALLADOLID, a trece de Diciembre de dos mil diez.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de procedimiento ordinario nº 2322/09 del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelante D. Balbino mayor de edad y con domicilio en Valladolid, representado por el Procurador D. César Alonso Zamorano y defendido por el Letrado D. Francisco José Losada González, y como demandados apelados "ALLIANZ S.A" con domicilio social en Valladolid, representada por el Procurador D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendida por el Letrado D. José Rodríguez Monsalve, y "OCASO S,A" con domicilio social en Valladolid, representada por la Procuradora Dª Mª Rosario Alonso Zamorano y defendida por el Letrado D. Mariano Vaquero Pardo; sobre reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 28 de Mayo de 2.010, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. César Alonso Zamorano en nombre y representación de D. Balbino, asistido del letrado D. Francisco José Losada González, Allianz S.A., representada por D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós, y contra Osaso S.A., representada por Dª María del Rosario Alonso Zamorano, debo absolver y absuelvo a las referidas demandadas de las pretensiones deducidas en su contra, con expresa condena en costas a la parte actora".
Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. Alonso Zamorano en representación del demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 16 de Noviembre pasado, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO SALINERO ROMAN.
La razón por la que se desestima la demanda es porque entiende el Juzgador "a quo" que ha prescrito el plazo para el ejercicio de la acción ejercitada por el actor previsto en el art. 23 de la ley del contrato de seguro que es el de dos años al tratarse de un seguro de daños. Considera como inicio para el cómputo el de la fecha de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de fecha de 25 de noviembre de 2005. La parte recurrente sostiene no puede considerarse ese día como el del inicio del plazo para el ejercicio de la acción que como asegurado le asistía contra las aseguradoras demandadas porque en esa fecha no había tenido ningún perjuicio patrimonial dado que en dicha fecha el recurrente no tenía ninguna obligación de pago porque las indemnizaciones habían sido abonadas por la entidad Mapfre, aseguradora de una de las entidades...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 445/2013, 5 de Julio de 2013
...la sentencia dictada el 13 de diciembre de 2010 por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Valladolid en el recurso de apelación nº 334/10 dimanante de las actuaciones de juicio ordinario nº 2322/09 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valladolid, sobre reclamación de cantidad en v......
-
ATS, 27 de Septiembre de 2011
...la Sentencia dictada, con fecha 13 de diciembre de 2010, por la Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 334/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2322/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de - Mediante diligencia de ordenación ......